AUDITORIA INTERNA DE LA NACION
INFORME DE ACTUACIONES
1er. Semestre 2005
INDICE
Introducción
Presidencia de la República y Oficinas
Dependientes (U.E. 001)
Primer
Informe
Segundo
Informe
Ministerio del Interior
Dirección
Nacional de Policía Caminera
Dirección
Nacional de Cárceles, Penitenciaría y Centros de Recuperación
Ministerio de Turismo y Deporte
Dirección
General de Secretaría
Dirección
Nacional de Deporte - Centro de Rehabilitación Casa de Gardel
Dirección
Nacional de Deporte - Ex - Ministerio de Deporte
Ministerio de Educación y Cultura
Biblioteca
Nacional
Ministerio de Salud Pública
Análisis
de la situación de los bienes inmuebles
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fondo
de Reconversión Laboral - JUNAE
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente
Dirección
General de Secretaría
Administración Nacional de Educación
Pública (ANEP)
Programa
de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria (MECAEP)
Comisión de Apoyo de los Programas
Asistenciales Especiales de A.S.S.E.
Introducción
La presente publicación se efectúa en cumplimiento
de lo preceptuado en el Capítulo II del Título III del TOCAF. Se incluyen los
informes sintéticos de las actuaciones desarrolladas en el segundo semestre del
2004 y que han concluido integramente en el primer semestre del 2005.
Es de destacar que estas publicaciones no solo
acercan a la opinión pública, las conclusiones y recomendaciones que se han
efectuado para la mejora de la gestión y manejo de los fondos públicos, sino
que a su vez se las concibe como un ámbito de intercambio, como un instrumento
de comunicación que permita recepcionar el sentir del administrado, de manera
de lograr en definitiva, a través del proceso de retroalimentación natural, una
mayor eficiencia y efectividad de la gestión de las diversas entidades
estatales involucradas para lograr la transparencia y afianzamiento de un
estado moderno.
Ec. Laura Remersaro
Auditora Interna de la Nación
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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Presidencia de la
República y Oficinas Dependientes (U.E. 001).
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La
actuación comenzó el 6 de octubre de
2004 a solicitud del Organismo, llevándose a cabo los siguientes procedimientos :
· Alcance de la actuación.
· Arqueo de fondos y valores.
· Estudio del Balance de Ejecución Presupuestal.
· Sistema de Compras.
· Bienes de Uso.
· Auditoría de Gestión por Departamento.
· Estudio de Proyectos desarrollados dentro de la Unidad.
RECOMENDACIONES
De
la actuación realizada en la "Presidencia de la República y Oficinas
Dependientes", Unidad Ejecutora 001 del Inciso 02 " Presidencia de la
República", cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de
fecha 17 de febrero de 2005, se destacan las siguientes recomendaciones:
· En
la División Transporte de Casa Militar se constató la existencia de un exceso
de personal afectado a las tareas de chofer, que en parte estaría justificado
por la reducción de la flota automotriz, que disminuyó de 57 vehículos en el
año 2002 a 40 en el año 2004 y en la existencia de choferes incluidos en la
Póliza de Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales contratada con el BSE, que no desarrollan esta tarea
así como otros que la desempeñan y no están amparados en la misma. Se sugiere
una revisión del listado de funcionarios afectados a la Póliza, para evitar
eventuales perjuicios y realizar un uso eficiente de este beneficio.
· Corresponde
precisar que la antigüedad promedio de la flota automotriz oscila entre 8 y 9
años, con la excepción de una camioneta que fue adquirida en el año 2003. Esto
origina un gasto de mantenimiento importante, recayendo el 85,23% de la partida, en los 5 vehículos de
mayor antigüedad. Esta situación ameritaría la renovación de la flota.
· Se
verificó que la mayor cantidad de personal de la División Servicios Generales,
se encuentra desarrollando tareas en el Departamento de Intendencia, cuya
funciones principales son las de portería y mensajería. Se sugiere una capacitación y posterior redistribución del
personal excedente, para un aprovechamiento más eficiente de los recursos
humanos.
· Mejorar
a la brevedad el sistema informático de Abastecimiento y Compras que funciona
en el Departamento de Adquisiciones perteneciente a la División Administración
y establecer procedimientos de control interno adecuados en el Departamento de
Proveeduría dependiente de la División Administración.
· En
el Departamento de Proveeduría dependiente de la División Administración se
realizó un recuento físico el día 9/02/005, cuyo resultado se consigna en Acta
adjunta. Asimismo se constató:
- la existencia de recibos internos sin numerar que corresponden a
salidas de mercadería que carecen de autorización y que son regularizadas posteriormente.
- salidas transitorias de materiales que no se documentan
apropiadamente.
- la existencia de bienes almacenados en forma adecuada.
- que se practican recuentos parciales en forma frecuente.
· Se
constató que existen 10 funcionarios desarrollando tareas al amparo del Decreto
595/993 de la Presidencia de la República, el que dispone que por un lapso
prudencial, las personas que hayan ocupado el cargo de Presidente de la
República por un término superior a un año, podrán solicitar la asistencia de
hasta 5 funcionarios públicos.
· Del
estudio de la telefonía celular se constató:
- consumos elevados.
- autorizaciones indebidas para su uso en contravención de la
normativa legal vigente (Decreto 232/000 y 160/002).
- inexistencia de procedimientos adecuados de solicitud y
autorización del uso del servicio de telefonía celular.
- inexistencia de procedimientos adecuados y uniformes para el
control del gasto.
- No se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 del
Decreto 160/002, en lo referente a la creación de una comisión cuyos cometidos
principales, serían los de informar al Poder Ejecutivo sobre las excepciones al
régimen general, instrumentar procedimientos para recabar información para el
control periódico de la utilización de los mismos, así como constatar
eventuales desvíos e irregularidades.
· Del
estudio del Sistema de Compras se concluye que:
- la demora en la adjudicación de la licitaciones públicas y
abreviadas, trae aparejado que se deba recurrir al procedimiento de contratación
directa.
- la mayor tardanza se origina en la Comisión Asesora de
Adjudicaciones y en el proceso de contabilización e intervención preventiva del
gasto.
- del estudio de expedientes realizados no surgen observaciones en
cuanto a los procedimientos, salvo por el hecho que no queda documentado la
necesidad del gasto y la justificación de algunos requerimientos, tal como se
detalló en el cuerpo de este informe.
- se constató la contratación de la firma Grupo Consultor SRL al
amparo del artículo 33, literal c. del TOCAF por el año 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004, siendo oportunamente
observado por el Tribunal de Cuentas y reiterado el gasto por el ordenador
competente. Merece puntualizarse que el monto mensual en dólares no sufrió
cambios incluso luego de la devaluación del dólar del año 2002.
- La firma adjudicataria de la LP 2/01 (Viajes Continental
Internacional Ltda.) ofrecía como beneficio adicional un puntaje corporativo, que se sumaba al de las
millas que las empresas otorgan por la compra de pasajes aéreos. Para acceder a
dicho beneficio es necesario la firma de un contrato con cada empresa aérea.
Sin embargo desde junio 2002, fecha de la adjudicación de la licitación, hasta
el 16/07/004, fecha de la firma del contrato; como consecuencia de la omisión de
la firma del contrato, se perdieron los beneficios generados por los viajes
incurridos en dicho período. A la fecha del presente informe, no fue
proporcionada la información acerca de los beneficios generados desde la firma
del convenio.
· De
la información recabada en el Departamento de Contaduría- Activo Fijo referido
al inventario de Bienes de Uso de desprende que:
- el sistema informático en el que se almacena esta información,
presenta carencias técnicas que impiden mantenerlo actualizado, por lo que se recurre a sistemas auxiliares para registrar los movimientos.
Actualmente se esta realizando un inventario general de todos los bienes, que a
la fecha del presente informe se encontraba inconcluso.
- Existe una sola persona encargada de efectuar el relevamiento e
ingresar datos al sistema. Más allá de la inexistencia del control por
oposición de intereses, es insuficiente el personal afectado a esta tarea, dada
la magnitud de la misma.
Se sugiere instrumentar procedimientos que permitan mantener actualizado
el sistema de inventario, una vez que concluya el relevamiento que se viene
efectuando y dotar al Departamento con recursos humanos y materiales, para el
cumplimiento de la referida tarea.
Es importante destacar el patrimonio artístico de la Unidad
Ejecutora, que por carecer de un inventario actualizado, no se puede determinar
la veracidad y exactitud del mismo.
· Con
referencia al funcionamiento de la Unidad Coordinadora del Programa Piloto de
Conectividad Educativa, suscrito entre el Gobierno de la República y el Banco
Interamericano de Desarrollo, se constató que:
- no se llevaron registros contables adecuados.
- no se establecieron procedimientos para la valuación del aporte
local y el destino otorgado al mismo.
- No fueron considerados dentro del aporte local, el gasto
devengado por concepto de pasajes al exterior y viáticos de Misiones Oficiales,
así como tampoco el gasto incurrido por IVA e IRP, de los contratos de obra y
de servicio de los consultores. Los mismos se encuentran incluidos dentro de
los rubros correpondientes a gastos de funcionamiento, de la UE. 001, del
Inciso 02.
- De la documentación proporcionada para la selección de
Consultores Nacionales, no surgen los elementos que garanticen la transparencia
del proceso de selección.
