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AUDITORIA INTERNA DE
LA NACION
INFORME DE ACTUACIONES
2do. SEMESTRE 2006
INDICE
INTRODUCCIÓN
MINISTERIO
DEL INTERIOR
Dirección General
de Secretaría - Departamento Jurídico
Dirección Nacional de Asistencia
Social Policial
Préstamos
por Caja Nacional
Servicio
de Vivienda, Tutela y Logro Social
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Tesorería
General de la Nación
Contaduría
General de la Nación
MINISTERIO
DE DEFENSA NACIONAL
Dirección Nacional
de Aviación Civil e Infraestructura Aeronaútica
MINISTERIO
DE INDUSTRIA , ENERGÍA Y MINERÍA
Dirección General
de Secretaría -Asesoría Letrada
Dirección
Nacional de Energía y Tecnología Nuclear
Generadores
de Vapor
Departamento de Tecnogestión
MINISTERIO
DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Dirección Nacional de Vialidad
Gerencia
de Conservación - Sección Repuestos
Gerencias
de Construcciones, Conservación y Regionales
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Dirección General
de Secretaría - Asesoría Letrada
Servicio
Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE)
MINISTERIO
DE SALUD PÚBLICA
Dirección General
de la Administración de Servicios del Estado (ASSE) Comisiones de Apoyo y
Honorarias
Comisión
de Apoyo y Comisión Honoraria del Hospital Pasteur
Comisión
Pro Remodelación y de Ampliación del Hospital Maciel
Comisión
de Apoyo del Hospital Maciel
MINISTERIO
DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
Y MEDIO AMBIENTE
Dirección Nacional
de Vivienda
AUDITORÍAS
ESPECIALES Y SELECTIVAS
COMISIÓN
NACIONAL DE CENTROS CAIF
INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.NA.VI)
INTRODUCCIÓN
La presente publicación se realiza
en cumplimiento de lo preceptuado por el Artículo 93.V. del Capítulo II del
Título III del TOCAF, que establece que la A.I.N "semestralmente hará público
un informe sintético de los resultados de las auditorías efectuadas".
En el presente año, La Auditoria
Interna de la Nación ha privilegiado:
· el
perfeccionamiento y la actualización del conjunto de profesionales y
funcionarios destacados en la Gerencia del Sector Público. Esto implicó
alrededor de 1500 horas de cursos;
· la realización
de jornadas de intercambio que conllevaron a la redacción del Manual de Procedimientos de Auditoría Interna que
comenzará a regir a partir del próximo año. Como objetivo principal se
persigue orientar la actividad para el ejercicio de la auditoria gubernamental
acorde a normas y métodos objetivos;
· la aprobación del Código
de Ética como parte de las buenas prácticas, que abarca los valores y
principios que guían la labor cotidiana de los auditores: integridad,
objetividad, confidencialidad y competencia profesional;
· la
adopción del Informe Coso como
marco de referencia para establecer una definición común del control interno;
· la
implementación del procedimiento de fiscalización de la emisión de los
valores fiscales que comenzará a regir a partir del 1º de enero de 2007;
Asimismo se ha trabajado en la mejora de la calidad
de los informes, en estrecha vinculación con las autoridades del Ministerio de
Economía y Finanzas y del resto de los Ministerios, buscando introducir
modificaciones en las organizaciones, apuntando a generar una cultura de
gestión donde no sólo importen los resultados sino también la actitud y la
postura del funcionario.
Por otra parte, los cometidos
de la A.I.N en el ámbito privado se han incrementado en virtud de lo dispuesto
por el nuevo Decreto 466/2006 referido al control de cooperativas y por la
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha 22/11/06 referida a la supervisión del cumplimiento de las
normas de prevención de los delitos de lavado de activos y financiación del
terrorismo. Sus textos pueden consultarse en la página web de la A.I.N : www.ain.gub.uy.
Ec: Laura Remersaro
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Dirección General de Secretaría - Departamento
Jurídico
La
actuación comenzó el 24/05/06, por iniciativa de la Auditoría Interna de la
Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
El
objetivo fue la evaluación de la estructura organizativa y del control interno
del Sector Contencioso del Departamento
Jurídico de la Dirección General de Secretaría del Ministerio del Interior.
La
auditoría abarcó el período enero/05 - mayo/06.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas
· Cuestionarios
· Relevamiento de la normativa y estructura organizacional
· Análisis de falsos expedientes
· Revisión de las fichas de procuración
· Análisis de los Libros Indexados
· Confrontación de información proporcionada por el Sector con datos
que surgen de los expedientes radicados en los Juzgados respectivos.
Las tareas fueron realizadas con independencia, objetividad
y debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
De
la Auditoría realizada en el Sector Contencioso del Departamento Jurídico,
cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha 22 de agosto de
2006, se concluye que el Sector cumple adecuadamente con sus cometidos, como
consecuencia de la correcta gestión de sus funcionarios. Sin embargo, las
debilidades del control interno existentes relativas a información y
actividades de control, no aseguran el cumplimiento eficaz y eficiente de los
mismos y dificultan su correspondiente evaluación.
A
continuación se destacan las siguientes conclusiones y recomendaciones:
1.-
Estructura organizativa y funcionamiento:
a) La Dirección del Departamento es ejercida de
hecho por un funcionario, abogado, con cargo de Sub Director de Departamento
dentro del escalafón profesional, dado que el cargo de Director se encuentra
acéfalo desde agosto de 2005. A su vez, la Dirección del Sector Contencioso, es
ejercida por un funcionario, abogado, con cargo en el escalafón profesional,
pero al que se le ha encargado de hecho e interinamente tal función sin
Resolución Ministerial expresa.
Se sugiere la regularización de esta
situación.
b) La gestión de los juicios cuyo trámite se
efectúa en juzgados del interior del país, no se realiza con un criterio
ordenado en virtud que, algunos son gestionados por abogados del Sector, otros por profesionales radicados en el
interior -encargados de regionales- y ciertas actividades relativas a los mismos,
las realizan abogados asesores que se desempeñan en las Jefaturas de Policía
del interior. La procuración de estos juicios es realizada por el Jefe
Administrativo del Departamento, quien debe trasladarse periódicamente, al
interior del país a esos efectos. Este modo de operar no resulta el más
adecuado para el mejor aprovechamiento de los recursos y para el funcionamiento
del Sector.
Se recomienda la reorganización de la
gestión y procuración de dichos juicios, concentrando ambas funciones en las
regionales delimitadas por el Ministerio, fortaleciéndolas de acuerdo a las
necesidades.
c) La gestión de las tareas administrativas
inherentes al Sector se encuentra debilitada, ya que:
i) No existe registro del ingreso de los
cedulones al Sector, lo cual impide el
ejercicio de un control real y efectivo sobre la preclusión de los plazos y las
oportunidades debidas para la realización de determinados actos procesales. Se
sugiere su confección.
ii) Los libros donde se indexan los juicios
iniciados, presentan defectos formales en su confección.
iii) La información contenida en los libros donde
se indexan los juicios ejecutivos no es completa, pues en los mismos no se han
ingresado todos los juicios iniciados por esta Secretaría.
iv) No se cuenta con un sistema de información que
permita procesar los datos actualizados respecto a los juicios y el estado en
que se encuentran, lo que imposibilita tomar conocimiento, en forma oportuna,
de la totalidad de los juicios en trámite. En consecuencia se carece de una
herramienta útil para la toma de decisiones, por parte de los jerarcas del
Departamento y en general del Ministerio. Se sugiere la confección de una
planilla o registro informático básico, a tales efectos.
d) Los falsos expedientes correspondientes a los
juicios ejecutivos en los cuales el Ministerio desiste, en virtud de que el
ejecutado ha cumplido con la obligación de pago, son destruidos, guardándose
únicamente la ficha de procuración correspondiente.
Se sugiere, el archivo por un tiempo
prudencial, de los documentos relativos a los principales actos procesales
cumplidos.
e) De acuerdo al criterio de distribución de la
procuración, cada procurador puede gestionar el trámite de los juicios de
cualquier abogado del Sector. Lo indicado dificulta la definición de criterios
para la realización de la actividad entre el abogado y su procurador, la
fluidez de información entre ambos y el control por parte del abogado sobre la
actividad del mismo.
Se recomienda que la gestión y procuración
de los juicios esté organizada en equipos de trabajo, asignando a cada abogado
un procurador, el cual puede ser compartido con otro profesional según la
disponibilidad del Sector.
f) El Sector no cuenta con un sistema informático
que centralice la información de la
actividad procuratoria de cada juicio. Lo indicado impide el acceso inmediato a
la información relativa a la situación judicial de cada litigio y dificulta el
control por parte del jerarca y los abogados actuantes, sobre la actividad de
los procuradores. Se sugiere su implementación.
g) Se constataron errores en la gestión formal de
los juicios, particularmente en el cumplimiento en la forma debida, oportunidad
y plazo de determinados actos procesales fundamentales. Estos errores podrán precaverse
y subsanarse con mayor eficacia, en la medida que se implementen los
procedimientos y controles que se indican en el presente informe.
h) No existen instancias periódicas de evaluación
de la gestión global del Sector.
i) El Ministerio no guarda copia del expediente
que contiene los actos que debe practicar, en ejecución del procedimiento de cumplimiento de las
sentencias de condena dispuesto por el Dec. 351/2001 de 31/12/2001.
2.- Cobro de honorarios en juicios ejecutivos.
a. El criterio para la cuantificación de los
honorarios, no se sustenta sobre ninguna pauta jurídica, pues el Poder
Ejecutivo en general y el Ministerio en particular no han dictado una norma
reglamentaria al respecto, como indica el Art. 617 inc. 1 de la Ley 17.296, ni
objetiva, dado que tampoco se ajusta a lo dispuesto por el Arancel del Colegio
de Abogados del Uruguay.
b. El legitimado a cobrar honorarios en estos
juicios es el abogado patrocinante del Organismo, individualmente, de acuerdo a
lo preceptuado por el Art. 617 de la Ley 17.296 de 21/02/2001. Sin embargo, se
constató que quien cobra los honorarios es el Jefe del Sector Administrativo en
representación del Sector Contencioso, lo cual vulnera la norma jurídica
citada.
c. El procedimiento implementado para el cobro de
honorarios, en el cual intervienen los Departamentos de Tesorería y Contaduría,
no es procedente dado que el legitimado para cobrar el honorario es el
profesional actuante y por tanto es quien debe emitir su propio recibo.
d. Se exhorta a la adopción de medidas tendientes
a adecuar el sistema implementado por el Sector para el cobro de honorarios, a
lo preceptuado por la norma jurídica vigente al respecto. A su vez, en tanto no
se modifique dicho sistema, se recomienda se practique un mayor control sobre
todo lo relativo al mismo, por parte del encargado de la Dirección del Sector.
3.- Evaluación del control interno:
Presenta debilidades en cuanto a:
a)
Información, en virtud de que no se encuentran diseñados procesos que permitan
acceder a la misma en forma oportuna y aseguren que ésta sea confiable y
suficiente.
b)
Actividades de control, debido a la ausencia de procedimientos aptos y
suficientes para evaluar la eficacia y eficiencia de la gestión del Sector.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 6/09/06 y vencido el plazo legal
no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 22 de agosto de
2006, referente a la actuación cumplida en el Sector Contencioso del
Departamento Jurídico de la Dirección General de Secretaría.
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Dirección Nacional de Asistencia Social Policial
(DNASP)
Caja Nacional
La
actuación dio comienzo el día 10 de julio de 2006 a pedido de la Secretaría del
Ministerio del Interior.
ALCANCE
Y OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
La auditoría tuvo como objetivo la
evaluación del sistema de control interno, en las tres categorías que lo
componen: eficiencia y eficacia en las operaciones; confiabilidad de la
información y cumplimiento de la normativa aplicable, con respecto a la
determinación de las pasividades y pensiones, al tratamiento dado a los
préstamos de la Caja Nacional - BROU.
La actuación abarcó el período desde el año 2003 hasta junio
del año 2006 inclusive.
Procedimientos aplicados
Se llevaron a cabo los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y cuestionarios
· Relevamiento de los recursos humanos
· Análisis de los procedimientos aplicados
· Estudio de falsos expedientes en forma
selectiva
· Consultas proporcionadas por el sistema
informático utilizado para la liquidación de pasividades y pensiones
· Control de los registros con la documentación
respaldante (formularios de bajas, estados de cuentas bancarios y listados de
resúmenes de errores)
· Relevamiento de toda la información oportuna
y confiable que permitió obtener evidencias para fundamentar las conclusiones y
formular las recomendaciones que lucen al final del informe
Las tareas fueron realizadas con
independencia, objetividad y debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
De la auditoría realizada en la Unidad Ejecutora 25
"Dirección Nacional de Asistencia Social Policial" del Inciso 04 "Ministerio
del Interior", cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha
04/09/06, se concluye que los procedimientos de control son inadecuados; la
inexistencia de la debida oposición de intereses en relación al tratamiento
dado a los préstamos de la Caja Nacional a pasivos y pensionistas, le ocasionó
a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial una pérdida económica
significativa.
A continuación se detallan las principales conclusiones y
recomendaciones:
1. En el Sector Caja
Nacional, una misma persona era la encargada de habilitar las solicitudes de
los préstamos, confeccionar los formularios de bajas, presentarlos ante el
Banco y verificar los montos devueltos por dicha entidad, por lo que no existía
la debida oposición de intereses. Esta situación permitió que dicha funcionaria
utilizara mecanismos no avalados por las normas, para enriquecimiento propio.
