Sociedades Anónimas - Resoluciones y Criterios
Auditoría Interna de la Nación
Montevideo, 5 de setiembre de 2007
VISTO: Lo dispuesto por la Circular Nº 1/95, de 6 de febrero de 1995, de la
Ex Inspección General de Hacienda, en la redacción dada por la Resolución de la
Auditora Interna de la Nación de fecha 22 de diciembre de 2005.
RESULTANDO: Que la referida Circular instrumentó la forma de dar
cumplimiento al cometido del Control de las Denominaciones de las Sociedades
Anónimas establecido por el Art. 12 de la Ley N° 16.060.
CONSIDERANDO: I) Que el Numeral 9° de la mencionada disposición
establece los cometidos e integración de una Comisión Asesora en dicha materia.
II) Que es necesario adecuar su integración a la actual
estructura organizacional de esta Unidad Ejecutora.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto;
LA AUDITORA
INTERNA DE LA NACIÓN
RESUELVE
1º) Sustitúyase el
Numeral 9º de la Circular N° 1/95, de 6 de febrero de 1995, de la Ex Inspección
General de Hacienda, en la redacción dada por la Resolución de la Auditora
Interna de la Nación de fecha 22 de diciembre de 2005, el que quedará redactado
de la siguiente forma:
“9º) La Comisión Asesora en materia de Denominación
de Sociedades, estará integrada por seis miembros con derecho a voto,
designados en forma expresa por la Auditora Interna de la Nación: a) un
representante de la Gerencia de Sector
Privado; b) dos representantes de la Sección Reguladora de Trámite del
Departamento de Administración; c) un representante del Departamento de
Informática; d) un abogado consultor funcionario de esta Unidad Ejecutora, y e)
un representante de la Dirección. En el caso de los literales a) y c) deberán
designarse los suplentes respectivos.
La Comisión Asesora
funcionará con tres miembros (titulares o suplentes, indistintamente) que
representen a la totalidad de las reparticiones involucradas (Gerencia Sector
Privado, Sección Reguladora de Trámite y Departamento de Informática), más el
abogado consultor y el representante de la Dirección.
Estará presidida por uno
de los tres miembros que representen a la totalidad de las reparticiones involucradas,
electo en cada sesión, quien dirigirá el desarrollo de la misma, donde se
adoptaran decisiones por cuatro votos conformes.
La Comisión Asesora deberá
mantener como mínimo una reunión ordinaria mensual, pudiendo ser convocada con
carácter extraordinario, por cualquiera de sus miembros o por la Auditora Interna de la Nación, cuando la urgencia de
los asuntos a considerar así lo determinen.
En la primera sesión
ordinaria se determinará un día fijo del mes para la celebración de dichas
reuniones, precediéndose a labrar acta por cada una de las sesiones que se
realicen.
Los cometidos
fundamentales de la Comisión Asesora serán los siguientes:
a) dictaminar
en un plazo no mayor de 48 horas, sobre las consultas efectuadas por los
funcionarios encargados del "control de nombres" relativas a la
semejanza o igualdad de la denominación o el nombre de las Sociedades Anónimas.
b) Expedirse en un plazo
no mayor a 72 horas, sobre todas las demás consultas, que por las vías
pertinentes, se realicen al respecto.
c) Capacitar a los funcionarios encargados de la
función de control de lo dispuesto por el Art. 12 de la Ley N° 16.060, dictando
de ser necesario, los correspondientes Instructivos.
d) Definir los criterios a utilizar para el correcto
control de la denominación de las sociedades anónimas y darles la mayor
difusión, además de revisarlos periódicamente y sugerir las modificaciones a la presente Resolución, cuando nuevas
situaciones de hecho, así lo
ameriten.”
2º) La Comisión Asesora deberá proponer a la Auditora Interna aquellas
modificaciones que estime convenientes de realizar a las Circulares vigentes en
la materia, a los efectos de su correspondiente actualización.
3º) Dispónese la apertura de un período de transición entre el 5 y el 28 de
septiembre de 2007 a los efectos de fomentar el intercambio de opiniones y
experiencias entre los actuales funcionarios de la Comisión y los nuevos
integrantes que serán designados oportunamente. Agradézcanse los servicios
prestados.
4º) Encomiéndese al Adscripto a la Dirección, Cr. Mario Ortiz la tarea de
moderador en este período de transición a los efectos del mejor intercambio de
opiniones y experiencias.
5º) Pase a la Sección Recursos Humanos a los efectos de darle la mayor
difusión, publicándose en la Cartelera respectiva.
6º) Pase al Departamento de Informática a los efectos de la publicación en
el sitio Web de la A.I.N.
Ec. Laura Remersaro Matturro
Auditor Interno de la Nación