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el art.51 de la Ley No 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 17 de febrero de 2005 y
vencido el plazo legal se presentaron descargos que dieron lugar a que se produjera un nuevo informe de fecha
23 de febrero de 2005, del que surge que si bien se adoptaron medidas
correctivas, se ratifican las conclusiones y recomendaciones del informe de
fecha 17 de febrero de 2005.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditoría Interna de la Nación, adoptándose
las conclusiones de los Sres. Auditores respecto de la actuación realizada ,
disponiéndose el cumplimiento de las medidas necesarias y convenientes a la
regularidad de la gestión en la Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la
República y Oficinas Dependientes", del Inciso 02 "Presidencia de la
República".
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PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Presidencia de la
República y Oficinas Dependientes (U.E.
001)
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La actuación inicial dio
comienzo el 6 de octubre de 2004 a
solicitud del Organismo, comprendiendo en la segunda etapa, que se inició el 25
de febrero de 2005, lo siguiente:
· Junta Nacional de Drogas.
· Cometidos
· Financiamiento
· Ejecución
· Información Complementaria
RECOMENDACIONES
De
la actuación realizada en la "Presidencia de la República y Oficinas
Dependientes", Unidad Ejecutora 001 del inciso 02 "Presidencia de la
República", cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de
fecha 13 de abril de 2005, se destacan las siguientes recomendaciones:
· En
lo concerniente a la Junta Nacional de
Drogas, se deberá dar cumplimiento a uno de sus objetivos principales, como lo
es la coordinación a nivel nacional entre instituciones (MS.P, INAU, INJU,
Intendencias, etc), de las acciones relativas a la prevención del consumo de
drogas.
· Definir
con claridad los objetivos principales trazados por la citada Junta, realizando
un plan estratégico para el logro de los mismos, y establecer indicadores que
permitan medir el impacto de la aplicación de los proyectos llevados a cabo.
· Crear
un registro de proyectos, donde se detalle la totalidad de los mismos y se
establezcan las causales por las que son aprobados o rechazados.
· Implementar
un procedimiento uniforme para la presentación de las rendiciones de cuentas
por parte de las ONGs, a efectos de que las mismas se presenten en tiempo y
forma, dejando constancia por escrito del cumplimiento de los objetivos
previstos en los convenios a los cuales
se destinaron los fondos correspondientes.
· Realizar
procedimientos administrativos que garanticen la integridad de la información
referente a las partidas no reembolsables recibidas en efectivo o en bienes
como consecuencia de convenios celebrados con terceros y determinen la
totalidad de proyectos firmados con organizaciones gubernamentales y no
gubernamentales mediante los cuales se ejecutan los fondos y/o bienes recibidos.
· Coordinar
entre las instituciones del Centro de Desintoxicación de Usuarios de Drogas el
uso eficiente de los recursos asignados.
· En
función del resultado de la auditoría realizada, y considerando la calidad y
cantidad de recursos humanos existentes en la "Presidencia de la República
y Oficinas Dependientes" se sugiere la conveniencia de instalar una
Auditoría Interna en el marco de lo dispuesto por el Decreto No. 88/2000 del
3/3/2000, con el objetivo de establecer un sistema permanente de control
interno integrado, lo que redundaría en una mayor transparencia de la gestión y
propendería al logro de las metas presupuestales y de gestión fijadas.
VISTA DESCARGOS Y
RESOLUCIONES
En cumplimiento de lo
preceptuado por el art.51 de la Ley No 16.736 de 05/01/96, se confirió vista al
Organismo auditado con fecha 27 de mayo de 2005 y vencido el plazo legal no se
presentaron descargos.
Se dictó Resolución por parte
de la Auditoría Interna de la Nación, adoptándose las conclusiones de los Sres.
Auditores respecto de la actuación realizada, disponiéndose el cumplimiento de
las medidas necesarias y convenientes a la regularidad de la gestión en la
"Presidencia de la República y Oficinas Dependientes", Unidad Ejecutora
001 del Inciso 02 "Presidencia de la República".
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Dirección
Nacional de Policía Caminera
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La actuación dio comienzo el
17 de junio de 2004 a solicitud del Ministerio del Interior, realizándose los
siguientes procedimientos:
· Arqueo de caja y de valores.
· Auditoría de caja.
· Compras.
· Análisis de procedimientos de contravenciones (multas).
· Control del servicio 222.
· Control de las rendiciones de vales de combustible.
· Prooveduría.
· Análisis de procedimientos de cocina.
· Otras consideraciones.
RECOMENDACIONES
De la actuación realizada en
la Dirección Nacional de Policía Caminera, cuyos resultados se encuentran
explicitados en informe de fecha 13 de diciembre de 2004, se destacan las
siguientes recomendaciones:
· Contabilizar el
cobro de pliego de licitaciones y multas en el momento en que se realizan, de
manera que la contabilidad refleje saldos reales.
· Proceder
a la destrucción de las libretas de Traslados y Custodias (Decreto 391/87) y
libretas Decreto 199/73 que se encuentran en desuso, de acuerdo con lo
dispuesto en el art. 92 numeral 5 del TOCAF.
· Depurar
las partidas conciliatorias que se arrastran desde el año 1998.
· Realizar
una adecuada planificación anual de las compras, evitando las continuas
ampliaciones de licitaciones.
· Adecuar
todas las contrataciones a lo dispuesto en el art. 131 literal f del TOCAF el
cual refiere a los principios generales de actuación en la materia, que son la
publicidad y la igualdad de oportunidades a los diferentes oferentes, así como
a lo establecido en el Decreto 232/03 el cual busca incrementar la
transparencia de los procedimientos de contratación directa dando mayor
publicidad a estas compras.
· Evitar
los fraccionamientos de gasto por contrataciones de Service de Mantenimiento
Automotriz y Reparaciones de vehículos sin el respaldo correspondiente del
Director Nacional.
· Poner en funcionamiento a la brevedad el nuevo
sistema de multas que proporcionará el Ministerio para salvar las dificultades
que presenta el actual.
· Asignar
más personal a la oficina de Atención al Usuario a los efectos de poner al día
los registros de las boletas de multas del interior.
· Incrementar
los controles del Servicio 222 a efectos de evitar la superposición y liquidación de horas en un mismo funcionario, de
actividades por servicio ordinario y por art. 222.
· Aumentar
los controles en las rendiciones de
vales de combustible realizados por la sección Habilitaciones, dando
cumplimiento estricto a lo dispuesto por la Circular 21/93, a fin de evitar:
- La
utilización de vales en fecha anterior
a la de su entrega por parte de la Tesorería.
- Entregas
de vales a determinados funcionarios o Servicios y que sean consumidos y
rendidos por otros diferentes, sin constancia de devolución por parte de los
primeros.
- Entregas
de vales sin la autorización correspondiente de asignación complementaria.
· Disminuir la compra de vales de nafta e incrementar la
de gas oil dado que la mayor parte de la flota utiliza este último combustible.
· Realizar las
devoluciones de vales de combustible en Tesorería.
· Realizar
controles de stock en Proveeduría comparando los saldos recontados con los saldos contables determinando las diferencias.
· Adoptar,
en caso de ser detectadas diferencias en los stocks de Proveeduría, las medidas
necesarias a los efectos de buscar y corregir las causas de las mismas.
· Incluir
la totalidad de los bienes en el Inventario y colocarle las etiquetas
identificatorias correspondientes.
· Evitar el pago de “viáticos internos” como
compensación por horas extras de labor, sin que se efectúen los aportes
correspondientes a la Seguridad Social y sin seguir un tratamiento equitativo
con todos los funcionarios ante igualdad de situaciones, de acuerdo a lo
dispuesto en el art. 16 del Decreto 30/003 de 23/01/003 sobre Normas de Conducta en la Función
Pública.
· Tener
en cuenta lo dispuesto por la normativa vigente en cuanto a la naturaleza del
quebranto de Caja y a los funcionarios a quienes les corresponde dicha
compensación.
· Realizar
una reestructura organizativa a los efectos de contar con un adecuado sistema
de control interno, sobre la base de unidades administrativas que cumplan con
la debida oposición de intereses.
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art.51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Organismo auditado con fecha 17 de febrero de 2005 y se presentaron
descargos que dieron lugar a que se produjera un nuevo informe de fecha 11 de
marzo de 2005 del que surgió que si bien en algunos casos se adoptaron medidas
correctivas, se ratificaron las conclusiones y recomendaciones del informe de
fecha 13 de diciembre de 2004.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditoría Interna de la Nación, adoptándose
las conclusiones de los Sres. Auditores respecto a la actuación realizada,
disponiéndose el cumplimiento de las medidas necesarias y convenientes a la
regularidad de la gestión en la Dirección Nacional de Policía Caminera.
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Dirección
Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La actuación dio comienzo el día 15 de setiembre de 2004 a solicitud del Organismo, practicándose los
siguientes procedimientos:
· Arqueo de Caja y Valores
· Análisis de conciliaciones bancarias y rendiciones de cuentas
· Control de Inventario en Sección Farmacia
· Control de Inventario en Sección Almacén Central
· Análisis de peculios
· Análisis del sistema de compras
· Análisis del sistema de Inventario
· Estudio de contratos con empresas instaladas en Comcar
RECOMENDACIONES
De la actuación realizada en
la Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarías y Centros de Recuperación,
cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha 14 de enero de
2005, se destacan las siguientes recomendaciones:
· Se considera
conveniente contar con Resolución de la
Dirección Nacional, autorizando la custodia por parte de Tesorería, de los Fondos de Terceros por concepto de
Comisión administradora del fondo de reserva para el envío de ofrendas florales
y odontológico, que a la fecha del
arqueo practicado (28/9/04) ascendía a $ 126.397. Asimismo, resulta necesario
informar periódicamente a la
Superioridad el monto del mismo.