Por el principio de buena administración y para minimizar los riesgos de fraude
y error, los procedimientos deben ser coordinados para que el trabajo de una
persona sea verificado automáticamente por otra que tenga responsabilidades
independientes. Debe existir una debida oposición de intereses, aplicar el
mecanismo de la rotación del personal en forma periódica y establecer
procedimientos que permitan un eficiente y eficaz funcionamiento.
2. Deben agotarse todas las vías para recuperar
los montos abonados en más por esta Dirección.
3. La ausencia de control sobre los resúmenes de
errores y su regularización, permitió
que se pagaran cuotas de préstamos a personas inexistentes, fallecidos, pasivos
y pensionistas que perdieron la calidad de tales, durante períodos prolongados.
Se deben implementar procedimientos de control que permitan tener certeza del
correcto otorgamiento de los préstamos, que se controle que efectivamente se
efectúen las bajas en tiempo y forma, que las mismas sean presentadas ante el
BROU y que éste proceda a su devolución cuando así corresponda.
4. El uso de formularios manuales para la
solicitud de préstamos de los pasivos y pensionistas del interior del país,
permitió que se otorgaran préstamos de la Caja Nacional a personas que no
integran el padrón de la Caja Policial. Se entiende pertinente, en caso de
tener que recurrir a este mecanismo, que el mismo sea utilizado sólo como
excepción. A su vez, se sugiere que luego de ser firmados los formularios por
la habilitada sean autorizados por el Director de la Dirección Nacional de
Asistencia Social Policial o para quien sea delegada dicha responsabilidad,
avalando la veracidad de los datos que contienen.
5. El Servicio de Retiros en la actualidad,
cumple con los cometidos establecidos, habiéndose detectado un adecuado ambiente
de control. En caso de aprobarse el "Anteproyecto de Ley de Modificación del
Régimen de Prestaciones del Servicio de Retiros y Pensiones Policiales", se
debería rever su infraestructura actual. Sería conveniente dotar de recursos
humanos idóneos y recursos materiales conformes a las necesidades para poder
cumplir en forma eficiente y eficaz con lo dispuesto en el Anteproyecto.
6. En cuanto al manejo del programa contable
Memory que dispone el Sector Pasividades dentro del Departamento Contable, el
mismo es subutilizado, ya que solo se registran los ingresos y egresos de caja,
por lo que no se dispone de información completa. Se considera pertinente que
en el mismo se procese toda la documentación, lo que permitiría alcanzar
conclusiones con base cierta, obteniendo como resultado una contabilidad
íntegra, clara y al día, transformándose en una herramienta importante de
información para la gestión de la Dirección.
VISTA,
DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 6 de setiembre de 2006, no
habiéndose presentado descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las conclusiones
y recomendaciones que surgen de informe de fecha 4 de setiembre de 2006,
referente a la actuación cumplida en la Unidad Ejecutora 25 "Dirección Nacional
de Asistencia Social Policial".
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Dirección Nacional de Asistencia Social Policial
Servicio de Vivienda, Tutela y Logro Social
La actuación dio comienzo el 28/08/06, por iniciativa de la
Auditoría Interna de la Nación.
ALCANCE
Y OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El objetivo fue la evaluación del sistema de control interno
implementado en la Contaduría en relación a los ingresos que perciben los
Servicios de Vivienda, Tutela y Logro Social, el destino dado a los mismos, así
como los procedimientos utilizados para el otorgamiento de los beneficios y su
respectiva liquidación.
El período auditado abarcó el año 2005 y primer semestre del
2006.
Procedimientos aplicados
Se llevaron a cabo los siguientes procedimientos:
· Entrevistas
· Cuestionarios
· Relevamiento de los recursos
humanos
· Verificación en el cumplimiento
en la aplicación de la normativa vigente
· Análisis de los procedimientos
aplicados para el otorgamiento de los diferentes beneficios brindados por el
Servicio de Tutela y Logro Social (gastos de sepelio, seguro de vida, becas a
discapacitados, ayudas pecuniarias y ayudas médicas)
· Análisis y seguimiento de las
cuentas corrientes de los beneficiarios de los préstamos brindados
· Control de la recaudación del
mes de abril/06
· Confrontación de lo escriturado
en el mes de abril/06 con la documentación respaldante correspondientes al
Servicio de Tutela, Vivienda y gastos de funcionamientos
· Cotejo entre los listados
remitidos por las diferentes Unidades Ejecutoras de las cuotas por préstamos
y lo efectivamente ingresado al SIIF
· Cruzamiento entre la información
procesada en el Servicio de Tutela y la del Departamento de Contaduría
referente a los préstamos
· Verificación de las
conciliaciones bancarias del período abril a julio/2006
· Análisis de los Estados de
Situación y de Resultados al 31/12/05 y 30/6/06
· Evaluación del sistema
informático aplicado en el Servicio de Tutela
· Evaluación del informe remitido
por el Servicio de Tutela a la Dirección en el mes de diciembre/05
· Relevamiento de toda la
información oportuna y confiable que permitieran obtener evidencias para fundamentar
las conclusiones.
Las tareas fueron realizadas con
independencia, objetividad y debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
De la Auditoría realizada en los Servicios de Vivienda, Tutela
y Logro Social de la UE 25 "Dirección Nacional de Asistencia Social Policial"
del Inciso 04 «Ministerio del Interior", cuyos resultados se encuentran
explicitados en informe de fecha 16/11/06, se concluye que cumple con los cometidos impuestos por la normativa
vigente, a pesar de no contar con personal técnico y administrativo acorde a
las necesidades. Asimismo las debilidades constatadas en el sistema de control
interno dificultan detectar, prevenir y corregir errores e irregularidades
significativos, por lo que la evaluación del riesgo de control imperante
resulta alto.
Cabe
precisar que los errores detectados no fueron significativos, resultado este,
de la buena disposición de los funcionarios responsables del manejo y destino
de los fondos en el Departamento de Contaduría y Servicio de Tutela.
A
continuación se detallan las principales observaciones y recomendaciones:
1. La Dirección de la DNASP no cuenta con
información integral del resultado de unos de sus principales cometidos dentro
de la asistencia social (préstamos) a los funcionarios, jubilados y
pensionistas policiales. La Dirección debe contar con información confiable,
exacta, completa y oportuna, a fin de tomar resoluciones y adoptar las medidas
tendientes a mejorar la gestión de esta Institución.
2. El Departamento de Contaduría y el Servicio de
Tutela funcionan como compartimentos estancos, ya que la información que
brindan sobre los préstamos otorgados difiere, a pesar de aplicar igual
criterio y contar con la misma documentación. Se deben instrumentar los
mecanismos tendientes a lograr una efectiva coordinación entre ambas áreas a
fin de que el resultado del procesamiento de una misma documentación y
aplicando un mismo criterio brinde información cierta y confiable que permita tomar
decisiones acertadas.
3. La información proporcionada por los sistemas
informáticos implementados en el Servicio de Tutela, no brindan seguridad
razonable ya que no cuentan con claves de acceso por funcionario, lo que
imposibilita deslindar responsabilidades. Es imprescindible que cada
funcionario responsable del ingreso de datos a los programas cuente con clave
individual y confidencial de seguridad. A su vez, es una sana práctica
implementar la rotación periódica del personal.
4. Los programas informáticos utilizados por el
Servicio de Tutela presentan carencias en la obtención de la información
referente al monto total de préstamos efectivamente otorgados, total de cuotas
cobradas y monto adeudado por los beneficiarios, en un período determinado. Los
programas deberían adaptarse a efectos de brindar información en forma ágil y
clara.
5. Los funcionarios encargados del registro en el
programa informático contable, que dispone el Sector Tutela y Vivienda del
Departamento Contaduría, no cuentan con una capacitación acorde a las
responsabilidades asumidas. Esto conlleva a que se cometan errores, se esté
subutilizando dicha herramienta y por ende la información que brinda no se ciñe
a la realidad. Es conveniente implementar una política de capacitación del
personal no sólo sobre el manejo, sino también en lo que se refiere a conceptos
contables, lo que permitiría utilizar dicho programa de forma eficiente,
procesando la documentación de acuerdo a las normas contables adecuadas y
principios de contabilidad generalmente aceptados.
6. La carencia de personal técnico y
administrativo trae como consecuencia que las tareas contables, de registro y
control, se encuentran centralizadas en una misma persona y las Rendiciones de
Cuentas del interior del país presenten un atraso de tres meses en su
confección. Se considera imprescindible dotar de personal técnico y
administrativo capacitado a fin de que se puedan cumplir con todas las tareas
inherentes al Departamento. Se debe asignar a personas diferentes las tareas de
ejecución y control, para que exista una debida oposición de intereses.
7. Debido a que desde mayo/2005, se encuentra
acéfala la Encargatura de la Mesa de Pago del Servicio de Tutela, no se realizan
controles sobre los registros de las cuentas corrientes de beneficiarios de
préstamos pecuniarios y ayudas médicas por persona independiente a la tarea de
escrituración. Es necesario designar a un funcionario que sea responsable de
efectuar el control antes mencionado a fin de minimizar riesgos, errores y
omisiones.
8. El criterio aplicado en el Servicio de Tutela,
con relación al registro del pago de las cuotas en las cuentas corrientes de
beneficiarios, no es el adecuado, ya que se imputa, en forma automática, sin
contar con la documentación respaldante. Esto se debe a que, algunas Unidades
Ejecutoras se encuentran omisas en la remisión de dicha documentación, a pesar
del requerimiento del personal de esta unidad. Sería conveniente que la Dirección
de este Organismo adopte medidas tendientes a subsanar dicha situación y
determine un procedimiento a seguir en caso de incumplimiento.
9. Si bien la DNASP cuenta con una estructura
organizativa acorde a las necesidades, la unidad Logro Social no cuenta con
Resolución Ministerial que avale su creación, dependiendo directamente de la
Dirección de este Organismo. Es necesario regularizar dicha situación dándole
un lugar dentro del Organigrama, asignándole cometidos, Director, Subdirector y
personal acorde a las necesidades. De esta forma se delimitaría a cada
funcionario sus deberes y responsabilidades.
10. Si bien las actividades de
control no son adecuados, la buena predisposición de los funcionarios
responsables de las tareas de registro en el Departamento de Contaduría y el
Servicio de Tutela, permitió que los errores detectados no fueran
significativos.
11. La gerente del Financiero Contable es también
la responsable de la administración contable de los Servicios de Tutela y
Vivienda. Se considera conveniente designar un profesional para dicho Servicio,
a fin que la Gerente Financiero pueda cumplir con aquellas tareas inherentes a
su cargo, estableciendo procedimientos de control a efectos de garantizar la
oposición de intereses.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 17 de noviembre de 2006 y
vencido el plazo legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 16 de noviembre
de 2006, referente a la actuación cumplida en los Servicios de Vivienda, Tutela
y Logro Social de la UE 25 "Dirección Nacional de Asistencia Social Policial".
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MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Tesorería General de la Nación
La
actuación comenzó el 2/5/2006 por iniciativa de la Auditoría Interna de la
Nación.
ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El objetivo fue dar cumplimiento a los
cometidos legales conferidos a esta Auditoría Interna de la Nación por parte
del Art. 92 del TOCAF, referente a la verificación de los movimientos de fondos
y valores de la Tesorería General de la Nación y al arqueo de sus existencias,
así como la evaluación del sistema de control interno implementado. Asimismo,
se procedió a realizar una evaluación del cumplimiento de los cometidos legales
otorgados a la TGN, por parte del Art. 155 del TOCAF.
Se analizó la información definitiva
correspondiente al ejercicio 2005 y primer cuatrimestre de 2006.
Procedimientos aplicados.
Se aplicaron los siguientes
procedimientos:
· Indagaciones orales
· Inspecciones oculares
· Arqueos
· Recuentos
· Análisis de documentación
Las tareas fueron realizadas con
independencia, objetividad y debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Como resultado de la auditoría practicada,
se puede concluir que la Tesorería General de la Nación presenta debilidades
significativas en el sistema de control interno implementado, las cuales
afectan su gestión y ameritaron las siguientes observaciones.
En lo referente a la verificación del
movimiento de fondos y valores, se practicó el arqueo de sus existencias con
fecha 10 de mayo de 2006, el que arrojó una diferencia entre los fondos
arqueados y los fondos sujetos a arqueo que fue conciliada en el momento.
No surge evidencia de que se realicen
rendiciones de cuenta de las cuentas bancarias del Tesoro Nacional.
Respecto a la recaudación diaria en
efectivo en moneda nacional, se constató que la misma no se deposita en los
plazos establecidos por la normativa legal vigente.
Se formulan las siguientes
recomendaciones, a los efectos de mejorar la gestión de la Unidad y de mitigar
los riesgos a los cuales se expone, producto de las debilidades del control
interno implementado:
1. Implementar
cambios en la estructura organizativa de la unidad, redefiniendo los
departamentos que la componen y los cometidos asignados a cada uno de ellos.
2. Priorizar aquellos
cometidos que permitan gestionar los recursos del Estado de manera eficiente y
eficaz.
3. Asignar con
claridad las actividades, tanto a los departamentos como a los funcionarios,
respetando el principio administrativo de oposición de intereses. Esto
permitirá gestionar los recursos humanos de la Unidad, de manera más
eficiente.
4. Establecer y
documentar procedimientos que faciliten el desarrollo de los procesos
sustantivos de la Unidad.
5. Implementar
actividades de control que permitan mitigar los factores de riesgos vinculados
a los mismos. En especial se sugiere la implementación y documentación de
controles, en lo que respecta al manejo y custodia de los fondos y valores.
6. Implementar un
sistema de rotación de personal que disminuya los riesgos asociados al manejo
de fondos y valores por parte de los funcionarios.
