spacer
División Sociedades Anónimas
spacer

Sociedades Anónimas - Resoluciones y Criterios

AUDITORIA INTERNA DE LA NACIÓN

Montevideo, 16 de febrero de 2005.

Visto y Considerando: El requerimiento formulado por el Banco Central del Uruguay, respecto a "la posición definitiva" de la Auditoría Interna de la Nación en lo atinente a la aplicación del art. 284 de la Ley N° 16.060 - en los términos dados por el art. 59 de la Ley N° 17.243 - para el caso de reforma estatutaria relacionada con el aumento de capital de sociedades anónimas de intermediación financiera regidas por el Decreto-Ley N° 15.322 (fs. 2 y 3) y lo dictaminado en su referencia por el Departamento de Supervisión de Legalidad del organismo, que se comparte;

EL AUDITOR INTERNO DE LA NACIÓN

RESUELVE:

- Reitérase como posición de esta Auditoría, respecto a la aplicación del artículo 284 de la Ley N° 16.060 - en los términos dados por el art. 59 de la Ley N° 17.243 - para el caso de aumentos de capital de las sociedades anónimas de intermediación financiera regidas por el Decreto-Ley N° 15.322, que, por configurar ello una reforma de su estatuto social, su validez y eficacia jurídica está sujeta a la aprobación del Poder Ejecutivo, con previo asesoramiento del Banco Central del Uruguay.

2º- Comuniqúese al Ministerio de Economía y Finanzas y al Banco Central del Uruguay, con copia fiel del dictamen jurídico que luce de fs. 5 a 12 de obrados (Expte. N° 7877/04) y publíquese en la página web del Organismo.

Dr. José Luis Corbo Cervieri
Auditor Interno de la Nación