· Con respecto a
las conciliaciones bancarias, se mantiene la observación formulada por esta
Auditoría Interna de la Nación en informe de fecha 14/7/2003, habiéndose
constatado nuevamente la existencia de partidas pendientes que datan del año
1998 y de partidas sin fecha, por lo que resulta necesario proceder, a la brevedad,
a su depuración.
· En cuanto al
Sector Farmacia, del recuento de una muestra elegida al azar de medicamentos y
material médico quirúrgico, se constataron en algunos ítems, diferencias que
obedecían en su casi totalidad, a recetas y planillas de entregas que estaban
sin contabilizar. En el caso de los psicofármacos, se encontraron diferencias
en la casi totalidad de los ítems recontados, resultando imposible encontrar la
justificación de las mismas. Se considera necesario por tanto, realizar un
recuento general, a efectos de actualizar los saldos de las fichas y efectuar
la registración en tiempo real, de modo de poder contar con información
actualizada y veraz.
Asimismo, se
mantiene la observación formulada en la anterior actuación llevada a cabo por este Organismo, ya que el
espacio físico con que cuenta el Sector, no es apropiado. Se trata de un
recinto cerrado, nulo de ventilación y sometido a constantes amenazas de cortes
de luz en el invierno, lo que hace peligrar la calidad y/o eficacia de los medicamentos
en custodia.
· En relación a la
Sección Almacén Central, se considera necesario, a efectos de un adecuado
control, que toda mercadería que ingresa al mismo, se registre en las fichas
correspondientes, aún aquellas de excepción que permanecen en el Almacén por
cortos períodos de tiempo.
· De acuerdo a lo
establecido por el art. 72 del Código Penal (Peculios), “Tanto los condenados a
penitenciaría como los condenados a prisión percibirán una remuneración por su
trabajo. La remuneración les pertenecerá íntegramente, pero no podrán disponer
de ella, hasta su salida de la cárcel, salvo en pequeñas partidas para remediar
necesidades de familia.” La norma
reglamentaria, Decreto Ley 14.470 del 11/12/75 en su art. 46 prevé que podrá
destinarse por la autoridad carcelaria, hasta el 30% para atender sus gastos
personales y hasta otro 30% para asistir a su familia si lo necesitara. En
cuanto a los saldos líquidos deberán ser depositados en cuentas de ahorro en un
organismo oficial o invertidos, previa autorización carcelaria, en la
adquisición de bienes. Tanto estos últimos como las cuentas de ahorro estarán a
nombre del recluso y no podrán ser cedidos ni embargados.
Sin embargo, se
ha podido constatar la autorización de adelantos sobre el 40% indisponible para fines que no se encuadran
en lo dispuesto por la normativa referida. Asimismo, el volúmen de solicitudes
que diariamente se cursan, dificultan las tareas asignadas al Sector Peculios,
así como los controles que deben realizarse y desvirtúan lo prescripto por la
reglamentación. Desde el año 2001 el porcentaje mencionado no se deposita en
las cuentas individuales de los reclusos, sino que permanece en la cuenta del
BROU N° 179-1660/8 en forma global.
Por lo
precedentemente expuesto, deberían limitarse los adelantos sobre el monto
“indisponible” a aquellos casos debidamente justificados y que se adecuen a la
normativa vigente, procediéndose además a la depuración de la cuenta bancaria
del BROU antes mencionada y depositando los importes correspondientes en las
cuentas individuales de los reclusos en el Banco Hipotecario del Uruguay.
· En lo que
respecta a los montos indisponibles pertenecientes a reclusos que no tienen
documento de identidad y a los que por dicho motivo no es posible abrirles una
cuenta individual, así como a los que recuperaron la libertad y/o fallecieron
no habiendo cobrado los importes correspondientes, es imprescindible que los
mismos estén perfectamente individualizados y respaldados por la ficha
correspondiente.
· En
relación a las compras, se pudo constatar que en la mayoría de los casos, no
queda constancia en los expedientes respectivos de los pedidos de precios
solicitados, así como de las cotizaciones presentadas por los oferentes. Se
considera necesario, a efectos de dotar al procedimiento de la debida
transparencia, anexar al expediente
respectivo la documentación antes mencionada.
· Se
observó que las compras de artículos de ferretería, sanitaria, pinturería y
materiales de construcción, se realiza
siempre a las mismas tres firmas, cursando pedidos de precios únicamente a las
mencionadas empresas. Se recomienda ampliar el espectro a otras firmas de
plaza, a efectos de tener nuevas opciones que permitan eventualmente mejorar
los precios y dotar al procedimiento de mayor transparencia.
· Se considera
necesaria la realización de una adecuada planificación de las compras. Si bien
se entiende que para algunos artículos, la misma puede resultar una tarea algo
engorrosa y poco previsible, atendiendo al hecho de que se provee a la
totalidad de los establecimientos penitenciarios y a las características de la
población carcelaria, dicha planificación, realizada adecuadamente, puede derivar en mejoras considerables de la
gestión y en el uso más eficiente de
los recursos financieros disponibles.
· En lo que
respecta al Sistema de Inventario, si bien pudo comprobarse que se ha ingresado
al Sistema Central de Inventario del Ministerio del Interior, la totalidad de
la información correspondiente a la Dirección Nacional de Cárceles, pudo
constatarse que no todos los muebles y útiles están identificados con las
etiquetas que contienen el código de barras correspondiente. Resulta
imprescindible, para el correcto funcionamiento del sistema y a efectos del
adecuado control, que las mismas sean adheridas en los muebles y útiles
respectivos.
Se recomienda
asimismo, la realización por parte del Departamento de Contralor Patrimonial,
de controles periódicos, que permitan la actualización permanente del
inventario, corroborando las
comunicaciones recibidas de altas, bajas y traslados.
· Con respecto a
los convenios que la Dirección Nacional ha firmado con distintas empresas se
destaca el incumplimiento a las normas preceptuadas en los Arts. 33, 37 y 131
del T.O.C.A.F. y la inobservancia de los controles financieros dispuestos por
el Art.211 de la Constitución de la República, a través del Tribunal de
Cuentas.
· Se considera
necesario que el Departamento de “Enseñanza Técnica y Gestión Industrial”
implemente adecuados controles y extreme el uso de los mismos, a efectos de
hacer cumplir los términos de los convenios hoy vigentes, particularmente en lo
que respecta al mecanismo utilizado para los pagos del canon correspondiente y
de los consumos de agua y energía eléctrica, los que son abonados por las
empresas en especie, según las especificaciones determinadas por la Dirección
Nacional. En efecto, deberá exigirse a las mismas, la presentación de una copia de la factura de compra respectiva,
a fin de documentar y verificar la efectiva cancelación de los montos
correspondientes a los ítems antes mencionados.
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de lo
preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96, se confirió vista
al Organismo auditado con fecha 4 de marzo de 2005 y vencido el plazo legal no se presentaron descargos.
Se dictó Resolución por parte
de la Auditoría Interna de la Nación adoptando las conclusiones de los Sres.
Auditores y disponiendo el cumplimiento de las medidas necesarias y convenientes
a la regularidad de la gestión de la Dirección Nacional de Cárceles,
Penitenciarías y Centros de Recuperación.
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MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Dirección General
de Secretaría
ALCANCE DE LA
ACTUACIÓN
La actuación dio comienzo el
12 de enero de 2005, a solicitud de dicha Secretaría de Estado, realizándose los siguientes procedimientos:
· Arqueo de caja y
valores y análisis de las conciliaciones bancarias
· Análisis de la estructura
organizativa y de los recursos humanos
· Estudio de los
Fondos : de Fomento de Turismo y de
Promoción de Turismo de Uruguay en el Exterior.
· Análisis de
Subvenciones.
· Análisis del
Sistema de Compras.
· Agentes
Turísticos- estudio de los Contratos de arrendamiento de Servicios.
· Estudio de los
Contratos de arrendamiento de Obras.
RECOMENDACIONES
De la actuación realizada en
el Ministerio de Turismo, cuyos resultados se encuentran explicitados en
informe de fecha 12 de julio de 2005, se destacan las siguientes
recomendaciones:
· Con respecto a
las garantías de operadores turísticos que se encuentran en Tesorería, la
mayoría de las cuales están vencidas, se recomienda proceder a su depuración y
de igual forma con las garantías que se encuentran en el archivo de
documentación sito en la antigua sede ministerial de la Av. Libertador.
· Los cheques son
emitidos en la Sección Tesorería, por lo que se considera conveniente para que
exista un adecuado control por oposición, que los mismos sean emitidos por el
Departamento de Contaduría.
· No se realizan
desde hace algún tiempo por parte de Contaduría, arqueos periódicos y/o
sorpresivos a Tesorería. Se considera necesario se instrumente nuevamente esta
herramienta de control.
· Las
conciliaciones bancarias de todas las cuentas, excepto las correspondientes a
las cuentas en dólares Nos. 14910 y 12650, poseen numerosas partidas
conciliatorias, algunas de las cuales revisten importante antigüedad por lo que
resulta necesario proceder a su depuración.