7. Redefinir el
monto de la póliza de caución de
fidelidad, así como los funcionarios a los que cubre, de forma tal que cumpla
con su cometido de forma eficaz.
8. Depurar y
registrar los valores propios y en custodia, manteniendo sólo los vigentes,
como forma de poder implementar controles con mayor eficiencia.
9. Implementar
procedimientos que permitan realizar las rendiciones de cuenta de las cuentas
del Tesoro Nacional.
10. Modificar la
práctica actual respecto al depósito de los fondos recibidos de las Unidades
Ejecutoras, obligando a las mismas a depositar su recaudación directamente en
la Cuenta del Tesoro Nacional en el BROU, en los plazos debidos, cumpliendo con
lo dispuesto por el régimen jurídico vigente.
11. Implementar un
procedimiento que asegure que las Unidades Ejecutoras informen en tiempo y forma los datos sobre la apertura de cuentas
bancarias.
12. Exigir a las
Unidades Ejecutoras que envíen información mensual sobre la totalidad de las
existencias de caja y del estado de las cuentas bancarias en que tengan
depositados sus fondos.
13. Regularizar la
caja chica de la unidad, dictando resolución que habilite su operativa y monto
máximo autorizado.
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de lo preceptuado por el
Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se confirió vista al Organismo auditado con
fecha 21 de julio de 2006, habiéndose evacuado la misma por nota del 4 de
agosto de 2006, la cual no afecta las conclusiones y recomendaciones a las que
se arribaron.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 10 de agosto de
2006, referente a la actuación cumplida en la Tesorería General de la Nación.
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MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Contaduría General de la Nación
La
actuación comenzó el 24 de Julio de 2006 por iniciativa de la Auditoría Interna
de la Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El
objetivo de la misma consistió en evaluar la suficiencia de los controles
implementados por la Contaduría General de la Nación (en adelante CGN), sobre
las funciones desarrolladas por la Tesorería General de la Nación (en adelante
TGN) y en dar cumplimiento a los cometidos legales conferidos a esta Auditoría
Interna de la Nación por parte del Art. 92 del TOCAF, referente a la inspección
de los registros analíticos y sintéticos de la CGN y verificar su
correspondencia con la documentación respaldante y la de ésta con la gestión
financiera patrimonial.
Se
analizó la información correspondiente al ejercicio 2005 y primer semestre de
2006.
Procedimientos
aplicados.
Para
el logro del objetivo planteado, se aplicaron los siguientes procedimientos:
·
Indagaciones orales
·
Cuestionarios
·
Observación
·
Relevamiento de información
·
Análisis de soportes informáticos
·
Análisis de documentación proporcionada
Las tareas fueron realizadas con
independencia, objetividad y debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
Como
resultado de la auditoría practicada, se puede concluir que los controles
implementados por la CGN sobre el movimiento y tenencia de fondos y valores de
la TGN, son insuficientes para determinar la veracidad e integridad del saldo
de caja, valores y cuentas corrientes bancarias.
Respecto
a la inspección de los registros analíticos y sintéticos elaborados por la CGN
y su verificación con la documentación respaldante, esta Auditoría Interna de
la Nación se abstiene de opinar respecto a los mismos debido a la inexistencia
de contabilidad patrimonial, tal como lo dispone el Art. 2 de la Ordenanza 81
del Tribunal de Cuentas de la República del 17.12.02.
Producto de estas observaciones es que se
entiende pertinente formular las siguientes recomendaciones, a los efectos de
mejorar la gestión de la Unidad y de mitigar los riesgos asociados a la
consecución de los cometidos sustantivos de la misma:
1. Desarrollar e implementar dentro de la CGN, un
sistema de control interno que le permita proporcionar un grado de seguridad
razonable en cuanto a la consecución de los cometidos asignados.
2. Procurar la coordinación entre la CGN y la
TGN, lo cual redundará en la consecución de los cometidos generales de las
mismas. Se debería procurar que ambas Unidades conozcan las consecuencias de
sus acciones y decisiones respecto de la otra.
3. Dotar a la División Contabilidad de:
3.1 personal suficiente, en la medida que la
normativa lo permita, a los efectos de lograr que los trabajos se realicen con
la oportunidad y calidad deseada
3.2 las herramientas tecnológicas necesarias para
cumplir con los cometidos asignados
4. Definir y documentar manuales de
procedimientos, en los cuales se desarrolle la forma óptima de llevar adelante
los procesos críticos de la Unidad. Los mismos deberían ser distribuidos a
todos los funcionarios, a los efectos de que los mismos conozcan la manera de
desempeñarse en el Organismo.
5. Definir e implementar indicadores de desempeño,
con el objetivo de medir la gestión de la Unidad. La información debería ser
utilizada para corregir los desvíos que pudiesen detectarse.
6. Implementar procedimientos independientes a
los establecidos por la TGN que permitan a la División Contabilidad, determinar
el saldo de fondos y valores en poder de la TGN en un momento determinado del
tiempo, así como su discriminación y permanencia.
7. Establecer, documentar y divulgar
procedimientos coordinados con la TGN, a los efectos de:
7.1 anular y destruir los medios de pagos vencidos
7.2 hacer líquidos los valores a cobrar vencidos
(cupones pertenecientes a Bonos del Tesoro y certificados de depósito a plazo
fijo), de modo de contar con un saldo de caja íntegro y veraz y un saldo de
deuda pública representativo de la realidad
8. Implantar actividades de control que aseguren
que las deudas que son canceladas a través de sentencias judiciales por parte
del MEF, sean dadas de baja por parte de la CGN y no sean canceladas nuevamente
a través de otro medio de pago. Dado que el procedimiento vigente no asegura
que puedan existir cheques librados de obligaciones ya canceladas, se
recomienda el análisis de los cheques propios vencidos en custodia de TGN, para
asegurar la integridad y veracidad del saldo de deuda pública.
9. Registrar los valores en poder de la TGN vigentes (certificados
provisorios de integración de la Corporación Nacional para el Desarrollo), cuyo
monto asciende a U$S 20:076.753. Respecto a los valores que se encuentran
vencidos, se deberían instrumentar procedimientos coordinados con TGN a los
efectos de su destrucción.
10. Implementar actividades de control adicionales,
a los efectos de asegurar la integridad del saldo de fondos y valores en poder
de la TGN.
11. Documentar los controles implementados,
asignando responsabilidades para su realización.
12. Promover medidas para la presentación en fecha
de las rendiciones de ingresos de las Cajas Típicas y Paraestatales, para
adecuarlas a las exigencias de la Unidad en cuanto a la oportunidad de la
información.
13. Se recomienda que la Dirección de la Unidad
apruebe, publique y comunique a todos los funcionarios y partes interesadas, un
documento con la política de seguridad de la información. La misma debería
revisarse a intervalos planificados, para asegurar su conveniencia,
suficiencia, y eficacia continua.
14. Desarrollar y mantener un proceso de gestión
para la continuidad de las operaciones de la Unidad (Plan de Continuidad
Operacional), a los efectos de contrarrestar interrupciones en las funciones de
la Unidad y proteger los procesos críticos de la misma, contra los efectos de
fallas importantes en los sistemas de información o contra desastres, y
asegurar su restauración oportuna.
15. Dada la existencia de un
área de "Servicio de Atención a Usuarios" del SIIF, asimilable a la función que cumpliría una "Mesa de Ayuda", se
recomienda implantar un proceso integral de gestión de incidentes de acuerdo a
lo que establecen las buenas prácticas en este sentido (ITIL, COBIT), con el
objetivo de reducir el impacto de los incidentes ocurridos, de las solicitudes
de ayuda y de mejorar la satisfacción de los usuarios del SIIF.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 20 de noviembre de 2006,
habiéndose evacuado la misma fuera de los plazos legales. No obstante, no se
ven afectadas las conclusiones y recomendaciones a las que se arribaron.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 16 de noviembre
de 2006, referente a la actuación cumplida en la Contaduría General de la
Nación.
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al índice)
MINISTERIO
DE DEFENSA NACIONAL
Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronaútica
La
actuación comenzó el 28 de junio de 2006 por iniciativa de la Auditoría Interna
de la Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
Los
objetivos de la presente auditoría consistieron en:
· Evaluación del funcionamiento del sistema de control interno de la
Unidad de Control, en relación a la gestión de la Concesionaria Puerta del Sur
S.A., así como la eficacia y eficiencia de los procedimientos llevados a cabo
para el cumplimiento de los cometidos que le fueran asignados.
· Análisis del procedimiento para la adquisición, implantación y
funcionamiento del sistema informático
AIRCON 2000.
· Análisis de los procedimientos llevados a cabo en la ocurrencia de
incidentes aéreos.
La
auditoría abarcó los ejercicios 2004 y 2005.
Procedimientos
aplicados
Se
llevaron a cabo los siguientes procedimientos:
· Entrevistas
· Cuestionarios
· Inspecciones oculares
· Análisis de documentación
· Relevamiento de toda información oportuna y
confiable
Las
tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y debido cuidado
profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
Como
resultado de la auditoria practicada en la Dirección Nacional de Aviación Civil
e Infraestructura Aeromaútica del Ministerio de Defensa Nacional, se puede
concluir que la Unidad de Control si bien viene cumpliendo los cometidos para
los cuales fue creada, existen debilidades en la toma de acciones correctivas
en relación con los hechos relevados.
Con
respecto a los procedimientos para la adquisición, implantación y
funcionamiento del sistema informático
AIRCON 2000 y de los procedimientos llevados a cabo en la ocurrencia de
incidentes aéreos, los mismos se cumplen con adecuada razonabilidad.
A
continuación se detallan las principales conclusiones y recomendaciones a las
que se arribaron:
1. En relación con las diferencias constatadas en
las unidades de trabajo, se hace necesario la existencia de un criterio único
entre la Unidad de Control y la Concesionaria, en relación a la definición de
los pasajeros en tránsito. Se recomienda se aplique el criterio de los arribos,
ya definido por el Director de Aeropuertos.
En
cuanto a las cargas, se debería gestionar el acceso por parte de Fiscalización
a la base informática de la Dirección General de Aduanas (Sistema Lucía). De
esta manera se minimizarían las diferencias, las que en caso de existir,
deberían ser analizadas y solucionadas en tiempo y forma.
2. En cuanto a los partes de vuelo, su confección
deberá uniformizarse para todas las compañías aéreas en un formulario único, el
que deberá reportarse a la sección Fiscalización en un plazo que permita
procesar la información en tiempo y forma.
3. En relación con el diseño del mencionado
formulario, se recomienda que éste permita especificar separadamente la
cantidad de pasajeros adultos, infantes y en tránsito, así como el total de los
mismos. El personal encargado de la recepción de los formularios deberá
constatar la correcta ubicación de los datos, procediendo a rechazarlo en caso
que esto no se cumpla.
4. Se deberá hacer cumplir por la autoridad
competente el Decreto 611/978, que obliga a las compañías de aviación a
presentar en forma mensual un reporte de vuelo, el que permitirá el chequeo de
los datos por parte de la sección Fiscalización.
5. En cuanto al avance de obras, la Concesionaria
está incumpliendo sus obligaciones, por lo que la Unidad de Control deberá
exigir a la misma el levantamiento de las observaciones pendientes en el Grupo N°
1 del Plan de Obras en un plazo breve dado el tiempo que ha transcurrido.
Asimismo la Unidad de Control deberá reiterar al Ministerio de Defensa Nacional
la solicitud de aplicación de multas según lo establecido en el punto 4.16
(Incumplimientos del Contratista y sanciones), del Régimen de Gestión Integral.
6. Las Notas relativas a las observaciones
realizadas por la Unidad de Control a la Concesionaria, deberán ingresar al
Ministerio de Defensa Nacional a través de un sistema unificado de ingresos de
expedientes. Para ello debe haber una única mesa de entrada, de forma que se
pueda realizar un seguimiento a los mismos, evitando su extravío. Asimismo se
recomienda un adecuado sistema de archivo para la documentación, que esté
acondicionado para la correcta conservación de la misma.
7. En relación con los precios de libre fijación,
se recomienda realizar un plan de modificación del Pliego de Condiciones en
acuerdo con la Concesionaria, de forma que estos precios no superen a los de la
región.
8. Se recomienda a la Unidad de Control emitir
informes semestrales con las formalidades correspondientes, de acuerdo a lo
establecido en el Régimen de Gestión Integral y remitirlos al Ministerio de
Defensa Nacional.
9. La adquisición del AIRCON 2000 se realizó en forma
tardía y el proceso de implantación no se cumplió en el periodo establecido,
por lo que se recomienda se tomen las acciones necesarias para culminar con la
fase prueba, de modo de lograr el total funcionamiento automático del
mencionado sistema.
10. Se recomienda un mayor diligenciamiento en la
obtención de la renovación de las garantías de cumplimiento de contrato, de
forma de evitar riesgos en el caso de incumplimientos de la empresa proveedora.
11. En relación con el incidente estudiado, la
investigación administrativa derivó en la solicitud de un sumario
administrativo, por parte del director de la División Tránsito Aéreo, la que no
fue atendida hasta el momento. Por lo que se recomienda, se de trámite a la
solicitud antes mencionada, tomándose las medidas correspondientes a la
brevedad.
12. La Oficina de Investigación y Prevención de
Accidentes e Incidentes Aéreos ( (O.I.P.A.I.A) hasta el momento realiza
"recomendaciones" que no son de cumplimiento obligatorio. Se recomienda que las
mismas tengan validez de norma y que por tanto esta oficina tenga potestad para
hacerlas cumplir, debiendo dotarla de nuevos recursos humanos calificados,
tecnológicos y materiales.
