Comisión Permanente de Normas Contables Adecuadas |
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Norma Internacional de Contabilidad N° 28 (NIC 28)
Contabilización de las Inversiones en Empresas Asociadas
Contenido
ALCANCE
DEFINICIONES
Influencia significativa
El método de la participación
El método del costo
ESTADOS FINANCIEROS
CONSOLIDADOS
ESTADOS FINANCIEROS
INDIVIDUALES DEL INVERSIONISTA
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE
LA PARTICIPACIÓN
Pérdidas por deterioro
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CONTINGENCIAS
INFORMACIÓN A REVELAR
FECHA DE VIGENCIA
Se han emitido las siguientes Interpretaciones SIC que
tienen relación con la NIC 28, se trata de las:
. SIC-3 Eliminación de Pérdidas y Ganancias no Realizadas en Transacciones con Asociadas; y
. SIC-20 Método de la participación - Reconocimiento de pérdidas.
. SIC-33 Consolidación y Método de la Participación - Derechos de Voto
Potenciales y Distribución de Participaciones en la Propiedad
| La Norma Internacional de Contabilidad 28 Contabilización de las Inversiones en Empresas Asociadas (NIC 28) está contenida en los párrafos
1 a 31. Todos los párrafos tienen igual valor normativo, si bien la Norma
conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el IASB. La NIC 28
debe ser entendida en el contexto del Prólogo
a las Normas Internacionales de Información Financiera y del Marco Conceptual
para la Preparación v Presentación de los Estados Financieros. En los mismos se suministran las
bases para seleccionar y aplicar las políticas contables que no cuenten con
directrices específicas. |
Alcance
1. Esta Norma debe
ser aplicado en la contabilización, por parte de un inversionista, de las
inversiones en empresas asociadas.
2. Esta Norma reemplaza a la NIC 3 Estados Financieros Consolidados, en lo que dicha Norma contiene sobre tratamiento contable de
las inversiones en empresas asociadas.
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Contenido
Definiciones
3. Los siguientes términos se usan, en la presente
Norma, con el significado que a continuación se especifica:
Una asociada es una empresa en la que el inversionista posee influencia significativa,
pero no es una empresa subsidiaria ni un negocio conjunto para el mismo.
Influencia significativa es el poder de intervenir en las decisiones de
política financiera y de operación de la empresa participada, sin llegar a
tener el control sobre la misma.
Control (para los propósitos de la Norma) es el poder de dirigir las
políticas financiera y de operación de una empresa, para obtener beneficios de
sus actividades.
Una subsidiaria es una empresa controlada por otra (denominada
controladora).
El método de la participación es un método de contabilización según el cual la
inversión se registra inicialmente al costo, y es ajustada posteriormente en
función de los cambios que experimenta, tras la adquisición, la porción de
activos netos de la empresa que corresponde al inversionista. El estado de
resultados recoge la proporción de los resultados de las operaciones de la
empresa participada que corresponde al inversionista.
El método del costo es un método de contabilización según el cual la
inversión se registra al costo de adquisición. El estado de resultados recoge
ingresos de la inversión sólo en la medida en que el inversionista recibe el
producto de la distribución de ganancias acumuladas, por la empresa
participada, tras la fecha de adquisición.
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Influencia
significativa
4. Se presume que el inversionista
ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente a través de
sus subsidiarias, el 20 % o más de los derechos de voto de la empresa
participada, salvo que dicho inversionista pueda demostrar claramente la
inexistencia de tal influencia. A la inversa, se presume que el inversionista
no ejerce influencia significativa si posee, directa o indirectamente a través
de sus subsidiarias, menos del 20 % de
los derechos de voto de la empresa participada, salvo que dicho inversionista
pueda demostrar la existencia de dicha influencia. La coexistencia de otro
inversionista, que posea una parte mayoritaria o substancial de la propiedad de
la participada, no impide que un determinado inversionista pueda ejercer
influencia significativa.
5. Usualmente, el ejercicio de influencia
significativa, por parte de un inversionista, se pone en evidencia por una o
varias de las siguientes vías:
(a) representación en el órgano de administración u órgano
equivalente de dirección de la empresa participada;
(b) participación en el proceso de fijación de
políticas;
(c) transacciones de importancia entre el inversionista
y la empresa participada;
(d) intercambio de personal directivo; o
(e) suministro de información técnica esencial.