· Con relación al
organigrama del Organismo, cabe mencionar que la Dirección General concentra la
supervisión de varios Departamentos, así como de la Sección “Prensa y
Relaciones Públicas” y que en la práctica hay cinco Departamentos que funcionan
como Divisiones. Sería recomendable reconsiderar las distorsiones existentes en
la práctica respecto al organigrama
vigente, sobre todo en lo que refiere a la cantidad de unidades funcionales que
dependen jerárquicamente de la Dirección General.
· No existe
coordinación alguna con la Dirección General Impositiva, que permita el cruce
de datos a efectos de verificar la veracidad de la información presentada por
las empresas transportistas fluviales ante el Ministerio de Turismo. Dicha
información refiere al pago del impuesto del 5,5% sobre los precios de los
pasajes fluviales vendidos en el país y de los que se contraten en el exterior
para iniciar viaje desde la República y que nutren el Fondo de Promoción de
Turismo de Uruguay en el Exterior. El establecimiento de una adecuada
coordinación con dicha Institución, permitiría efectuar un efectivo control de
los montos recaudados.
Se considera
asimismo necesario, exigir a la Dirección Nacional de Migración copia del Informe Mensual en el que conste el
número de pasajeros residentes uruguayos que hubieren utilizado el servicio de
transporte fluvial, el que según establece la reglamentación debe ser remitido
al Ministerio de Turismo a los treinta días de vencido cada trimestre. Dicho
informe permitirá reforzar los controles tendientes a verificar la exactitud de
los aportes realizados por las empresas transportistas fluviales.
· Del análisis de
las rendiciones de cuentas del período julio – diciembre 2004 correspondientes
al Fondo de Promoción de Turismo de Uruguay en el Exterior, se detectaron dos
facturas pertenecientes a una empresa extranjera por U$S 11.160 y Euros 16.568,
por concepto de armado de stands del Ministerio en dos ferias realizada en
México y Londres respectivamente, que no reúnen los requisitos formales
exigidos. Se sugiere tomar los recaudos necesarios a efectos de que las
empresas con las que se pretende contratar servicios en el exterior, sean
empresas formalmente establecidas en sus lugares de origen y cuenten con la
debida documentación.
· Se constató en
uno de los expedientes analizados relativos a subvenciones otorgadas durante el
año 2004, un recibo por entrega de U$S 1.000 a una institución del interior de
la República, que no cuenta con aclaración de firma ni documento de identidad
de la persona que hizo efectivo el cobro. Se considera conveniente, a efectos
de dotar al procedimiento de la mayor transparencia , que se deje constancia en
el documento tanto de la identidad de quién recibe el monto correspondiente a
la subvención otorgada como del cargo
que ocupa en la Institución, o en su defecto la correspondiente autorización de
las autoridades de la misma.
· En lo que
respecta a los contratos de arrendamientos de servicios (Agentes Turísticos) y
a los de arrendamientos de obra, a efectos cumplir con la obligación estipulada
en los contratos y de lograr un mayor
contralor y seguimiento de la actuación de los contratados, se debió exigir la
presentación de los correspondientes informes escritos, obligación expresamente consagrada en los contratos suscritos.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de lo
preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96, se confirió vista
al Organismo auditado con fecha 5 de agosto de 2005 y vencido el plazo legal no presentaron descargos.
Se dictó Resolución por parte de la Auditoría Interna de la Nación
adoptando las conclusiones de los Sres. Auditores y disponiendo el cumplimiento
de las medidas necesarias y convenientes a la regularidad de la gestión del
Ministerio de Turismo.
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MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Dirección
Nacional de Deporte
Centro de
Rehabilitación "Casa de Gardel"
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La
actuación dio comienzo el 18 de agosto de 2004 a solicitud de la Dirección General del ex - Ministerio
de Deporte y Juventud, realizándose los
siguientes procedimientos:
· Antecedentes
· Seguimiento de observaciones actuación anterior (Exp. 3952/01)
· Manejo de Fondos:
· Arqueo de caja y de valores
· Financiación del gasto y situación económico–financiera
· Auditoría de rendiciones de cuentas
· Partidas especiales otorgadas por el BPS
· Recursos humanos
RECOMENDACIONES
De
la actuación realizada en dicho Organismo, cuyos resultados se encuentran
explicitados en informe de fecha 15 de diciembre de 2004, se destacan las
siguientes recomendaciones:
· No
se han dictado normas que determinen la estructura orgánica, cometidos y la
asignación de recursos materiales y humanos a esta Unidad, dependiente del
Ministerio de Deporte y Juventud. Dicho Ministerio se hace cargo de los
salarios de 25 funcionarios, del pago de los servicios de UTE, OSE y ANTEL, y
otorga, únicamente, una partida de $ 1.000 mensuales para el Programa de
Alimentación, por lo que el Centro Casa de Gardel debe recurrir, para su
funcionamiento, a la recaudación de ingresos por concepto de colaboraciones
regulares y extraordinarias, ventas de distintos servicios que presta la
Institución, donaciones, etc., que carecen de sustento legal, no dando
cumplimiento a las disposiciones del TOCAF. Es imprescindible, que las
autoridades competentes se aboquen, en forma inmediata, a regularizar dichas
situaciones a efectos de lograr una adecuada y transparente administración de
los recursos y una gestión eficiente y eficaz, dentro del marco jurídico que
regula a los organismos estatales.
· En
cuanto a la contabilidad de los fondos propios, se constataron recibos que no cumplen con los requisitos mínimos
exigidos por la DGI, cuando correspondería documentar los pagos efectuados con
facturas y/o recibos oficiales. Situación ésta, ya observada por la Auditoría
Interna de la Nación en actuación realizada en año 2001 y puesta de manifiesto
por la Contadora del Centro en los informes de Revisión Limitada elevados
mensualmente al Ministerio de Deporte y Juventud.
· Al
efectuar el arqueo de caja se constató que el sistema de registración utilizado
no ofrece el grado de seguridad necesario, ya que el Memory admite
modificaciones y se asientan los movimientos contables según la fecha de
facturación y no la fecha en que efectivamente se realizó el pago. Se sugiere
por tanto, que se instrumenten herramientas de seguridad en el sistema
informático para que no admita modificación en las registraciones y que se
adopte el criterio de escriturar en la fecha en que se efectúa la erogación.
· Del análisis de
las rendiciones de cuenta surge que en los dos primeros cuatrimestres del año
2004, se incurrió en un déficit de $ 19.278. La relación ingresos – egresos se
equilibra mediante préstamos otorgados por particulares y en particular, por
una alumna que se encuentra a cargo de una empleada de Casa de Gardel. Es de hacer
notar que esta misma persona aporta además, por concepto de colaboraciones
especiales y otros servicios, $ 70.646
en el año 2003 y en los seis primeros meses del 2004, $ 52.500 y por aporte mensual almuerzo en el 2003,
aproximadamente $ 40.000. En
definitiva, es notorio que resultan esenciales los aportes de esta persona para
que Casa de Gardel pueda cumplir con sus objetivos.
· No cuenta con
Inventario de bienes muebles, útiles e instalaciones que cumpla con los
requerimientos exigidos por el art. 72 del TOCAF, que incluya todos los bienes
en custodia de Casa de Gardel, estado de conservación de los mismos, ubicación
e identificación mediante código. A su vez, éste deberá mantenerse actualizado,
contemplando altas, bajas y modificaciones. En mérito a lo expuesto, se reitera
la sugerencia de esta AIN de utilizar
un sistema de Inventario que permita el adecuado control de los bienes
patrimoniales de la Institución.
· Con respecto a la
partida otorgada por el Banco de Previsión Social, beneficio de asistencia
especial a Pensionistas por Invalidez y a los atributarios con hijos menores a
cargo, que padecen retardo o invalidez
que realizan su rehabilitación en Casa
de Gardel, cabe señalar que:
- Las
sumas son percibidas por una funcionaria del Centro, habilitada por el BPS como
titular de la empresa denominada Casa Gardel – Ma. Cristina Roselló y
administradas por ésta.
- Lo
abonado por el BPS no ingresa
íntegramente a Casa de Gardel. En el período que abarca el año 2003 hasta julio
de 2004 se vuelca aproximadamente el 11 % del total percibido.
- No
existe información ni controles adecuados de los gastos realizados con los
fondos administrados directamente por la atributaria.
A
juicio de los suscritos no existe la transparencia necesaria para el manejo de
estos fondos, por lo que no es posible tener certeza de que se cumpla con el
fin para el cual es otorgado dicho beneficio. Por lo tanto se entiende
conveniente que el BPS acentúe los controles respecto al destino dado a las
ayudas especiales otorgadas.
· El referido
Centro cuenta con personal discapacitado que no reviste la calidad de
funcionarios públicos que cumplen funciones desde el año 1997, desconociéndose
la naturaleza de la relación laboral que los vincula con la Institución. Sus
haberes son abonados con los recursos propios de la Institución, no
liquidándose los aportes correspondientes a la Seguridad Social. A juicio de
los suscritos, correspondería que el Centro de Rehabilitación tomara las
medidas necesarias, a los efectos de regularizar su situación.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento con lo
preceptuado por los Arts.48 ss. y ccts. de la Ley 16.736 de 05/01/96, se
confirió vista al Ministerio de Deporte y Juventud y se remitió al Banco de Previsión
Social copia fiel de los antecedentes con fecha 15 de febrero de 2005.