13. La O.I.P.A.I.A. actualmente depende
jerárquicamente de la DINACIA, que es quien debe ejecutar las recomendaciones
emitidas por la primera. Se recomienda
que se inicien con el Ministerio de Defensa Nacional, los estudios de la conveniencia de la reforma de la estructura
orgánica, para que la mencionada oficina, se desprenda de la órbita de la
DINACIA, de forma de adquirir la necesaria independencia.
VISTAS,
DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley N° 16.736 del
05/01/96, se confirió vista al Organismo auditado con fecha 27 de octubre del
2006 y vencido el plazo legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 6 de octubre de
2006, referente a la actuación cumplida en la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronaútica..
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Asesoría Jurídica
La
actuación comenzó el 18 de enero de 2006 por iniciativa de la Auditoría Interna
de la Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
La
auditoría tuvo como objetivo la evaluación de la gestión de la Asesoría
Jurídica considerando su organización, los procedimientos y el cumplimiento de
los cometidos de asesoramiento, representación y patrocinio ante los órganos
judiciales y administrativos y la instrucción de procedimientos disciplinarios.
Se
consideró información correspondiente a los años 2004, 2005 y los primeros
cinco meses del 2006, sin perjuicio de haber recurrido, en los casos de
prescripción de tributos, a documentación originada en los años 1999, 2000 y
2001.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Recopilación y análisis de la normativa vigente
· Análisis de la estructura organizativa, ámbito de competencia y su
relación con las demás unidades
del Inciso.
· Entrevistas con los funcionarios responsables del área y de las
distintas Unidades Ejecutoras que demandan sus servicios.
· Verificación de la existencia de procedimientos para la
sustanciación de asuntos remitidos por las Unidades Ejecutoras.
· Análisis de los registros existentes relativos a entrada y salida
de actuaciones y seguimiento del estado de los expedientes.
Las
tareas se cumplieron con independencia, objetividad y debido cuidado
profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
Como
resultado de la auditoría practicada en la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería, cuyos resultados se encuentran explicitados en
informe de fecha 23 de noviembre de 2006, se puede concluir que la misma no
cuenta con la organización interna y procedimientos adecuados para el
cumplimiento de los cometidos en forma eficiente eficaz.
Se
destacan las siguientes constataciones:
1. La información suministrada respecto a los procesos
contenciosos evidencia ausencia de integridad y confiabilidad de los registros.
Se recomienda implementar un sistema de información integral que permita llevar
el control actualizado de los procesos en trámite.
2. La ausencia de fichas de procuración y de
falsos expedientes que contengan las principales actuaciones judiciales,
indican problemas de documentación y registro de la tramitación de los procesos gestionados e impide el
adecuado seguimiento de los mismos. Se recomienda llevar fichas de procuración
actualizadas y conservar los falsos expedientes en la forma debida y por el
tiempo de vigencia de los respectivos embargos y reinscripciones en su caso.
3. Existe una demora significativa entre la
remisión de los asuntos a la Asesoría Jurídica y el inicio de las actuaciones
judiciales. Se recomienda implementar procedimientos que permitan responder
eficientemente a los servicios jurídicos requeridos por las distintas Unidades
Ejecutoras.
4. Existen debilidades en la comunicación y
coordinación entre la Asesoría Jurídica y las Unidades Ejecutoras donde se
origina la obligación tributaria (DINAMIGE y DNTEN) que inciden directamente en
la gestión de cobro judicial y extrajudicial de los adeudos generados. Se
recomienda implementar procedimientos que agiliten la gestión de cobro.
5. En los procesos ejecutivos iniciados en 2001 y
2002 por el incumplimiento del pago de las tasas de inspecciones a cargo de la
DNTEN, donde las citaciones de excepciones debían realizarse en el interior del
país, no fueron diligenciadas. Esta inacción ha frustrado la posibilidad de
cobro de esos créditos. Se recomienda que se inicien y prosigan las acciones
judiciales que requieren diligenciamiento de excepciones en el interior del
país, procurando coordinar esfuerzos para el cumplimiento de estas actividades.
6. Se archivan en sede judicial una cantidad
importante de actuaciones por defectos formales en la presentación de la
demanda. Se sugiere adoptar las medidas necesarias para la correcta
individualización del sujeto pasivo.
7. Los procesos ejecutivos culminan con el
embargo general de derechos, bienes y acciones del deudor, por lo que no
resultan un medio eficaz para satisfacer la pretensión de cobro del Estado. Se
sugiere adoptar mecanismos tendientes a la individualización y denuncia de
bienes de propiedad de los deudores y proceder a las ejecuciones en vía de
apremio.
8. Respecto de los procesos que se encuentran
archivados en las diferentes sedes judiciales, se sugiere realizar un
relevamiento de la información que permita identificar los plazos de caducidad
de los embargos trabados a los efectos de proceder temporáneamente a su
reinscripción, evitando la pérdida de la prelación en el derecho a favor del
Estado. Respecto de los que no fueron reinscritos en tiempo y forma, se
recomienda igualmente proceder a su reinscripción tardía.
9. Respecto a los procesos en que el MIEM es
parte demandada, no existe una adecuada comunicación por parte de la Asesoría
Jurídica a la jerarquía, que le permita tomar conocimiento en forma oportuna,
de los asuntos que pueden implicar consecuencias patrimoniales para el Estado.
Se recomienda que se remita periódicamente la información respecto del estado
de situación de los procesos referidos.
10. Respecto a los tributos impagos correspondientes
a la tasa de Inspección de Generadores de Vapor (período 1999-2000, notificadas
en 2004) corresponde que se inicien las acciones judiciales pertinentes. Si
existieren deudores a cuyo respecto se hubiere omitido la notificación,
corresponde realizarla, a efectos de que puedan oponer la prescripción en vía
administrativa o de que opere el reconocimiento de la deuda o se exprese
voluntad de pago.
11. Se recomienda remitir los asuntos relativos a
acciones de nulidad vinculadas a Marcas y Patentes a la Dirección Nacional de
Propiedad Industrial a los efectos de que sean sustanciadas por técnicos
especialistas en la materia, sin perjuicio de los dispuesto en el Decreto
190/997 de 04 de junio de 1997.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 5 de
enero de 1996, se confirió vista al Organismo auditado con fecha 23 de
noviembre de 2006, habiéndose evacuado la misma según descargos presentados el
7 de diciembre de 2006, los cuales no resultaron de recibo y ameritaron
mantener, en lo sustancial, las conclusiones y recomendaciones efectuadas.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las conclusiones
y recomendaciones que surgen de informe de fecha 8 de diciembre de 2006,
referente a la actuación cumplida en el Ministerio de Industria, Energía y
Minería.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Dirección Nacional de Energía y Tecnología
Nuclear
Generadores de Vapor
La
actuación comenzó el día 17 de abril de 2006, por iniciativa de la Auditoría
Interna de la Nación.
ALCANCE
Y OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
El objetivo fue analizar el cumplimiento de los cometidos y
los procedimientos técnicos y administrativos de la Sección Generadores de
Vapor de la DNETN.
El período auditado abarcó el ejercicio 2005.
Procedimientos aplicados
Se llevaron a cabo los siguientes procedimientos:
· Entrevistas
· Cuestionarios
· Confrontación de
registros
· Revisión de
documentación
· Estudio de
Expedientes
Las tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y
debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
De la auditoría realizada en la Sección Generadores de Vapor
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, cuyos resultados se encuentran explicitados
en informe de fecha 28/08/06, se verificó que los cometidos asignados por
ley no se cumplen en su totalidad y los
procedimientos y mecanismos de control interno son insuficientes. Esta
situación obedece a la inexistencia de procedimientos de trabajo que permitan
una correcta coordinación entre los sectores administrativo y técnico.
A continuación se detallan las principales recomendaciones y
conclusiones a que se arribaron:
1. En relación a los procedimientos para las
inspecciones de generadores de vapor, se puede concluir sobre los siguientes
aspectos:
a) en la actualidad no es posible determinar el
universo de las fiscalizaciones que se realizan y la facturación de las mismas
b) no existe
oposición de intereses entre el sector administrativo y el técnico del
Ministerio, lo cual deja de manifiesto que no hay un adecuado ambiente de
control interno
c) tampoco es posible realizar una correcta
gestión de facturación y cobro,
situación que no permite que el Ministerio disponga en tiempo y forma de los
fondos que le corresponden
2. No existen controles de las inspecciones que
realiza el LATU para verificar que todas las inspecciones realizadas sean
comunicadas al Ministerio y por lo tanto facturadas.
3. No se cumple con el cometido de llevar el
registro de las empresas dedicadas a la fabricación, reparación y/o
alteraciones de generadores de vapor, por lo que se recomienda implementar las
medidas necesarias para satisfacer el cometido asignado.
4. En el área de la tecnología de la información, no
se cuenta con un inventario actualizado del universo de generadores de vapor existentes en el país que permita conocer en
forma precisa el estado actual de los mismos.
5. Se sugiere definir la situación del convenio
con el LATU en cuanto a su permanencia y en vistas de su posible rescisión,
dotar a la Sección de Generadores de Vapor de los recursos humanos necesarios e
idóneos para cumplir eficientemente con la realización de las pruebas
hidráulicas solicitadas, así como con las inspecciones anuales.
6. Se recomienda definir procedimientos de trabajo
que permitan una mayor coordinación entre los inspectores y la Administración
para que las inspecciones realizadas por el Ministerio sean facturadas
oportunamente.
7. Se sugiere remitir en tiempo y forma la
información referida a las inspecciones realizadas así como todo lo relativo a
los generadores de vapor para mantener actualizado el programa de gestión de
calderas.
8. En virtud de que el Decreto 56/005 fija
nuevamente entre los cometidos de la Sección de Generadores de Vapor habilitar
a los operadores de vapor y expedir el título de foguista, se recomienda tomar
las medidas necesarias tendientes a cumplir con los cometidos asignados.
9. Se sugiere a la Asesoría Jurídica del
Ministerio, considere realizar un análisis para elaborar un criterio, respecto de la facturación de la Tasa por
inspección de prueba hidráulica o habilitación y por la de inspección general.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 04/09/2006 y vencido el plazo
legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 28 de agosto de
2006, referente a la actuación cumplida en la Sección Generadores de Vapor de
la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear.
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Dirección Nacional de Energía y Tecnología
Nuclear
Departamento de Tecnogestión
La
actuación comenzó el día 28 de agosto de 2006, por iniciativa de la Auditoria
Interna de la Nación.
ALCANCE
Y OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
El objetivo fue analizar el cumplimento de los cometidos, los
procedimientos técnicos y administrativos, así como el inventario de los bienes
del Departamento de Tecnogestión de la DNETN.
La auditoría abarcó el período desde la creación de la
Dirección (año 2003 hasta octubre 2006).
Procedimientos aplicados
Se llevaron a cabo los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y
Cuestionarios
· Confrontación de
registros
· Revisión de
documentación
· Estudio de
Expedientes
Las tareas fueron realizadas con
independencia, objetividad y debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
De la auditoría realizada en el Departamento de Tecnogestión
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, cuyos resultados se encuentran
explicitados en informe de fecha 10/11/06, se concluye que el Departamento de
Tecnogestión no cuenta con la infraestructura necesaria para cumplir con sus
cometidos en forma eficiente debido a la falta de recursos humanos e
inexistencia de controles internos adecuados.
Teniendo en cuenta las facilidades que dispone el
Departamento a través de la OIEA (Organismo Internacional de Energía Atómica),
en cuanto a la adquisición y actualización de equipamiento de laboratorios,
capacitación de técnicos y acceso a expertos de primera línea en el mundo, no
se hace una utilización eficaz de las potencialidades que posee, que
permitirían ofrecer una gama importante de servicios técnicos y científicos que
redundarían en un beneficio para el Estado en su totalidad.
La Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear no
cuenta con un inventario general y actualizado donde figuren todos los bienes
propiedad de esta Dirección, así como una política de inventario que asegure la
ubicación física de los mismos siendo fundamental tener registro de todos los
movimientos, ya sean altas, bajas o modificaciones.
A continuación se detallan las principales observaciones y
recomendaciones a que se arribaron:
1. La falta de recursos humanos asignados al seguimiento de los convenios,
para verificar que los bienes cedidos permanezcan en sus lugares de destino, el
traslado del Departamento de Tecnogestión a la sede de DINAMIGE y la
permanencia del laboratorio de Calibraciones y Dosimetría de las Radiaciones y
algunos equipos técnicos en la Dirección de Energía, contribuyó a que dicho
Departamento se encuentre fragmentado y que no exista un hilo conductor a
través de las jerarquías (teniendo en cuenta los mandos medios), que aseguren
un mecanismo para constatar que el universo de los bienes existe en su totalidad y que se practiquen los
controles que generen un ambiente de control interno adecuado.
2. Respecto a los laboratorios que funcionan en
las Facultades, el Ministerio no cumple con la cláusula del convenio referente
a la integración de un representante del Organismo en la Comisión Directiva del
Centro. En consecuencia, no se realiza el seguimiento adecuado de la
utilización de los bienes cedidos ni de su estado de mantenimiento.
3. Se detecta una debilidad respecto al archivo de
la documentación en la medida que este equipo nunca pudo acceder a la totalidad
de los originales de los convenios referidos ni a otra clase de documentación
que permitiera ilustrar las condiciones de aplicación de los mismos. La
información fue proporcionada en fotocopia simple y figuran incompletos algunos
ejemplares. Se constató que los documentos referentes a los convenios se
encuentran archivados en distintos lugares físicos, se recomienda por una
cuestión de orden que los mismos sean conservados en un único lugar y durante
toda su vigencia.
