INSTRUCTIVO Nº 3 / AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL POR ART 284.
A.I.N.
NUEVO INSTRUCTIVO Nº 3
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL POR ART 284
Los aumentos de capital social
resueltos al amparo del art. 284 de la ley 16.060 con la redacción dada por el
art. 59 de la ley 17.243, (Ley de Urgencia), deberán cumplir con la comunicación
exigida por el art. 3 numeral 2 del Decreto 335/90, con la redacción dada por
el art. 1 del Decreto No. 486/001 de 5/12/01.
A tal efecto corresponde la
presentación ante esta Auditoría Interna de la Nación de la siguiente
documentación:
1. Testimonio
notarial del Acta de Asamblea Extraordinaria en la que se resuelve el
incremento de capital social por aplicación de lo dispuesto por el art. 284 de
la ley 16.060 con la redacción dada por el art. 59 de la ley 17.243.
2. Constancia
de la inscripción en el Registro Nacional de Comercio.
3. Publicaciones
en el Diario Oficial y en otro diario.
4. Carta de
solicitud dirigida al AUDITOR INTERNO DE LA NACIÓN estableciendo los motivos de
la actuación y detallando la documentación que se incorpora.
Plazo - La documentación debe presentarse dentro de los 150 días corridos de la
celebración de la Asamblea Extraordinaria ( inciso final del art. 3 del Decreto 335/990, con la redacción dada por
el art. 1 del Decreto No. 486/001.)
Proventos del trámite: 2 UR.
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