Se dictó Resolución por parte de la Auditoría Interna de la
Nación, con recomendación de que se promueva de inmediato una investigación
administrativa sobre los hechos denunciados, sin perjuicio de la adopción de
las medidas precautorias y correctivas que correspondieren.
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MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Dirección
Nacional de Deporte - Ex – Ministerio de Deporte
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La actuación dio
comienzo el 25/11/2004, a solicitud de dicha Secretaría de Estado, realizándose los siguientes
procedimientos:
· Arqueo de Caja.
· Análisis de las conciliaciones bancarias.
· Estudio de la Estructura Organizativa.
· Análisis de los ingresos por recaudación.
· Análisis de rendiciones de fondos destinados
al Comité Olímpico Uruguayo.
· Análisis de rendiciones del apoyo brindado a
Instituciones Deportivas.
· Análisis del sistema de compras.
· Control de Inventario en el Departamento de
Adquisiciones - Proveeduría.
· Análisis del inventario de bienes de uso y equipos de computación.
· Análisis de las donaciones recibidas durante
el año 2004 y de los gastos financiados con dichos ingresos.
RECOMENDA CIONES
· En el arqueo practicado, se constató la
existencia de tickets alimentación, de los cuales los más antiguos permanecían en Caja
desde diciembre de 2003. En virtud de la observación oportunamente formulada por las suscritas
respecto a la
antigüedad de los mismos, durante nuestra actuación el Director General de Secretaría resolvió su
redistribución, asignándolos a las Cantinas de la Sede Central del Ministerio y
de Talleres. Asimismo, corresponde señalar que los tickets alimentación no forman parte del saldo
de Caja, por lo que se recomienda que en adelante se incluyan en el mismo.
· Se considera necesario realizar una revisión
global del Organigrama vigente, el que no ha sido aprobado, así como un pormenorizado
análisis de las funciones y tareas asignadas a cada una de las unidades funcionales y de las
relaciones jerárquicas existentes. Particularmente, en relación a los cometidos asignados a la División
Recursos Humanos y al
Departamento de Personal, sería conveniente unificar en una única unidad las
tareas vinculadas
al área de administración de personal, a efectos de no diversificar tareas y lograr un mejor
aprovechamiento de los recursos humanos disponibles.
· Los funcionarios que manejan
dineros del Estado, no están cubiertos por Póliza de Caución de Fidelidad del Banco de Seguros del
Estado, ya que la que existía venció el 31/12/04 y no fue renovada por el referido Banco, en virtud de la deuda que el Organismo auditado mantenía con la Institución Bancaria, por una factura impaga por accidentes de trabajo.
Deberá regularizarse a la brevedad, la mencionada situación a fin de poder contar con una
nueva Póliza de Caución de Fidelidad.
· En lo que refiere a la emisión de cheques,
los mismos son emitidos por Tesorería, considerando conveniente para que exista un
adecuado control por oposición, que los mismos sean emitidos por el Departamento de Contaduría.
· No existe impresión del libro de caja de
Contaduría, estando las registraciones respaldadas únicamente en soporte magnético.
Se recomienda proceder a su impresión, tanto para contar con un respaldo escrito como
para cumplir con una práctica de buena administración.
· Se constató que se expiden en forma gratuita
certificados de aptitud médica deportiva, a personas que no están comprendidas en las exoneraciones establecidas
por la Ley 14.692 del 23/8/77, por lo que se
deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido por la reglamentación
vigente.
· No se realizan por parte de la División
Financiero Contable arqueos periódicos y/o sorpresivos al Centro Médico Deportivo, ni
control alguno sobre los insumos utilizados para la realización de los diferentes exámenes médicos que
efectúa dicho Centro.
Se concluye asimismo, del análisis de la documentación que respalda la expedición gratuita de
certificados de aptitud deportiva, que no existen controles adecuados. Por lo expuesto precedentemente
y a efectos de minimizar riesgos en el manejo de fondos y valores y proporcionar confiabilidad
a los sistemas de
información del Centro Médico Deportivo, deberán instrumentarse adecuados procedimientos de
control.
· La División Financiero Contable tampoco
realiza control alguno sobre la recaudación por concepto de análisis de control de dopaje,
la que se deposita en la cuenta del BROU N° 1048/6 - Recaudaciones Varias Dólares.
· En cuanto a los fondos recaudados hasta el año 2003 por el dictado de
cursos de post grado en el Instituto
Superior de Educación Física (ISEF) y administrados por la Comisión de
Apoyo del mismo, corresponde señalar que no existen de dichos fondos las
rendiciones pertinentes. La División Financiero Contable no ejerció en ningún momento control de los montos recaudados ni de su
destino, no estando a su vez en conocimiento
de si en la actualidad existen fondos administrados por la citada Comisión.
· Se han recibido en el Laboratorio de Control
de Dopaje, materiales para la realización de análisis proporcionados por la Asociación
Uruguaya de Fútbol, los que habrían sido
entregados a cambio de una deuda que la citada Asociación mantenía con el Ministerio, por concepto de contraprestación de
los servicios brindados por la División Centro Médico. No fue posible acceder
al Convenio que, según nos fuera manifestado, se habría suscrito entre la Ex Comisión Nacional de Educación Física y
la Asociación Uruguaya de Fútbol con
fecha 4/10/96, habiéndosenos proporcionado únicamente un borrador del mismo.
· En relación al porcentaje retenido por la
venta de entradas a veladas de boxeo, no nos fue proporcionada la normativa
legal que sustenta dicha recaudación.
· Existen diversas partidas pendientes de
rendición, vinculadas a las contribuciones que el Ministerio realiza a diferentes
instituciones deportivas, de las que se destaca tanto la antigüedad de algunas
de ellas, como el monto de las mismas. Tal es el caso de la partida otorgada en el año
2000, a la Sociedad Uruguaya de Medicina del Deporte por U$S 25.000.
Por lo expuesto, se deberán tomar los recaudos
necesarias ante las instituciones beneficiadas, a efectos de exigir a
las mismas la presentación de la documentación que acredite el debido destino de los fondos otorgados, evitando
situaciones como las citadas en el
párrafo anterior.
· Con relación a los aportes antes mencionados,
merece asimismo destacarse que no se han establecido criterios para su
asignación, sino que se otorgan si las autoridades lo estiman conveniente, en base a
los pedidos realizados por las distintas instituciones.
· No se lleva un archivo adecuado de los
legajos de compras directas y no se cumple íntegramente con el procedimiento implementado, según lo dispuesto por
Resolución N° 353/03 de fecha 23/10/03.
· En lo que respecta a la Proveeduría del
Organismo, dependiente del Departamento de Adquisiciones, se considera necesario
realizar un recuento general de existencias, a efectos de proceder a la actualización de
los saldos contables. Asimismo, deberán documentarse adecuadamente las salidas
de materiales, efectuando la registración en tiempo real, de modo de poder contar con
información actualizada y veraz.
· En relación al Inventario de bienes de uso y
equipos de computación, debe procederse a inventariar las Divisiones no incluidas en el
mismo. Deberá procederse a la codificación de los bienes, incluyendo en observaciones el estado en
que se encuentran,
así como los números de series en los casos que corresponda.
· Con relación a la impresión de recibos de
recaudación, se recomienda solicitar a esta Auditoría Interna de la Nación, la
fiscalización de la correspondiente emisión.
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de
lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley N° 16.736 de 05/01/96, se confirió vista
al Organismo auditado con fecha 23/06/05 y vencido el plazo legal no se
presentaron descargos.
Se dictó Resolución
por parte de la Auditoría Interna de la Nación adoptando las conclusiones de los Sres.
Auditores y disponiendo el cumplimiento de las medidas necesarias y convenientes a la regularidad
de la gestión del Ministerio de Deporte.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Biblioteca
Nacional
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La
actuación comenzó el 10 de noviembre de 2004, por iniciativa de la Auditoría
Interna de la Nación, llevándose a cabo los siguientes procedimientos:
· Arqueo
de Caja y Valores.
· Análisis
de los distintos conceptos de ingresos que percibe.
· Análisis
de su misión, objetivos y estructura organizativa, con estudio particular de
las Divisiones Técnica, Técnica Especializada y Derechos de autor.
· Análisis
del Sistema de Compras.
· Evaluación
del funcionamiento de Proveeduría.
· Control
de Inventario de: materiales, equipos y mobiliario; monedas, medallas y libros
del Museo y libros pertenecientes a la División Técnica.
· Evaluación
del sistema de expedientes por Reguladora de Trámite.
RECOMENDACIONES
De
la actuación realizada en la Biblioteca Nacional, cuyos resultados se
encuentran explicitados en informe de fecha 12 de mayo de 2005, se destacan las
siguientes recomendaciones:
· Los
comprobantes de Caja Chica se deberían contabilizar en el libro de Caja llevado
por el Departamento Finanzas y Contabilidad al momento de la reposición del fondo.
· Se
deberá poner al día el atraso en las rendiciones de cuentas de todos los fondos
al MEC, cuyas últimas presentadas corresponden al año 2002. En el fondo rotatorio correspondiente a los
ejercicios 2001 y 2002 existen lotes de facturas sin planillar
· No
se realizan arqueos mensuales ni sorpresivos a Tesorería, sólo se efectúan una vez al año. El último arqueo de fondos registrado en el libro
de Tesorería es de fecha 30/12/2002. Se deberán practicar arqueos periódicos y en forma sorpresiva, dejando
constancia de sus resultados en el libro de actas correspondiente.