4. Se recomienda realizar en el corto plazo un
inventario general valuado de todos los bienes del Departamento e implementar
los mecanismos para su posterior mantenimiento.
5. Se sugiere dotar al Departamento de
Tecnogestión de los recursos humanos técnicos y necesarios para obtener un
aprovechamiento integral de los laboratorios.
6. Se recomienda designar funcionarios que
realicen el seguimiento de los convenios vigentes o actualizar las
designaciones ya resueltas oportunamente con el objetivo de comprobar que se
realice una correcta utilización de los bienes y la permanencia de los mismos
en los lugares de destino.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 13 de Noviembre de 2006 y
vencido el plazo legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 10 de noviembre
de 2006, referente a la actuación cumplida en el Departamento de Tecnogestión
de la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear..
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MINISTERIO
DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Dirección Nacional de Vialidad
Gerencia de Conservación - Despósitos de
Repuestos
La
actuación dio comienzo el 25/5/2006 por iniciativa de la Auditoría Interna de
la Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El objetivo fue la evaluación del sistema de control interno
de los Depósitos de Repuestos que funcionan bajo la órbita de la Gerencia de
Conservación, analizando los procedimientos administrativos implementados para
asegurar la debida protección de los
activos, así como la eficacia y eficiencia de su gestión.
El período abarcado comprendió el año 2005 y primer semestre
de 2006.
Procedimientos aplicados
Se aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y
Cuestionarios
· Inventarios
· Inspección ocular
· Análisis de
documentación
Las tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y
debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
Como resultado de la auditoría practicada en la Dirección
Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con
relación a los depósitos dependientes de la Gerencia de Conservación, cuyos
resultados se explicitan en expediente Nº 2813/06, se puede concluir que no
existe un adecuado sistema de control interno en lo referente al funcionamiento
de los depósitos de repuestos bajo la responsabilidad de la Gerencia de
Conservación.
Los procedimientos vigentes no aseguran la debida protección
de los activos, ni los controles establecidos son eficaces para detectar la
ocurrencia de acciones irregulares.
El funcionamiento de los depósitos en forma paralela,
almacenando los mismos artículos ubicados
muy próximos uno del otro aunado a la falta de soporte informático, derivó en
duplicidad de ítems, obsolescencia y manejo incorrecto de los stocks.
En los casos citados referentes a las denuncias de presuntas
irregularidades se constató que la Gerencia de Conservación no procedió con
sujeción a las disposiciones vigentes y con la debida diligencia para
sustanciar las denuncias en tiempo y forma, lo que conlleva a la no aplicación de los procedimientos previstos por
la normativa vigente y a que no se aclaren de una manera objetiva y fundada las
presuntas irregularidades denunciadas.
Se
efectúan las siguientes recomendaciones:
1. Evaluar la unificación de los depósitos de
repuestos.
2. Identificar debidamente los propietarios de los
repuestos sobrantes del depósito del Departamento de Equipos.
3. Determinar procedimientos para categorizar los
repuestos en vigentes, recuperables y obsoletos.
4. Implementar actividades de control sobre stock,
tales como recuentos de inventarios por personal independiente a la Sección,
documentando los mismos
5. Verificar el cumplimiento de los procedimientos
previstos para la aplicación del SAP (Sistemas, Aplicaciones y Productos).
6. Distribuir las tareas teniendo en cuenta la
necesaria oposición de intereses
7. Instrumentar mecanismos que permitan dar
cumplimiento al Dec. 30/03 del 23/1/03, art. 24, que establece la rotación
periódica de funcionarios en reparticiones encargadas de adquisición de bienes
y servicios.
8. Regularizar la habilitación de los camiones
utilizados por la DNV.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 22 de setiembre de 2006,
habiéndose evacuado la misma según Nota del 6 de octubre de 2006 la cual no afecta las conclusiones y recomendaciones a las que se arribaron.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 21 de setiembre
de 2006, referente a la actuación cumplida en la Dirección Nacional de
Vialidad.
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MINISTERIO
DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Dirección Nacional de Vialidad
Gerencias de Construcciones, Conservación y
Regionales
La
actuación dio comienzo el 25/9/2006, por iniciativa de la Auditoría Interna de
la Nación
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El
objetivo de la actuación fue la evaluación del sistema de control interno y la
gestión desarrollada por las Gerencias de Construcciones, Conservación y Regionales,
en lo referido a la ejecución de obra nueva y de mantenimiento.
La
auditoría abarcó el período 2005
y primer semestre de 2006.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y Cuestionarios
· Relevamiento de normativa
· Análisis de documentación
Las
tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y debido cuidado
profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
Como
resultado de la auditoría practicada en la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con relación al sistema de control
interno y la gestión de las mencionadas gerencias, cuyos resultados se
explicitan en expediente Nº 5535/06, se puede concluir que el sistema de control
interno presenta debilidades en cuanto a la capacitación de funcionarios,
asignación de autoridad y responsabilidad, estimación de riesgos, actividades
de control, información y comunicación y en su monitoreo, incidiendo en la
gestión de las mencionadas Gerencias.
Se
observó que:
1. Si bien existe una planificación quinquenal de
obras y se lleva a cabo una coordinación entre las distintas Gerencias, la
gestión del Organismo se vio afectada seriamente por los topes presupuestales a
la inversión. Al momento de realizar dicha planificación, se debería considerar
el impacto que puede ocasionar los riesgos externos que afectan a las empresas
contratistas y a la propia Unidad Ejecutora.
2. Se observan apartamientos a las disposiciones
contractuales de las obras en cuanto al cumplimiento de plazos de finalización
e imposición y cobro de multas. Se debe dar cumplimiento a lo establecido en el
pliego de condiciones.
3. La Asesoría Jurídica no siempre es consultada
en temas de su competencia como ser los procedimientos para suspensión de una
obra, documentación de las observaciones constatadas a las empresas
contratantes, redacción de los pliegos de licitaciones, cumplimiento de las
normas contractuales, aplicación de multas y suspensiones de obras. Se sugiere
la coordinación con esta área para lograr la aplicación de las normas y evitar posibles juicios.
4. No surge evidencia documentada de que se
realicen estudios de conveniencia técnica y económica cuando se reinicia una
obra que estuvo paralizada mucho tiempo. Se sugiere implementarlos para
determinar si esta es la mejor opción para la Administración.
5. Si bien se constata que el Departamento de
Contaduría efectúa controles sobre la gestión administrativo - contable de las Regionales,
los mismos podrían perfeccionarse y realizarse con mayor frecuencia.
6. Se sugiere incorporar personal joven para las
tareas que se ejecutan directamente en la ruta y efectuar un plan de
capacitación del personal.
7. Se recomienda definir claramente competencias
y roles del Gerente de Regional cuando actúa como Director de Obra en los
contratos de mantenimiento.
8. Se sugiere uniformizar los procedimientos de
registración y rendición de gastos en las Regionales y la reposición de fondos
a medida que se van rindiendo.
9. Se recomienda implementar manuales de
procedimientos tanto para los procesos administrativos como para el control de
obras, de modo de uniformizar criterios, información y documentación de las
actividades.
10. Se debe documentar las multas y/o
incumplimientos de las empresas contratistas y comunicarlas al Registro
Nacional de Empresas de Obras Públicas, de acuerdo a la normativa vigente.
11. Se sugiere una mayor coordinación entre el
Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas y la DNV para garantizar que
las empresas que se presenten a un proceso licitatorio estén en condiciones
técnicas, económicas y financieras de asumir dicha responsabilidad, permitiendo
que la gestión de la DNV mejore en eficacia y eficiencia.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha de 2006, habiéndose evacuado la misma según Nota del de 2006 la cual no afecta las
conclusiones y recomendaciones a las que se arribaron.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 7 de diciembre de
2006, referente a la actuación cumplida en la Dirección Nacional de Vialidad.
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MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Dirección General de Secretaría
La
actuación comenzó el 18/08/2006, por iniciativa de la Auditoría Interna de la
Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
La auditoría tuvo como objetivo la
evaluación de la gestión, la estructura organizativa y los procedimientos del
sector, con la finalidad de determinar si los mismos permiten el cumplimiento eficaz y eficiente de sus
cometidos. El período analizado abarcó los primeros ocho meses del ejercicio
2006.
Procedimientos aplicados
· Estudio de la normativa y resoluciones
vigentes.
· Realización de entrevistas y cuestionarios.
· Inspecciones oculares.
· Análisis de falsos expedientes judiciales,
fichas de procuración.
· Relevamiento de toda información oportuna y
confiable
Las tareas se cumplieron con independencia, objetividad y
debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
Como resultado de la auditoría practicada en la Asesoría
Letrada de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Educación y
Cultura, cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha
21/11//2006, se concluye que la Asesoría Letrada, en términos generales, cumple
con los cometidos referidos a la gestión de las acciones judiciales e instrucción
de procedimientos disciplinarios, no así con los de asesoramiento. Sin embargo,
la carencia de información integral, confiable y oportuna dificulta las
actividades de control y la evaluación de la gestión del Departamento.
A continuación se destacan las siguientes conclusiones y
recomendaciones:
1. La Asesoría Letrada no está cumpliendo todas
las funciones que le fueran asignadas por Decreto 596/005 de fecha 30/12/05. La
función de asesoramiento en las cuestiones
jurídicas relacionadas con el Ministerio, han pasado a ser desempeñadas
principalmente por la Asesoría Técnica, como consecuencia del contralor que
realiza de los actos administrativos que requieren la firma del Ministro. La
unidad auditada no está cumpliendo funciones propias de una Asesoría, sino de
gestión de asuntos contenciosos y disciplinarios. Se entiende conveniente se
considere su ubicación en la estructura orgánica de la Unidad Ejecutora a efectos de adecuarla a las necesidades
operativas de la misma.
2. El sistema de información presenta deficiencias
que afectan la gestión de tareas inherentes al Sector:
a) No se cuenta con un sistema integral para el
registro y seguimiento de todos los expedientes que ingresan a la Asesoría. El
software utilizado por la unidad auditada, es obsoleto y no brinda información
íntegra y confiable. A su vez, el sistema llevado por el Departamento de
Administración Documental no permite acceder a información general de todos los
asuntos radicados en la unidad. Se recomienda la renovación y ajustes de los
sistemas informáticos existentes, a efectos de que resulten un instrumento
eficaz para la supervisión y evaluación del diligenciamiento de la totalidad de
asuntos en trámite.
b) El "Listado de Litigios en Trámite", no
constituye un registro sino un mero recopilador de datos extraídos de distintas
fuentes. La información contenida en el mismo no es íntegra ya que, un 68 %,
aproximadamente, de los juicios en los que el Ministerio es parte, no se
encontraban incluidos en el listado proporcionado al 30/8/06. La Asesoría
Letrada no cuenta con la información oportuna y fidedigna de la totalidad de
los juicios en trámite, lo que hace que los jerarcas del Ministerio carezcan de
información necesaria para una eficiente y eficaz evaluación de la gestión y
toma de decisiones. Se sugiere la confección de una planilla o registro
informático básico, a tales efectos y que se implementen procedimientos
sistematizados que permitan procesar los datos actualizados respecto a los
juicios y el estado en que se encuentran.
c) Se recomienda la implementación de un
registro informático que centralice la
actividad procuratoria y permita el conocimiento inmediato del estado de cada
litigio, facilitando el control de dicha actividad.
d) No se sigue un criterio único para la
registración de los cedulones, por lo que no es posible identificar en todos
los casos cuál es el asunto o el contenido del cedulón. Se sugiere unificar los
criterios de registración a efectos de
no tener que recurrir al expediente para conocer el detalle de su contenido.
3. El espacio físico destinado a la Asesoría
resulta inadecuado para el cumplimiento de las actividades que requiere la
instrucción de sumarios e investigaciones administrativas, ya que carece de un
lugar con la privacidad necesaria para recibir a aquellas personas llamadas a
prestar declaraciones. Se recomienda se provea a la División Sumarios de un espacio físico adecuado para tomar
declaraciones. Según se informa en la evacuación de la vista, se está en la instalación de un recinto específico
para tales fines.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 23 de noviembre de 2006,
quien evacuó la misma. Analizados los mismos se contemplaron algunas de los
descargos efectuados sobre algunos aspectos contenidos en el informe y se
mantuvieron las conclusiones y recomendaciones formuladas.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 7 de noviembre de
2006, referente a la actuación cumplida en la Asesoría Letrada de la Dirección
General de Secretaría del Ministerio de Educación y Cultura.
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MINISTERIO
DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y
Espectáculos (SODRE)
La actuación comenzó el 26/09/2006 por iniciativa de la
Auditoría Interna de la Nación.
ALCANCE
Y OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
La auditoría tuvo como objetivo el seguimiento de las
recomendaciones contenidas en el informe de esta Auditoria Interna de la Nación
de fecha 21/04/2004, evaluando su implementación en relación al Departamento de
Fonoteca y la Sección Inventarios.
La auditoría abarcó el período enero a octubre de
2006.
Procedimientos aplicados
Se aplicaron los siguientes procedimientos:
· Estudio de la normativa
· Revisión de la documentación aportada
· Entrevistas personales y cuestionarios con
los respectivos encargados
· Confrontación de información
· Relevamiento de toda información oportuna y
confiable
Las tareas se cumplieron con independencia, objetividad y
debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
Como resultado de la auditoría practicada en el Servicio
Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE) del Ministerio de
Educación y Cultura con relación al seguimiento de las conclusiones y
recomendaciones del informe de esta Auditoría Interna de la Nación de fecha
21/04/2004, cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha
21/11//2006, se concluye que se han adoptado medidas tendientes a mejorar los
controles, sugiriéndose que se implemente a la brevedad un sistema informático integrado que permita
conocer en forma inmediata la ubicación de cualquier pieza del catálogo, así
como registrar los movimientos de préstamos y masters para emisión.