· Condiciones
ambientales inadecuadas en las Divisiones Técnica y Técnica Especializada: carencia de un sistema de
climatización, humedad, polvo en las colecciones. La capacidad locativa es
insuficiente lo que provoca, entre otras cosas, que el público no pueda tener
acceso a los diarios de los últimos años: del interior desde el año 1993 y de
Montevideo desde el año 2000.
· Condiciones
de seguridad y vigilancia inadecuadas en los locales dependientes de las
Divisiones Técnica y Técnica Especializada, puesta de manifiesto en libros desaparecidos, mutilados y sustituidos por otros (se dejan las tapas
con otro libro dentro y se llevan el de la Biblioteca) pertenecientes a la Sala General, y también
obras muy valiosas de la sala de Materiales Especiales, así como robo de fichas
de los catálogos de consulta.
· Existen
préstamos de libros de la Sala General a funcionarios de la Biblioteca de gran
antigüedad, entre ellos hay boletas
de obras prestadas a 42 funcionarios que ya no pertenecen más a la Institución,
correspondiendo a préstamos efectuados en las décadas del 80 y 90.
· Se
deberá mejorar el sistema de documentación de préstamos de libros a funcionarios,
de manera que el mismo brinde información confiable de la situación de los
préstamos y se otorgue una constancia a la persona que devuelve la obra.
· Las
carencias más importantes manifestadas por la División Técnica: recursos
humanos insuficientes, principalmente técnicos; retraso en el proceso técnico
de los materiales, insuficiente equipamiento informático y software para la
informatización del proceso por el cual el material ingresa a la Biblioteca así
como para las actividades de préstamos y consultas al público.
· Las
carencias más importantes manifestadas por la División Técnica Especializada
son la falta de técnicos (bibliotecólogos) y técnicos especializados
(microfilmadores, restauradores y encuadernadores); la falta de automatización
de los procesos y la digitalización de los ejemplares más valiosos.
· La
compaginación y formación de todos los
expedientes deberá ajustarse a lo dispuesto por los Art. 49 y 53 del Decreto 500/991.
· En
cuanto a las compras directas, como principio de buena administración se deberá
realizar el pedido de tres precios, dejando constancia del mismo junto a toda
la documentación relacionada con la
compra.
· No
se cumple con la secuencia de etapas del gasto prevista por la normativa
vigente en la mayoría de las licitaciones analizadas.
· En
lo que respecta a la licitación Nº 7/01 sobre el servicio de limpieza para el
año 2002 se detectaron varias irregularidades:
- La empresa adjudicada presentó la primer boleta de contado con fecha 31/01/2002 habiendo sido
impresas en febrero de dicho año.
- La empresa adjudicada no cumplió con la constitución de garantía de cumplimiento de contrato (5% del
monto de la contratación).
- Existieron varios incumplimientos por parte de la empresa, ante
los cuales el Organismo había decidido,
recién a fines del mes de noviembre a punto de culminar el contrato,
rescindirlo. Sin embargo procedió a no
renovarlo para el año siguiente, no cumpliendo con lo estipulado en la cláusula
7 del contrato por la cual además de la rescisión se aplicaría una multa
de 100 UR.
· En las licitaciones abreviadas Nos. 3/02 y 8/03
cuyos objetos son la adquisición de canastas navideñas de los años 2002 y 2003
respectivamente se presentan como comprobantes respaldatorios de la obligación
notas de débito.
· Se
realizan invitaciones para licitaciones abreviadas (Nº 6/02 y 7/02) con 48
horas de anticipación, no existiendo constancia de los motivos de la urgencia o
interés que habilitaran plazos tan reducidos, tal como lo establecen los Arts.
47 y 48 del TOCAF.
· La
empresa a la cual se adjudicó la licitación No 7/02 relativa a la adquisición
de hardware, no cumplió ni con el plazo de entrega de los bienes
(efectivizándolo 10 meses después) establecido en el numeral 10 del pliego de
condiciones particulares, ni con la entrega de la totalidad de los mismos. No
se aplicaron las sanciones previstas en el numeral 25 del pliego de condiciones
particulares para los casos de incumplimientos.
· En
cuanto a Proveeduría se deberá:
- Registrar en las fichas de stock el estado en que se encuentran
los materiales, particularmente los que están en mal estado, hasta tanto no se
autorice la baja de los mismos.
- Realizarle controles de stock a dicha Sección por parte de
personal ajeno a la misma.
- No existe oposición de intereses entre Compras y Proveeduría,
estando concentradas ambas tareas en un mismo sector
- Sería conveniente se implementara en Proveeduría un sistema de
stock computarizado que sustituyera a las fichas manuales.
· En
cuanto al Inventario de materiales, equipos y mobiliario:
- El libro no brinda información confiable ya que:
- no se registran todas las bajas y los traslados de bienes,
- no se efectúa una descripción detallada de los bienes muebles,
- sólo se detalla la ubicación de los bienes ingresados después del año 2001.
- Todas las oficinas deberán comunicar a Inventarios las bajas y
traslados que se produzcan.
- Se deberá realizar la ficha de transferencia solo para la Sección
Inventario no para Proveeduría.
- No se cuenta con un inventario actualizado de la Institución. A
efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 72 del TOCAF deberá
culminarse el iniciado en el año 2003.
· La
Sala de Materiales Especiales (Museo) cuenta con un inventario completo de
mapas y planos pero no así de libros y folletos.
· Del
relevamiento de inventario de libros y folletos, seleccionados al azar, de la
Sala de Materiales Especiales se constataron 6 ejemplares faltantes (24%) del
total de 25 relevados.
· Existe
un inventario de libros y folletos, ingresados y procesados, correspondientes a
la Sala General y a la Sala Uruguay, pero el último cotejo se realizó en el año
1992.
· Se
recomienda la realización de un inventario general de libros y folletos de
todas las salas.
· No
se encontraron los originales de algunos expedientes solicitados a Reguladora
de Trámites
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 14 de julio de 2005 y vencido el plazo legal no presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditoría Interna de la Nación adoptando las
conclusiones de los Sres. Auditores y disponiendo el cumplimiento de las
medidas necesarias y convenientes a la regularidad de la gestión de la
Biblioteca Nacional.
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MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Análisis de la
Situación de los Bienes Inmuebles
ALCANCE DE LA ACTUACIÓN
La actuación comenzó el 30 de
agosto de 2004 por iniciativa de la Auditoría Interna de la Nación, con el
objetivo del estudio de la situación de los bienes inmuebles de esa Secretaría
de Estado, llevándose a cabo los
siguientes procedimientos:
· Antecedentes y alcance de la actuación.
· Legislación vigente.
· Procedimiento en la adquisición y venta de inmuebles.
· Bienes inmuebles propiedad del M.S.P.
· Sucesiones.
· Comodatos.
RECOMENDACIONES
De
la actuación realizada en el Ministerio de Salud Pública, cuyos resultados se
encuentran explicitados en el informe de fecha 30 de marzo de 2005, se destacan
las siguientes recomendaciones:
· Dotar
al Departamento Notarial de un sistema informático actualizado con programas
eficaces, que pueda contener toda la información necesaria de todos y cada uno
de los inmuebles del Ministerio y que se mantenga actualizada.
· Crear
una comisión, oficina o departamento o dotar de competencia a una ya existente
para que supervise y coordine todo el procedimiento por el cual los inmuebles
ingresan y egresan al patrimonio del Ministerio y eventualmente son enajenados.
De esta manera se podrá realizar la tarea de una forma más eficaz, con
celeridad y certeza, que podrá servir además de nexo entre todos los
departamentos que han intervenido en los procedimientos, obteniendo de esta
manera un mejor aprovechamiento del inmueble.
· Adoptar
las medidas correctivas para evitar las demoras en la tramitación de las
sucesiones. Se han observado situaciones en que el Juez actuante mandó archivar
los autos por "falta de interés de las partes", por permanecer las
sucesiones sin ningún movimiento por períodos prolongados (más de seis meses).
· Evitar
el uso de la transacción, cuando lo que corresponde es la actuación diligente
del interesado (M.S.P.).
VISTA, DESCARGOS Y RESOLUCIÓN
En
cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 51 de la Ley No 16.736 de 5/01/96,
se confirió vista al Organismo auditado con fecha 4 de mayo de 2005 y vencido
el plazo legal no se presentaron descargos.
Se
dictó Resolución por parte de la Auditoría Interna de la Nación, adoptando las
conclusiones de los Sres. Auditores y disponiendo el cumplimiento de las
medidas necesarias y convenientes para la regularidad de la gestión en el
Ministerio de Salud Pública.
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MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD Y SOCIAL
Fondo de
Reconversión Laboral - JUNAE
ALCANCE DE LA
ACTUACIÓN
La actuación dio comienzo el
día 16 de noviembre de 2004, a solicitud del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, realizándose los siguientes procedimientos:
1. Antecedentes - Marco Jurídico.
2. Alcance de la actuación.
3. Auditoría de Estados Contables.
4. Observaciones de actuaciones anteriores.
5. Otras Consideraciones.
RECOMENDACIONES
De la actuación realizada en
el Fondo de Reconversión Laboral administrado por la Junta Nacional de Empleo,
cuyos resultado obran en informe de fecha 15 de abril de 2005, se destacan las
siguientes recomendaciones:
· En lo
concerniente a los saldos de la cuenta "Acreedores por Cursos" se
deberán ajustar adecuándolos a los valores reales.
· La
contabilización de los recursos debe hacerse de acuerdo al principio de lo
devengado, para reflejar la totalidad de los mismos.
· Realizar las
gestiones necesarias a fin de que se determine por medios jurídicos inequívocos
la naturaleza jurídica de la JUNAE, dotándola
de los mecanismos necesarios para el cabal cumplimiento de sus fines, lo que permitirá abocar los recursos económicos y
humanos al efectivo cumplimiento por sí de los cometidos legales asignados,
redundando en un mejor aprovechamiento de los mismos, así como realizar la
evaluación, fiscalización y contralor de los respectivos Programas, hoy
delegada en terceros ante la imposibilidad de contar con la estructura
necesaria para el eficiente desempeño de la tarea.
· Redefinir los
procesos de capacitación a efectos de asegurar la efectiva y permanente
inserción de los capacitados, por detectarse que se trata ésta de una de las
mayores carencias desde el punto de vista funcional que afecta a los Programas
seleccionados.
· Descentralizar
los Programas de manera tal que la JUNAE no tome para sí la ejecución de mismos.
Esto permitirá concretar el cumplimiento de los cometidos específicos de
planificación estratégica y contralor por oposición de los programas.
· Renovar los
convenios vencidos, para subsanar situaciones como la que ocurre con PROJOVEN,
donde sigue figurando como contraparte el Ministerio de Educación y Cultura y
dotar de regularidad los procedimientos, habida cuenta de que la vigencia de
los convenios requiere para su validez, o bien la concurrencia de voluntades de
las partes intervinientes o bien la inclusión de la cláusula de prórroga
automática (la que solo se observó en dos de los casos analizados).
PROJOVEN
· Adoptar como
procedimiento de contratación (en la medida que se comprometan montos
significativos), la licitación, dotándola de todas las garantías legales,
especialmente aquellas que aseguren la libre concurrencia, la igualdad de los
oferentes y la elección de la oferta más conveniente.
· Implementar los mecanismos necesarios para verter los
fondos directamente de la JUNAE al INJU, evitando la participación de
intermediarios en la administración de los mismos, con el consiguiente ahorro
de recursos.
· Adoptar un
procedimiento de selección de los supervisores que asegure transparencia e
igualdad de oportunidades entre los postulantes y establecer un mecanismo de
contralor de las tareas desempeñadas.
PROIMUJER
· Estudiar la
viabilidad de la aplicación del modelo de la UCP de la Asociación Cristiana de
Jóvenes, es decir fomentar la participación activa de las organizaciones
sociales más representativas que vinculan a mujeres de la población del
programa, más un representante de la DINAE.
PROCLADIS
· Desburocratizar y
agilizar el proceso de toma de decisiones para evitar generar perjuicios en el
mejor logro de los objetivos, en especial en lo concerniente a la inserción
laboral de los participantes.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de lo
preceptuado por el Art. 51 de la Ley No.16.736 de 05/01/96, se confirió vista
al Organismo auditado con fecha 14 de julio de 2005 y vencido el plazo legal
no presentaron descargos.
Se dictó Resolución por parte de la
Auditoría Interna de la Nación adoptando las conclusiones y recomendaciones de
los Sres. Auditores y disponiendo el cumplimiento de las medidas necesarias y
convenientes a la regularidad de la gestión en el Fondo de Reconversión
Laboral.
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MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE (M.V.O.T.M.A.)
Dirección General
de Secretaría
ALCANCE DE LA
ACTUACIÓN
La actuación comenzó el 23 de marzo de 2004, por
iniciativa de la Auditoría Interna de la Nación, realizándose los siguientes
procedimientos:
· Arqueo de caja.
· Auditoría de caja
y cuentas bancarias.
· Suministros.
· Inventario.
· Compras.
RECOMENDACIONES
De la actuación realizada,
cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha 25 de febrero
de 2005, se destacan las siguientes recomendaciones:
· Se constató la existencia
de cheques para el pago con cuatro meses de antigüedad, se entiende que se
deberían instrumentar los mecanismos a efectos de dar cumplimiento a lo
establecido en los Arts. 4, 5, 6 y 76 del TOCAF en lo referente a los depósitos
de fondos.
· Es obligatorio
efectuar arqueos el último día de cada mes a los efectos de la Rendición de
Cuentas sin perjuicio de los sorpresivos que ya se vienen realizando.
· Incluir dentro
del saldo de caja los tickets de alimentación que se encuentran en custodia en
Tesorería.
· Dar cumplimiento
a lo establecido en el numeral 5º del Art. 92 del TOCAF, dado que en el caso de
la impresión de los recibos numerados utilizados por Tesorería no se ha tenido
en cuenta la presencia de un funcionario de la A.I.N. Asimismo se deberá contar
con un registro donde figuren las entradas, salidas y las existencias de
libretas impresas con la numeración correspondiente en poder de la oficina.
· Contar con una
información independiente de cada una de la Direcciones pertenecientes a este Ministerio, dado que
en la actualidad en el Libro de Caja no figuran los movimientos diarios
discriminados por Unidad Ejecutora.
· Escriturar las
fechas correspondientes a las partidas conciliatorias.
· Practicar
controles más exhaustivos a la Sección Suministros por parte de la Jerarquía
(Departamento de Adquisiciones y Suministros), así como contar con un sistema
que brinde toda la información necesaria por Unidad Ejecutora para la correcta
toma de decisiones.
· En el caso de
producirse bajas de materiales, éstas deberán ser autorizadas por el Ordenador competente.
· Dar cumplimiento
a la circular Nº 24/2000, que establece la obligatoriedad de las Unidades
Ejecutoras en caso de recepción de materiales de remitir las facturas en un
plazo de 48 horas a la División Administración, Departamento de Suministros a
los efectos de su registro.
· Incluir todos los
bienes en el inventario, así como proceder a individualizar el equipamiento
informático con mayor precisión.
· Prestar especial
atención a la fecha de finalización de los contratos con los distintos
proveedores, dado que se constató la existencia de servicios que vienen
cumpliendo distintas empresas que
tienen su contrato con este Ministerio vencido.
· Acelerar los
procedimientos licitatorios, de manera de evitar el uso de la modalidad de
compra directa, debido a la demora en los trámites administrativos.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIONES
Habiéndose dado vista al
Organismo auditado con fecha 11 de mayo de 2005, de acuerdo a lo establecido en
el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se presentaron descargos que dieron
lugar a que se produjera un nuevo informe de fecha 15 de agosto de 2005, del
que surge que si bien en algunos casos se adoptaron medidas correctivas, se
ratifican las conclusiones y recomendaciones efectuadas.
Se dictó Resolución por parte
de la Auditoría Interna de la Nación, adoptándose las conclusiones de los Sres.
Auditores respecto a la actuación realizada, disponiéndose el cumplimiento de las medidas necesarias y
convenientes, respecto a la regularidad de la gestión en el Ministerio de
Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN
PÚBLICA - ANEP
Programa de
Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria (mecaep)
ALCANCE DE LA
ACTUACIÓN
La actuación comenzó el 6 de
diciembre de 2004, de acuerdo a Resolución de la Auditoría Interna de la Nación,
abarcando los siguientes capítulos:
I) Proyecto MECAEP II.
1. Antecedentes.
2. Objetivos.
3. Informe realizado por MECAEP al Banco Mundial.
4. Donación Fondo Japonés.
5. Informes de Auditoría realizados por el
Tribunal de Cuentas en el período
2000 -
2002.
6. Análisis del manejo de Fondos.
7. Análisis realizado a la planilla de solicitud
43/3 enviada al Banco Mundial.
8. Ejecución Presupuestal y Compras del ejercicio
2003.
II) Proyecto MECAEP III.
1. Antecedentes.
2. Análisis del manejo de fondos.
3. Análisis realizado a la Planilla de
solicitudes No 5 y 6 enviada al Banco Mundial.
4. Ejecución presupuestal y compras del ejercicio
2003.
III) Arqueo de caja.
IV) Transferencia de fondos entre proyectos.
V) Inventario de bienes de uso.
VI) Pagos realizados con fondo permanente de
contraparte local.
RECOMENDACIONES
De
la actuación realizada en el Programa de Modernización de la Educación Primaria
de la ANEP, cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha 24
de febrero de 2005, se destacan las siguientes recomendaciones:
· En
relación a la donación “Fondo Japonés”, no
se dio cumplimiento a las pautas establecidas por el BIRF, referente a la
presentación en tiempo de la última rendición de gastos correspondientes. Esta
situación provocó el retiro de la última partida asignada por lo que se debió
efectuar el pago de gastos con cargo a préstamos otorgados por dicho Banco, en
perjuicio del cumplimiento de los objetivos de los proyectos MECAEP II y MECAEP
III. Al 30/11/04 no se había realizado el informe final de cierre
correspondiente a dicha donación.
· En el balance al
31/12/02 del proyecto MECAEP II figuran en Caja Chica Cheques de retención en
garantía por un monto de U$S 40.716,93 que por constituir Fondos de Terceros en
garantía deberían figurar en una cuenta de Orden.
· Los funcionarios
que manejan fondos no cuentan con póliza de caución de fidelidad no dando
cumplimiento a lo establecido en el art. 133 del TOCAF.