Es necesario que se realicen todas las gestiones pertinentes
a efectos de impulsar el cumplimiento, por parte de las Empresas Editoras, de
la norma legal vigente.
Se recomienda dotar a la Sección Inventario de un programa
informático adecuado, así como de los recursos humanos necesarios para que
pueda cumplir eficazmente su tarea. Se sugiere que una vez finalizado el
reacondicionamiento del lugar destinado a los Discos de Pasta - Vinilo y Cintas
Magnetofónicas, se proceda en forma inmediata a la realización del inventario
correspondiente.
Se efectuaron las siguientes constataciones:
Departamento de Fonoteca:
1. Se ha implementado que el material fonográfico,
salvo contadas excepciones, ingrese a Fonoteca a través del Departamento de
Compras, una vez que el mismo ha sido inventariado por la Sección Inventario.
2. El Departamento no cuenta con un sistema
informático para el registro y control del material fonográfico. El control de
las existencias y de los posibles faltantes se realiza utilizando el catálogo
de obras existente.
3. Las salidas de material para las cabinas de
radio, continúa realizándose a través de los masters de emisión. Sin embargo la
modificación del sistema de emisión al aire, que actualmente es realizado por
medios informáticos, hace que el material fonográfico permanezca muy poco
tiempo en cabina, favoreciendo los controles.
4. Se han confeccionado fichas individuales para
la entrega de compactos a funcionarios, procedimiento que ha permitido un mejor
control del material fonográfico.
5. Aún no se cuenta con un lugar físico adecuado,
que brinde la seguridad necesaria para la salvaguardia y conservación del
material fonográfico, particularmente de los Discos de Pasta - Vinilo y las
Cintas Magnetofónicas, que tienen un valor histórico y cultural relevante. Sin
embargo, se encuentra en proceso de reacondicionamiento el espacio físico
destinado a tal fin.
6. Respecto al Registro de Empresas Editoras, el
Departamento cuenta con la infraestructura y el personal necesario. Sin embargo
ninguna empresa grabadora privada se ha inscripto a la fecha, argumentándose
que la inexistencia de sanción legal para dicho incumplimiento impide al
Organismo tomar medidas al respecto.
Sección Inventario:
1. Se encuentra pendiente el inventario de Discos
de Pasta - Vinilo y Cintas Magnetofónicas.
2. El inventario de bienes muebles y útiles se
actualizó mediante la realización de un relevamiento general dispuesto por
Resolución 163/05 de fecha 30/03/05, con excepción de los instrumentos musicales.
3. No se ha implementado un programa
informático específico para registrar los inventarios.
4. No se ha provisto a la Sección de
los RRHH para cumplir con las tareas inherentes a su área.
VISTA,
DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley
Nº 16.736 de 05/01/96, se confirió vista al Organismo auditado con fecha 23 de
noviembre de 2006, no habiéndose evacuado la misma.
Se dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la
Nación adoptándose las conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de
fecha 21 de noviembre de 2006, referente a la actuación cumplida en el Servicio
Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE).
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MINISTERIO
DE SALUD PÚBLICA
Dirección General de la Administración de
Servicios de Salud del Estado (ASSE)
La
actuación comenzó el 28 de mayo de 2006 por iniciativa de la Auditoría Interna
de la Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El objetivo fue el estudio de la
información remitida a la Auditoría Interna de la Nación por las Comisiones de Apoyo,
Honorarias y otras Instituciones que reciben fondos del Ministerio de Salud
Pública y que tienen como destino final
Unidades Ejecutoras de dicho Ministerio, para determinar las sumas
administradas por las mismas, así como el análisis de las transferencias que
recibieron de ASSE.
La
auditoría abarcó el período 2004-2005 para el análisis de las sumas
administradas por dichas instituciones y el año 2005 y primer trimestre del
2006 para el análisis de las transferencias efectuadas por ASSE.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Análisis de documentación y tendencias
· Tabulación
· Comparación de datos
Las
tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y debido cuidado
profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
No fue posible determinar la totalidad de
las sumas administradas por las Comisiones de Apoyo, Honorarias y otras
Instituciones que reciben fondos del Ministerio de Salud Pública y que tienen
como destino final unidades ejecutoras del MSP, para el período 2004-2005, dado
que solo remitió información pertinente el 25% de las mismas.
En
cuanto al análisis de las transferencias realizadas por ASSE a las mismas en el
año 2005 y primer trimestre 2006 surgen las siguientes conclusiones y
recomendaciones:
1. La Dirección General de ASSE no verifica la
existencia y funcionamiento de las Comisiones de Apoyo y Honorarias a las que
se autorizan transferencias de fondos, tal como queda demostrado en el caso de
las Comisiones de Apoyo de Juan Lacaze, Canelones y Santa Lucía.
2. Existen apartamientos a las disposiciones
legales vigentes, en cuanto las Resoluciones Ministeriales o de la Dirección
General de ASSE disponen se efectúen
transferencias a las Comisiones de Apoyo, pero las mismas se realizan a las
cuentas bancarias de fondos de terceros de los Centros Asistenciales.
3. El MSP puede verse enfrentado a eventuales
reclamos de sus funcionarios o actuaciones del BPS ya que se pagan complementos
de remuneraciones sin realizar los correspondientes aportes sociales. En el
primer trimestre del año 2006 se
realizaron transferencias a las distintas Comisiones de Apoyo por $ 11.513.275,
del 61% de dicho monto no se efectuó aportes a la seguridad social. ASSE debe instrumentar los mecanismos
necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones legales evitando posibles reclamos, regularizando a la brevedad la situación de esos
funcionarios ante el Banco de Previsión Social.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 09/11/06 y vencido el plazo
legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 1 de noviembre de
2006, referente a la actuación cumplida en las Comisiones de Apoyo, Honorarias
y otras instituciones que reciben fondos del Ministerio de Salud Pública.
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MINISTERIO
DE SALUD PÚBLICA
Comisión de Apoyo y Comisión Honoraria del
Hospital Pasteur
La
actuación comenzó el 20 de junio de 2006 por iniciativa de la Auditoría Interna
de la Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El
objetivo fue relevar y evaluar el funcionamiento y vinculación de la Comisión de
Apoyo y Comisión Honoraria del Hospital Pasteur, particularmente en lo que
refiere al flujo de ingresos y egresos, así como su coordinación con la Unidad
Ejecutora. Asimismo se realizó la auditoría de balance de la Comisión de Apoyo y el seguimiento de las
recomendaciones formuladas a ASSE en el informe de la Auditoría Interna de la
Nación de fecha 18/11/05 sobre el procedimiento administrativo a cumplir con
las donaciones y rendiciones de cuentas.
La auditoría abarcó el período 2005 y primer
semestre del 2006 para el análisis de los ingresos, y egresos y 2004 y 2005 en
lo que respecta a la auditoría del balance de la Comisión de Apoyo.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y Cuestionarios
· Estudio de la normativa legal vigente
· Inspecciones oculares
· Análisis de documentación y tendencias
· Tabulación
· Comparación de datos
Las
tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y debido cuidado
profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
La
coordinación y vinculación de las Comisiones de Apoyo y Honoraria del Hospital
Pasteur con la Unidad Ejecutora es satisfactorio.
La
auditoría de los balances de los ejercicios cerrados al 31/12/04 y 31/12/05 de la Comisión de Apoyo arroja como
resultado que los mismos no reflejan la situación económica, patrimonial y
financiera de la misma. La información presentada no se adecua a los
requerimientos de exposición e integridad establecida en la normativa vigente.
Las
planillas de Caja y Bancos deben reunir las formalidades requeridas para este
tipo de registros a fin de cumplir con los objetivos de integridad, veracidad y
confiabilidad. Todas las compras que efectúe la Comisión, aún de pequeños
importes, deben ser hechas a su nombre y contar con la documentación
respaldatoria.
Asimismo
se efectúan las siguientes observaciones referidas a la Unidad Ejecutora:
1. No queda documentado formalmente en el Centro
Hospitalario, la entrega de bienes por parte de la Comisión de Apoyo. Se
reitera la sugerencia de implementar la
recomendación formulada en el informe de la Auditoría Interna de la Nación de
fecha 18/11/05 en cuanto a la realización de un acta de entrega de la cosa y en
el caso de prestación de un servicio, el labrado de un acta de conformidad. De
esta manera la Comisión de Apoyo contaría con un respaldo documentado de la
donación efectuada.
2. Se presentan las rendiciones de cuentas de todos
los fondos a la Dirección General de ASSE, pero no se adjuntan los
comprobantes. Se reitera la recomendación efectuada en informe de fecha
18/11/05 en lo relativo a que las rendiciones de cuentas deben estar
acompañadas de los comprobantes a fin de verificar el destino de los fondos
recaudados y su utilización de modo eficaz y eficiente.
3. Tres funcionarios que cobraron en el primer
trimestre del año complemento de
sueldos por el Hospital Pasteur no prestan funciones en el mismo. Se sugiere
instrumentar procedimientos de control de presencia y permanencia de la nómina.
4. El contrato de explotación de la Cantina del
Hospital que firmó la Comisión de Apoyo con la empresa adjudicataria, es un
contrato oneroso por lo cual el precio que se paga debería figurar en una
cláusula del mismo. No surge del contrato la capacidad jurídica de la Comisión
para disponer del predio del Hospital a otorgar en concesión.
5. El MSP puede verse enfrentado a eventuales
reclamos de sus funcionarios o actuaciones del BPS ya que se pagan complementos
de remuneraciones sin realizar los correspondientes aportes sociales. En el año
2005, el 91% del monto total transferido al Hospital Pasteur, que ascendió a $
5.042.469, se efectuó sin aportes. Se debe regularizar la situación de esos
funcionarios ante el Banco de Previsión Social.
6. No existe contrato de Arrendamiento de
Servicios firmado con los médicos otorrinolaringólogos. Se recomienda que ASSE
suscriba los contratos de trabajo
respectivos a efectos de adecuarse a la normativa legal.
7. Existen apartamientos a las disposiciones
legales por parte de ASSE, en cuanto a que la Resolución de la Dirección
General de ASSE dispone se efectúen transferencias a la Comisión de Apoyo, pero
las mismas se realizan a la cuenta bancaria de fondos de terceros del Hospital.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 09/11/06 y vencido el plazo
legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 1 de noviembre de
2006, referente a la actuación cumplida en las Comisiones de Apoyo y Honoraria
del Hospital Pasteur.
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MINISTERIO
DE SALUD PÚBLICA
Comisión Pro-Remodelación y Ampliación del
Hospital Maciel
La
actuación comenzó el 20 de julio de 2006 por iniciativa de la Auditoría Interna
de la Nación.
ALCANCE
Y OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El objetivo fue relevar y evaluar el funcionamiento y
vinculación de la Comisión Pro-Remodelación y Ampliación del Hospital Maciel,
en lo que refiere al flujo de ingresos y egresos, así como su coordinación con
la unidad ejecutora.
La auditoría abarcó el período 2005 y los meses de enero a
julio del 2006.
Procedimientos aplicados
Se aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y
Cuestionarios
· Inspecciones
oculares
· Análisis de
documentación y tendencias
· Análisis de
información recibida
Las tareas se cumplieron con independencia, objetividad y
debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
De las tareas desarrolladas se puede concluir que el
funcionamiento de la Comisión Pro-Remodelación y Ampliación del Hospital Maciel
así como la coordinación y vinculación con el Centro Hospitalario es
satisfactorio. No obstante se recomienda lo siguiente:
1) Realizar los trámites pertinentes para obtener
la personería jurídica en caso de no poseerla, dado que actúa como una unidad
ejecutante de fondos públicos.
2) Rendir cuenta de los fondos recaudados por la
Lotería Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 114 del TOCAF.
3) Remitir los estados contables a la Auditoría Interna de la Nación de acuerdo a
lo dispuesto en el art. 199 de la Ley N° 16.736 de 5/01/96.
4) Regularizar las escrituraciones de los libros
de Caja moneda nacional y moneda extranjera, de manera que los mismos reflejen
el saldo diario de Caja.
VISTA,
DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley
16.736 de 05/01/96, se confirió vista al Organismo auditado con fecha 15/11/06,
habiéndose evacuado la misma según nota del 29/11/06, la cual no afecta las
conclusiones y recomendaciones a las que se arribaron.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 29 de noviembre
de 2006, referente a la actuación cumplida en la Comisión Pro-Remodelación y
Ampliación del Hospital Maciel.
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MINISTERIO
DE SALUD PÚBLICA
Comisión de Apoyo del Hospital Maciel
La
actuación comenzó el 20 de julio de 2006 por iniciativa de la Auditoría Interna
de la Nación
ALCANCE Y OBJETIVOS
DE LA AUDITORÍA
El
objetivo fue relevar y evaluar el funcionamiento y vinculación de la Comisión
de Apoyo del Hospital Maciel, particularmente en lo que refiere al flujo
de ingresos y egresos, así como su
coordinación con la unidad ejecutora.
Se
realizó la auditoría del Balance del ejercicio cerrado al 31/12/05 y el
seguimiento de las recomendaciones formuladas a ASSE en el informe de la
Auditoría Interna de la Nación de fecha 18/11/05 sobre el procedimiento
administrativo a cumplir con las donaciones y rendiciones de cuentas.
La auditoría abarcó el período 2005 y primer
trimestre del 2006.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y Cuestionarios
· Análisis de documentación y tendencias
· Estudio de la normativa legal vigente
· Tabulación y comparación de datos.
Las
tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y debido cuidado
profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
De
la aplicación de procedimientos de auditoria, se concluye, que el
funcionamiento y coordinación de la
Comisión de Apoyo del Hospital Maciel así como la vinculación con dicho centro
hospitalario es satisfactorio. Los estados contables del ejercicio finalizado
al 31/12/05 presentan razonablemente la situación económica, patrimonial y
financiera de la Comisión de Apoyo.
Se
formulan las siguientes recomendaciones:
1. Todas las compras que efectúe la Comisión, aún
de pequeños importes, deben ser hechas a su nombre, indicando en el recibo las
facturas que se cancelan.
2. Presentar ante el Ministerio de Salud Pública
la rendición de cuentas de todas las fuentes y usos de fondos que perciba por cualquier concepto a fin de dar
cumplimiento con lo dispuesto en el inciso final del art.11° del Decreto 185/04
del 3/06/04. Se reitera la recomendación efectuada en el informe de la Auditoría Interna de la Nación de fecha
18/11/05 en lo relativo a que las rendiciones de cuentas deben estar acompañadas
de los comprobantes a fin de verificar el destino de los fondos recaudados y su
utilización de modo eficaz y eficiente.
Referente a la Unidad
Ejecutora se efectúan las siguientes observaciones :
1. El Ministerio de Salud Pública puede verse enfrentado
a eventuales reclamos de los funcionarios del Hospital Maciel o actuaciones del
BPS ya que se pagan complementos de remuneraciones sin realizar los
correspondientes aportes sociales. En el año 2005, el 89% del monto total
transferido al Hospital Maciel, se efectuó sin aportes. Se debe regularizar
la situación de esos funcionarios ante el Banco de Previsión Social.
2. Existen apartamientos a las disposiciones
legales por parte de ASSE, en cuanto a que la Resolución de la Dirección General
de ASSE dispone se transfiera a la Comisión de Apoyo pero las mismas se
realizan a la cuenta bancaria de fondos de terceros del Hospital.
3. No queda documentado formalmente en el Centro
Hospitalario la entrega de bienes por parte de la Comisión de Apoyo. Se reitera
la sugerencia de implementar la recomendación formulada en el informe de la
Auditoría Interna de la Nación de fecha 18/11/05 en cuanto a la realización de
un acta de entrega de la cosa y en el
caso de prestación de un servicio, el labrado de un acta de conformidad. De
esta manera la Comisión de Apoyo contaría con un respaldo documentado de la
donación efectuada.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 21/11/06 y vencido el plazo
legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 29 de noviembre
de 2006, referente a la actuación cumplida en la Comisión de Apoyo del Hospital
Maciel.
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MINISTERIO
DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Dirección Nacional de Vivienda (DI.NA.VI)
La
actuación comenzó el día 26 de junio de 2006, por iniciativa de la Auditoría
Interna de la Nación.
ALCANCE Y
OBJETIVO DE LA AUDITORÍA
Los
objetivos de esta auditoría abarcaron la evaluación del procedimiento
licitatorio para el diseño, construcción y suministro de Núcleos Básicos
Evolutivos (NBE) dirigido a familias con ingresos menores a 30 UR y la
evaluación del control que efectúa el Ministerio, en la ejecución de las obras.
Para el cumplimiento de estos objetivos se consideraron los
últimos llamados licitatorios realizados por esta Dirección que corresponden al
año 2001.
Procedimientos aplicados
Se aplicaron los
siguientes procedimientos y técnicas de auditoría :
· Entrevistas y
cuestionarios
· Estudio de
expedientes de licitaciones
· Revisión de
documentos referidos a esta actuación
· Revisión de
normativa
Las tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y el debido
cuidado profesional.
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
De la auditoría realizada cuyos resultados se encuentran
explicitados en informe de fecha 29 de setiembre de 2006, se concluye que el procedimiento licitatorio para el diseño,
construcción y suministro de Núcleos Básicos Evolutivos (NBE), si bien cumple con las etapas establecidas
en el T.O.C.A.F., presenta un enlentecimiento
importante, ocasionado por la demora en
los trámites administrativos y por el incumplimiento de los plazos establecidos en los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares. Esto trae
como consecuencia que el Ministerio no brinde una respuesta rápida a las
necesidades de la población objetivo.
No se aplican en forma adecuada los instrumentos de control
establecidos por la DINAVI, Pliegos de
Bases y Condiciones Particulares y Manual de Procedimiento del Supervisor de Obra, en el control que efectúa el M.V.O.T.M.A. en la ejecución de
las obras. Este control inadecuado, genera demoras en la culminación de las
obras, provocando costos adicionales
para la Administración y el incumplimiento en tiempo de los cometidos
asignados por ley, resultando en consecuencia un control ineficaz e
ineficiente.
Las
conclusiones y recomendaciones a que se arribaron se realizaron en función de
la documentación y expedientes que se tuvieron a la vista y que se pasan a
detallar:
1. Del total de las licitaciones públicas
realizadas en el año 2001 que tuvieron como objetivo el suministro de 377
viviendas se aprecia que:
Concepto Cantidad de viviendas %
Terminadas 74 19,6
En construcción 30 8
En etapa administrativa ( *) 273 72,4
Total 377 100
( * ) Corresponden a licitaciones que a la fecha
de este informe se encuentran a la espera de una toma de decisión por parte de
las autoridades a los efectos de culminar con el procedimiento licitatorio.
El Ministerio no satisfizo la demanda,
incumpliendo con el objetivo propuesto, con el agravante que parte de la demanda estaba dirigida a realojar familias
afectadas de plombemia o en situación de inundados.
Las licitaciones no concluídas generaron costos administrativos improductivos, no cuantificables.
2. De
los contratos firmados el 50% fueron ampliados. El Ministerio debería utilizar la modalidad de ampliación de contrato previsto en el art. 63
del T.O.C.A.F. como una práctica de excepción y no como una práctica habitual.
3. Con fecha 18/02/05 se dictó una Resolución
Ministerial resolviendo ampliar un contrato, siendo que a dicha fecha no se
encontraba firmado el contrato original, lo que demuestra una falla importante
en el control del procedimiento administrativo. Se recomienda instrumentar
mecanismos de manera de evitar la reiteración de estas irregularidades.
4. Las ampliaciones fueron
propuestas y adjudicadas a solicitud de las empresas constructoras y en base a
los argumentos dados por éstas. Dado que la División Social tiene entre sus
cometidos la elaboración del Registro
de Postulantes (indica la demanda existente), debería tener una participación
más activa de forma tal, que las autoridades cuenten con herramientas adecuadas
para una correcta planificación de acuerdo a las necesidades reales, logrando
una mayor transparencia en el procedimiento.
5. Surge del estudio de los expedientes de las
licitaciones un apartamiento a la
normativa vigente, a las cláusulas contractuales e incumplimiento en los plazos
de ejecución de las obras por parte del Ministerio y/o de las empresas
constructoras. En todos los casos de
apartamiento o incumplimiento se debería determinar las responsabilidades.
6. La demora producida en la ejecución de las
obras y la política aplicada para el ajuste de los precios de los contratos, generaron
costos adicionales a la Administración. Se recomienda reveer los plazos máximos
de obra estipulados en los pliegos, la política de ajuste de precios y ejercer
un control más eficaz por parte de la División Arquitectura en la ejecución de
las obras.
7. Los expedientes que no pudieron ser ubicados
constituyeron una importante limitación al alcance de esta auditoría. El lugar
físico destinado al archivo de los expedientes, no reúne los requerimientos
mínimos y con relación a la guarda de la documentación, la misma se encuentra
desordenada y parte de ella en el suelo. Se sugiere instrumentar medidas
tendientes a mejorar el archivo de la documentación, recomendación realizada en actuaciones anteriores y documentada
en el Expediente Nº 1364/06.
8. El Departamento de Programación y Control tiene entre sus cometidos la elaboración y
mantenimiento de la base de datos en la que se detallan los distintos estados
en que se encuentran las soluciones habitacionales. La misma no contiene la
información completa y actualizada, dado que no existe un procedimiento
formalmente establecido que permita la centralización de la información.
9. Se deberá dar cumplimiento a lo establecido en
el Decreto Nº 500/991(Normas Generales de Actuación en la Administración Central).
En los expedientes analizados faltan folios, para un mismo asunto se abren
distintos expedientes y se repiten folios con la misma numeración. Esta
situación puede dar lugar a responsabilidades administrativas debido al
apartamiento a los principios y procedimientos
de buena administración.
10. Para evitar el continuo incumplimiento de los
plazos establecidos en los pliegos de Bases y Condiciones Particulares, se recomienda se revean los
mismos. A vía de ejemplo se cita el
art. 26.1 de la Sección II, que
establece un plazo de 10 días a partir de la notificación de la resolución de
adjudicación para la presentación de la garantía de fiel cumplimiento del
contrato. Se constató que las garantías son entregadas previo a la firma del
contrato el cual es firmado promedialmente al año de la resolución.
11. Sería conveniente que la Dirección Nacional
de Vivienda implementara la elaboración
de un registro de empresas constructoras que contenga información referida al
cumplimiento y desempeño de las mismas.
Esto ayudará a la Dirección, a
tomar decisiones más acertadas en el
momento de contratar.
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento con lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley N° 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 3/10/2006 y vencido el plazo
legal no presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 24 de octubre de
2006, referente a la actuación cumplida en la DINAVI.
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COMISIÓN
NACIONAL DE CENTROS CAIF
Auditorías Especiales y Selectivas
La
actuación comenzó el 31 de octubre de 2006 por iniciativa de la Auditoría
Interna de la Nación, de acuerdo a las atribuciones establecidas en el art. 199
de la Ley 16.736 de fecha 5 de enero de 1996.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El
objeto de la auditoría consistió en verificar el cumplimiento por parte de la
Comisión Nacional, de la emisión de los estados contables, dado que a la fecha
no fueron presentados a esta Auditoría Interna de la Nación los correspondientes
a los ejercicios 2004 y 2005.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y Cuestionarios
· Análisis de documentación Se analizó por sistema de muestreo la documentación
correspondiente a los ejercicios civiles 2004 y 2005 incluída en las relaciones
de ingresos y egresos.
· Estudio de la normativa legal vigente
· Tabulación y comparación de datos.
Las tareas fueron realizadas con independencia, objetividad
y debido cuidado profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
Como
resultado de la auditoria realizada, y
del análisis de los descargos presentados, la Auditoría Interna de la Nación
verificó que la Comisión no emite Estados Contables, no dando cumplimiento a lo
establecido en el art. 199 de la Ley 16.736 de fecha 5 de enero de 1996.
De
la auditoría practicada, se formulan las siguientes observaciones:
1. Las donaciones realizadas por la Comisión son
documentadas en comprobantes los cuales no son firmados por quienes reciben las
mismas.
2. No se pudo verificar que los gastos incluidos
en las relaciones, correspondan a actividades realizadas por la Comisión dado
que no hay documentación que las avale.
3. No se incluyen en los ingresos las cuotas
sociales previstas en los estatutos. El Presidente informó que las mismas no se
cobran por los escasos recursos que tienen las organizaciones socias no habiéndose realizado la modificación en
el estatuto.
4. Se consideran organizaciones asociadas, con los
correspondientes derechos y obligaciones, a aquellas que lo soliciten sin
requerirse la condición de tener personería jurídica o encontrarse en trámite,
de acuerdo a lo dispuesto por los estatutos.
5. No se cumple con las obligaciones a la
Seguridad Social en tiempo y forma, utilizándose los fondos para otros
destinos.
6. Existen fondos de la Comisión Nacional
depositados en cuentas bancarias pertenecientes a otras organizaciones socias.
7. No hay oposición de intereses entre quien
administra los fondos en la Comisión Nacional y las instituciones que reciben
las donaciones. Por ejemplo el representante legal del organismo que recibió el
75,48 % de las donaciones en el 2005, coincide con el Presidente de la Comisión
Nacional.
8. La sede de la Comisión es en Toledo, distinto a
lo dispuesto en los estatutos que la definen en Montevideo. En el MEF y MTSS el
domicilio registrado continua siendo Montevideo, calle Florida 1238. De acuerdo a lo manifestado por el Presidente de la Comisión Directiva
se trasladaron al domicilio actual en el año 2003.
En
virtud de las observaciones realizadas respecto a la utilización de los fondos
transferidos a la Comisión Nacional, considerando que el objetivo que la misma persigue coincide con los
definidos por el Plan de Centro de Atención a la Infancia y la Familia (Caif), se considera oportuno estudiar la conveniencia de que dichos fondos se gestionen a través de la Secretaria
Ejecutiva del INAU quien tiene a su cargo la coordinación institucional de
dicho Plan , a efectos de optimizar los recursos del Estado, evitando
duplicación de gastos de administración y generando una adecuada oposición de
intereses entre las partes intervinientes.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de lo preceptuado por el
Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se confirió vista al Organismo auditado
con fecha 16/11/06 el cual presentó descargos con fecha 28/11/2006.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 15 de noviembre
de 2006, referente a la actuación cumplida en la Comisión Nacional de Centros
CAIF.
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Instituto
Nacional de Vitivinicultura
Auditorías Especiales y Selectivas
La
actuación comenzó el 11 de julio de 2006 a pedido del Ministerio de Ganadería
Agricultura y Pesca.
ALCANCE Y
OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
El
objeto de la auditoría consistió en la evaluación de la información contenida
en los estados contables del ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2005.
No
fueron auditados los Estados Contables del Fondo de Protección Integral de los Viñedos,
creado por la Ley 16.311 de fecha 15/10/92, administrado por INAVI.