· El tesorero al
ser el responsable del manejo de los fondos, no debe ser el encargado de
realizar las escrituraciones de los registros contables de Caja - Banco en el
programa Memory, a fin de que exista una debida oposición de intereses entre el
funcionario que maneja fondos y el que registra.
· En los arqueos de
caja se deben incluir los comprobantes pendientes de descargo y el resultado
del mismo cotejarlo con el saldo
contable de Caja, en caso de ser necesario realizar los ajustes
correspondientes.
· Del arqueo de
caja practicado surge que existen boletas pendientes de devolución de
anticipos, con una antigüedad mayor a 60 días, por $224.887 siendo la más
antigua la de fecha 5/02/04, por un monto de $ 2.100.
· En las
conciliaciones bancarias de los Proyectos MECAEP II y MECAEP III, se constató
la existencia de cheques que permanecían pendientes de registración por un período prolongado, errores de tipeo,
cheques no debitados por el Banco y pendientes de registración en la
Institución, realizándose los ajustes respectivos, a fecha de cierre de
balance.
· Se deben
implementar controles sobre las conciliaciones bancarias a fin de subsanar los
errores detectados, efectuando los ajustes pertinentes en tiempo y forma.
· Con respecto a
las rendiciones de cuenta de las partidas otorgadas para gastos de Jornadas de
Capacitación, se debe mejorar el control de la documentación presentada, afín
de que la misma cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
· Se deberá contar
con el informe de disponibilidad de crédito previo al inicio del trámite
licitatorio.
· El convenio con
el BIRF establece que “no deberá darse a conocer información alguna acerca del
análisis, aclaración y evaluación de las ofertas ni sobre recomendaciones
relativas a la adjudicación, después de la apertura de las ofertas a los
licitantes, hasta que se haya certificado la adjudicación del contrato al
licitante ganador” no contemplando “la mejora de ofertas” prevista en el art.
42 del TOCAF. Sería conveniente gestionar ante el BIRF, la mejora de ofertas, a los efectos de lograr
un mayor beneficio para la Administración.
· La entrega de los
bienes a las escuelas, por parte de los proveedores, debe estar acompañada del
remito respectivo, detallándose destino, cantidad, característica del bien,
serie y número de cada uno, en caso que corresponda. Por otra parte, cada
escuela deberá remitirlo a MECAEP con constancia de recepción, sellada y
firmada por el responsable de la misma.
· En relación al
Proyecto de Mejoramiento Educativo se constató que escuelas que habían recibido
la segunda cuota del Proyecto correspondiente al año 2003, no habían rendido la
misma a noviembre de 2004 al Dpto. del Proyecto de Mejoramiento Educativo del
Consejo de Educación Primaria. A su vez, no se envió a MECAEP para su control las rendiciones presentadas de la
segunda cuota. Se entiende pertinente que MECAEP solicite a Primaria la
remisión de la rendición de cuentas de la segunda cuota de los Proyectos, a
fin de efectuar los controles
correspondientes evitando el uso inadecuado de fondos.
· Se constató el
uso transitorio de fondos entre proyectos en forma reiterada para financiar
gastos y pago de Consultores, lo cual fue observado en varias oportunidades por
el Tribunal de Cuentas de la República.
· El Inventario de
Bienes de Uso que lleva el Dpto. de Bienes y Mobiliarios del CODICEN no cumple
con los requisitos de un inventario ya que no proporciona la información
necesaria para poder llevar a cabo un control de los bienes del Estado en poder
de MECAEP. Se deberá proceder a realizar un Inventario donde se deje constancia
de la ubicación precisa del bien, código de identificación y descripción del
mismo.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
Habiéndose dado vista al
Organismo auditado con fecha 28 de febrero de 2005, de acuerdo a lo establecido
en el Art. 51 de la Ley 16.736 de 05/01/96, se presentaron descargos que dieron
lugar a que se produjera un nuevo informe de fecha 28 de marzo de 2005, del que surge que si bien en algunos casos
se adoptaron medidas correctivas, se ratifican las conclusiones y
recomendaciones del informe de fecha 24
de febrero de 2005.
Se dictó Resolución por parte
del Auditor Interno de la Nación, adoptándose las conclusiones de los Sres.
Auditores respecto a la actuación realizada, disponiéndose el cumplimiento de
las medidas necesarias y convenientes, a la regularidad de la gestión en el
Programa de Modernización de la Educación Primaria (Proyecto MECAEP) de la
ANEP.
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COMISIÓN DE APOYO DE LOS PROGRAMAS ASISTENCIALES
ESPECIALES DE A.S.S.E.
ALCANCE DE LA
ACTUACIÓN
La actuación comenzó el 22 de
octubre de 2004, por iniciativa de la Auditoría Interna de la Nación, llevándose a cabo los siguientes
procedimientos:
· Evolución Institucional.
- Antecedentes y Marco Jurídico.
- Principales cometidos.
· Análisis del Balance al 31/12/03.
· Estudio de la Rendición de Cuentas del Presupuesto de
noviembre/03.
· Control de la liquidación y pago de sueldos y honorarios.
· Análisis de los Recursos Humanos.
· Relevamiento de reclamaciones entabladas contra la Comisión.
CONCLUSIONES
De la actuación realizada en
la Comisión de Apoyo de los Programas Asistenciales Especiales de A.S.S.E.,
cuyos resultados se encuentran explicitados en informe de fecha 12/04/05, se
destacan las conclusiones a que se arribaron:
· En relación a las
cuentas analizadas del balance al 31/12/03, se comprobó que todas las
operaciones están debidamente documentadas y que los saldos reflejan razonablemente
los movimientos realizados durante el ejercicio 2003. Se practican controles
por oposición de intereses que permiten tener certeza de los saldos expuestos
en los Estados de Situación y Resultados.
· Se
debe dar cumplimiento a lo establecido por el art. 12 Dec. N° 185/004 de fecha
3/6/004, respecto al manejo de los
fondos a través de una cuenta en el Banco de la República Oriental del Uruguay.
· En
cuanto a los procedimientos de control implementados, se entiende que los
mismos son adecuados, generando un satisfactorio ambiente de control interno.
· La
Comisión, persona de derecho privado que cuenta como única fuente de
financiamiento con fondos públicos provenientes del M.S.P., para el suministro
de recursos humanos a las distintas Unidades Ejecutoras del citado Ministerio,
a octubre/04 mantiene vinculación con 4.841 personas, 2.501 en relación de
dependencia y 2.340 profesionales
contratados. Muchas de ellas se relacionan por más de un contrato, lo que eleva
a 5.139 relaciones de prestaciones de servicios existentes a esa fecha.
· Casi
el 20% de los recursos humanos, son funcionarios del Ministerio de Salud
Pública y perciben una remuneración con carácter de complemento o incentivo,
por las mismas funciones que desempeñan como funcionarios de dicho Ministerio.
A estos se les suman, aquellos funcionarios contratados por la Comisión que
perciben una remuneración que no tiene naturaleza de complemento. La
información proporcionada por la Comisión y por A.S.S.E, referente al Programa
G “Apoyo a la Gestión de A.S.S.E., DI.GE.SA. y DI.GE.SE.”, refleja carencias en
cuanto a su integridad y precisión. En consecuencia, a juicio de las suscritas,
la información que manejan ambos, no
ofrece certeza respecto al total de funcionarios del M.S.P. que, a su vez,
perciben una retribución por parte de la Comisión.
· Las relaciones
jurídicas que se entablan con los profesionales y dependientes se encuentran
debidamente respaldadas en documentación que se mantiene organizada en legajos
individuales, en forma adecuada.
· A los
profesionales no asistenciales contratados por la Comisión se les aplica, por
extensión, un régimen de “Interrupción Transitoria de Actividades” previsto en
Convenios celebrados con FEMI y Sociedades Científicas, para profesionales
médicos.
· No existe un
único mecanismo para la selección e ingreso del personal, en algunos casos se
efectúan llamados a concurso para cubrir puestos en Centros Asistenciales y en
los que no se realiza por esta vía, ingresan a solicitud de las jerarquías del
Ministerio o con el aval de las mismas. Este último procedimiento evidencia
total discrecionalidad del jerarca, falta de transparencia y no brinda igualdad
de oportunidades.
· Se han entablado
un elevado número de reclamaciones laborales y civiles contra la Comisión y/o
el M.S.P. que han comprometido a la Comisión, en el período comprendido entre
los años 1998 y 2004, a abonar una suma de aproximadamente $ 38:218.000 como
resultado de sentencias condenatorias o transacciones realizadas en la órbita
judicial y $2:267.000, aproximadamente, por transacciones logradas en el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y conciliaciones ante Juzgados de
Conciliación.
VISTA, DESCARGOS
Y RESOLUCIÓN
En cumplimiento de lo
preceptuado por el art. 51 de la Ley Nº 16.736 de 05/01/96, se confirió vista
al Ministerio de Salud Pública con
fecha 13/05/05 y vencido el término legal no se presentaron descargos.
Se dictó Resolución por parte de la
Auditora Interna de la Nación adoptando las conclusiones de las Sras. Auditoras
y disponiendo el cumplimiento de las medidas necesarias y convenientes a la
regularidad de la gestión en la Comisión de Apoyo de los Programas
Asistenciales Especiales de A.S.S.E.
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El presente Informe de Actuaciones de la
Auditoría Interna de la Nación forma parte
del Diario Oficial Nº 26.822 de fecha
31 de agosto de 2005