Procedimientos
aplicados
Se
aplicaron los siguientes procedimientos:
· Entrevistas y Cuestionarios
· Análisis de documentación Se analizó por sistema de muestreo la documentación
correspondiente a los meses de febrero, junio y diciembre de 2005 y los
antecedentes y repercusiones que los mismos pudieran tener en los meses y
ejercicios anteriores y posteriores
· Estudio de la normativa legal vigente
· Tabulación y comparación de datos
Las
tareas fueron realizadas con independencia, objetividad y debido cuidado
profesional.
CONCLUSIONES Y
RECOMENDACIONES
Como
resultado de la auditoría realizada y del análisis de los descargos presentados,
la Auditoría Interna de la Nación se abstiene de emitir opinión sobre los
Estados Contables al 31/12/2005.
De
la auditoría practicada, se formulan las siguientes observaciones:
1. Del análisis de la documentación auditada y
los registros contables:
1.1 No se deja constancia en la contabilidad
del comprobante que respalda el registro:
En
la registración de los ingresos no se
hace referencia a la numeración de los formularios de recaudación, recibos y
número de cheque, no pudiendo verificarse la correlatividad numérica que
permita establecer la integridad de la registración de los fondos
recibidos. Se escrituran en algunas
oportunidades la sumatoria de varios documentos, sin hacer referencia a su
numeración. No existe control documentado de la secuencia numérica.
En
la registración de los gastos o inversiones, no se incluye el número del
comprobante del gasto ni el nombre de la empresa proveedora.
El
asiento contable por la compra de trece camionetas Nissan por U$S 10.500 c/u,
se observó que el mismo fue realizado por montos globales correspondiendo a
facturas de diferentes fechas. No se dejó constancia del monto correspondiente
a los vehículos entregados por el Instituto, documentados en recibos del
proveedor.
No se puede asegurar que toda la recaudación haya sido
registrada ni que todos los gastos u obligaciones estén contabilizados.
De lo anteriormente expuesto se concluye que no se puede
afirmar que la contabilidad cumpla con los requisitos de integridad, oportunidad,
comparabilidad y confiabilidad que permitan asegurar la razonabilidad de la
información contenida en los Estados Contables.
1.2 No se aplica el criterio de lo devengado. La registración
en el ejercicio se realiza mediante el procedimiento de lo percibido o caja, no
dejándose constancia de la documentación que origina el derecho u obligación.
En el cierre del ejercicio, se registran las facturas pendientes de pago que se
encuentran archivadas de acuerdo a lo informado por el sector Contaduría. En el transcurso del
ejercicio económico, no se dispone de la información necesaria para la toma de
decisiones.
1.3 Se exponen en los estados contables, resultados netos no
discriminándose las cuentas de ingresos y gastos.
De acuerdo a lo dispuesto por la NIC1 párrafo 29, "Cada
partida que posea la suficiente importancia relativa debe ser presentada por
separado en los estados financieros." Por ejemplo, la compra de la flota
automotriz por U$S 136.500 y la venta de
los vehículos usados fue registrada en un solo asiento debitando los nuevos
vehículos y acreditando los anteriores, neteándose las diferencias y volcándose
la utilidad neta por la venta a la cuenta "Ingresos por venta de vehículos".
1.4 Las cuentas de deudores y acreedores, son registradas en cuentas
globales, no pudiendo identificar en el sistema contable, los saldos a nivel
individual.
1.5 La cuenta Fondo de Protección Integral de los Viñedos
(FPIV) debe reflejar la obligación que tiene INAVI con ese fondo.
En la contabilidad se observó la existencia de dos cuentas
con dicha denominación, una deudora y otra acreedora. Se observó que a la fecha
de cierre de ejercicio su saldo era deudor, no reflejando en los Estados Contables que el mismo corresponde a un anticipo de
acreedores.
1.6 Bienes de cambio
Se exponen en el rubro Bienes de Cambio, las boletas de
circulación y calidad de vinos nacionales e importados (estampillas). Las
mismas son el comprobante de pago de la tasa de promoción y control
vitivinícola por litro de vino y sub producto.
El monto expuesto en los Estados Contables, fue valuado al
valor de costo estimado por el Instituto, el que se compone de papel, mano de
obra y otros insumos.
En función de lo establecido en el marco conceptual de las
Normas Internacionales de Contabilidad, debería priorizarse la sustancia antes
que la forma, por lo cual se sugiere dejar constancia en las Notas a los
Estados Contables la diferencia existente entre el valor que se expone con el
que surge de considerar el riesgo inherente, considerando la diferencia entre
su realidad económica y el costo de emisión.
En
los Estados Contables al 31/12/05, se expresan por un valor de $ 974.837. Si
aplicamos un criterio conservador para la cuantificación del inventario de
estampillas existentes al 31/12/2005, basándonos en el supuesto que las mismas
son utilizadas en envases de un litro y 0,75, el valor en libros debería
ascender a $ 29.935.260.
Cantidad Litros Importe
Un. Sub total $ Total $
Envases mayores a 1 litro 612.193 10 0,81 4.958.763
722.843 5 0,81 2.927.514
687.980 3 0,81 1.671.791 9.558.069
Envases 1 litro 423.395 1 0,81 342.950
45.189 1 0,81 36.603
50.920 1 0,81 41.245
41.053 1 0,81 33.253
5.982.925 0,75 4,44 19.923.140 20.377.191
29.935.260
1.7
Integra el saldo del rubro Bienes de Uso, un inmueble por valor de $ 3.775.837
y equipamiento por $ 432.681. Analizados los comprobantes que respaldan la
titularidad e inversión en dichos activos, se verificó que los mismos
carecen de las formalidades
establecidas por la normativa legal vigente, siendo en algunos casos
formularios de "salida de caja" firmados por quien recibe el importe.
Del monto adelantado que totaliza U$S 27.623,32 y $
448.458, el 20% fue imputado al rubro con el recibo de los adelantos realizados
y no con el comprobante del gasto.
2. Del relevamiento de la aplicación de la normativa legal
y reglamentaria vigente se realizaron
las siguientes observaciones:
2.1 Las disponibilidades financieras se encuentran
depositadas en Instituciones bancarias e inversiones temporarias, no
habilitadas por la normativa legal. En la misma se establece que los fondos deben ser depositados en una cuenta en
el Banco de la República. A la fecha de cierre de ejercicio existían fondos
depositados en el Banco ACAC por $ 1.142.482,18
y U$S 11.695,75 y colocaciones en Bonos por $ 3.427.934,40.
2.2 No se cumple con el limite establecido por la normativa
establecida para la distribución del Fondo de Promoción de las Exportaciones de
uva y vino, distribuyéndose cifras superiores a las establecidas. Dicha
afirmación se basa en la información proporcionada por el Instituto
correspondiente a los ejercicios 2001 a
la fecha, pudiendo verificarse que los montos distribuidos superaron en algunos
ejercicios 150% establecido.
2.3 El Reglamento Interno del Consejo de Administración
vigente a partir del 9 de mayo de 1996, establece ciertas condiciones para el
desempeño de determinados cargos. Se observó que no fueron implementados
procedimientos que verifiquen dichas limitaciones.
2.4 Respecto al reintegro a los funcionarios por los gastos
por el uso de autos particulares, el
Consejo en Acta Nº 1228 del 19 de mayo de 2005 deroga la reglamentación vigente
y establece la realización de un reporte de misiones y kilómetros ejecutados mensualmente
el que será controlado por la Comisión de Presupuesto. Se analizaron los gastos
pagados en el ejercicio 2005 por dicho concepto observándose que no se deja
constancia de los controles establecidos, verificándose errores en las
liquidaciones y falta de conformidad de
los kilómetros recorridos.
2.5 Se perciben ingresos no previstos en la normativa legal
como por ejemplo venta de formularios, libros de registros que deben llevar las
bodegas y viñedos, libreta de solicitud de valores y guías de circulación y
costo autoadhesivo.
2.6 El Consejo de Administración estableció por acta de fecha
12 de diciembre de 1988, el importe por concepto de retribución que deben
percibir los Consejeros titulares por su asistencia a reunión ordinaria o extraordinaria o cuando la Mesa Ejecutiva
entienda su presencia. Se observa que actualmente se liquida tanto a los
titulares como alternos.
3. Del relevamiento del Sistema de Control Interno, se
observó:
3.1 Del análisis de los procedimientos de recaudación, registración y pago, se puede
observar que no hay una adecuada oposición de intereses entre el sector que
maneja los fondos y los registra. Todas las etapas son realizadas por el Departamento de Contaduría, no existiendo
oposición por parte de otra sección.
3.2 De los comprobantes utilizados para la recaudación por
concepto de la tasa de Promoción y Control Vitivinícola corresponde observar
que se utiliza una misma estampilla para el cobro de distintos valores. Por
razones de control y buena administración, las estampillas deberán ser emitidas
en fracciones equivalentes al litro y cada estampilla deberá corresponder a un
único valor de recaudación.
3.3 No se verificó la existencia de documentación que
acredite el estudio previo a la realización de inversiones que dejen de
manifiesto la justificación de las mismas. Por ejemplo la adquisición del
Inmueble valuado en los estados contables al 31/12/2005 en $ 3.775.837 (U$S
156.543) y la Incorporación del
Laboratorio Isotópico por $ 992.430,21 y Equipos de laboratorio por $
13.378.204,17( U$S 554.651,90) correspondiente a la compra de un espectómetro
de masa.
3.4 No se deja constancia de la solicitud de precios previo a
la realización de los gastos.
3.5 No hay reglamentación que autorice el monto y condiciones
para el pago de los viáticos al interior del país. No se deje constancia
del funcionario que autoriza el cobro
del viático, el destino y el motivo.
3.6 Del análisis de la liquidación de sueldos seleccionada
por azar correspondiente a 5/2005 se realizaron las siguientes observaciones:
3.6.1 No
se realizan controles periódicos sobre las formulas contenidas en el programa
de liquidación de sueldos, habiéndose detectado errores en el cálculo de la
prima por antigüedad calculado sobre los montos percibidos por viáticos al
exterior.
3.6.2 Se incluyen
retribuciones personales, superiores a las que se detallan en la Planilla del
MTSS . Consultado al Departamento de Contaduría se informo que las mismas
corresponden a la liquidación de horas con cargo a otros fondos, no
proporcionándose documentación que avalara las liquidaciones realizadas.
3.6.3 Se liquidan horas extras a determinados
funcionarios superior al tope Se liquidan horas extras a determinados
funcionarios superior al tope autorizado. Se solicitó el convenio suscrito
entre las partes presentado al MTSS, informándose que no se suscribió el mismo.
3.7 Del relevamiento de los comprobantes en poder de
Contaduría del periodo analizado, se realizaron las siguientes observaciones:
3.7.1 Falta de conformidad
en las facturas, o conformadas por el
mismo funcionario que realizó el gasto. Por ejemplo los comprobantes por gastos
de almuerzos o cenas, o el reintegro por gastos de combustible, es conformado
por el mismo funcionario que realizo el gasto.
3.7.2 Comprobantes que no identifican al Instituto
como destinatario del gasto.
3.7.3 Comprobantes que
no cumplen con la normativa legal vigente.
3.7.4 Comprobantes
de egresos de caja, emitidos por el Instituto para el reintegro a las empresas
exportadoras del monto correspondiente al Fondo de Promoción a las
Exportaciones, sin elementos de control como lo son la numeración y pie de
imprenta.
De acuerdo a las observaciones realizadas corresponde
realizar las siguientes recomendaciones:
Respecto a las prácticas
contables:
1. Hacer referencia en la registración al
comprobante o lote de comprobantes que se asienten. Los documentos constituyen
la base del registro contable de las operaciones realizadas. Los mismos
permiten controlar las operaciones practicadas por la Institución y la
comprobación de los asientos contables.
Para poder identificar los documentos registrados en los estados contables, se
debe dejar constancia en el asiento contable la información que permita
identificarlo.
2. Realizar la registración de todas las partidas
que posean suficiente importancia relativa en forma separada, de conformidad
con lo establecido con la Norma Internacional de Contabilidad Nº 1 párrafo 29,
"Cada partida que posea la suficiente importancia relativa debe ser presentada
por separado en los estados financieros."
3. Adecuar el plan de cuentas de forma que se
pueda obtener información detallada de deudores y acreedores.
4. Realizar un control previo de los comprobantes
que originen derechos y/o obligaciones, debiendo cumplir con las formalidades
establecidas por la DGI.
5. Recabar de las empresas que perciben el
reintegro del Fondo de Exportación, pagado por el Instituto, los recibos
correspondientes en sustitución de los
formularios que actualmente emite el Instituto, los cuales carecen de las
formalidades que permitan realizar su control.
Respecto al cumplimiento por parte del
Instituto de la normativa legal vigente:
1. Regularizar los montos otorgados a los
exportadores con la Reglamentación que así lo dispuso, dado que actualmente se
distribuyen montos superiores al inicialmente establecido.
2. Regularizar las colocaciones de
disponibilidades en otras cuentas bancarias, no autorizadas en la normativa
legal.
Respecto a los procedimientos de control interno:
1. Crear una adecuada oposición de intereses de
las funciones de recaudación, registración y pagos.
2. Documentar los estudios previos realizados que
permitan asegurar la conveniencia y pertinencia de las inversiones llevadas a
cabo por el Instituto.
3. Establecer procedimientos para el control de la
recepción de bienes o prestación de servicios, dejando constancia en la
documentación.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 7/11/06 el cual presentó
descargos con fecha 24/11/2006.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditora Interna de la Nación adoptándose las
conclusiones y recomendaciones que surgen de informe de fecha 8 de diciembre de
2006, referente a la actuación cumplida en el Instituto Nacional de
Vitivinicultura.
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