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Método de la participación
6. Bajo el método de la
participación, la inversión se registra inicialmente al costo, incrementando
posteriormente su importe en libros para reconocer la parte que le corresponde
al inversionista en las pérdidas o ganancias obtenidas, por la empresa
participada, tras la fecha de adquisición. Las distribuciones de ganancias
retenidas recibidas de la empresa participada, reducen el importe en libros de
la inversión. Pueden también necesitarse otros ajustes del importe en libros de
la inversión, para recoger las alteraciones de la porción del inversionista del
patrimonio neto de la participada que no hayan pasado por el estado de
resultados. Entre estos cambios se incluyen los derivados de la revaluación de
las propiedades, planta y equipo, de las inversiones, de las variaciones en las
tasas de cambio de las divisas y de los ajustes por las diferencias surgidas en
la combinación de negocios.
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Método del costo
7. Bajo el método del costo, el inversionista
registra al costo de adquisición su inversión en la empresa participada. El
inversionista reconoce ingresos sólo en la medida en que recibe las
distribuciones de ganancias acumuladas de la empresa participada, tras la fecha
de adquisición por parte del inversionista. Los repartos de dividendos por
encima de tales ganancias acumuladas se consideran recuperación de la
inversión, y por tanto se registran como una disminución en el costo de la
misma.
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Estados
financieros consolidados
8. La inversión en una empresa asociada debe
contabilizarse, en los estados financieros consolidados, siguiendo el método de
la participación, excepto cuando:
(a) la inversión
haya sido adquirida, y se mantenga, exclusivamente con vistas a su posterior desapropiación
en un futuro próximo; o bien
(b) opera bajo
restricciones severas a largo plazo, que deterioran significativamente sus
posibilidades de transferir fondos a la inversora.
Tales inversiones deben contabilizarse de acuerdo
con la NIC 39 Instrumentos Financieros:
Reconocimiento y Medición.
9. El reconocimiento de ingresos por
las distribuciones de ganancias retenidas recibidas, puede no resultar una
medida adecuada de la ganancia devengada por el inversionista en la inversión,
ya que tales dividendos pueden tener escasa o nula relación con el rendimiento
de la empresa asociada. Puesto que el inversionista ejerce influencia
significativa sobre la asociada, tiene un cierto grado de por el desempeño de
su asociada y, como consecuencia, sobre la rentabilidad de su inversión. El
inversionista contabilizará el ejercicio de tal influencia, extendiendo el
alcance de sus estados financieros consolidados, para incluir en ellos su parte
de los resultados de la asociada proporcionando un análisis de ganancias e inversión,
con el cual pueden calcularse indicadores financieros más útiles. Por ello, la
aplicación del método de la participación proporciona datos de mayor valor
informativo con respecto a los activos netos y la ganancia neta del
inversionista.
10. [Eliminado]
11. El inversionista debe cesar en la aplicación del
método de la participación desde la fecha en que:
(a) deje de tener influencia significativa en la empresa
asociada, conservando, ya sea en su totalidad o en parte, la inversión
correspondiente; o bien
(b) el uso del
método de la participación deje de ser el apropiado, porque la empresa asociada
opera bajo restricciones severas a largo plazo, que deterioran
significativamente su capacidad para transferir fondos al inversionista.
El importe en
libros de la inversión en tal fecha debe considerarse, de entonces en adelante,
como su costo.
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Contenido
Estados
financieros individuales del inversionista
12. La inversión
en una empresa asociada, incluida en los estados financieros individuales de un
inversionista que, simultáneamente, presenta estados consolidados, y que no se
mantiene exclusivamente con vistas a su desapropiación en un futuro próximo,
debe ser:
(a) llevada contablemente al costo;
(b) contabilizada utilizando el método de la participación,
según se describe en esta Norma; o bien
(c) contabilizada como activo financiero disponible para
la venta, según se describe en la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y
Medición.
13. La presentación de estados financieros consolidados,
por sí misma, no cancela la necesidad de presentar estados financieros
individuales por parte del inversionista.
14. La inversión en una empresa asociada, que se incluye
en los estados financieros de una empresa inversionista que no emite estados
financieros consolidados, debe ser:
(a) llevada contablemente al costo;
(b) contabilizada utilizando el método de la
participación, según se describe en esta Norma, si este método de
contabilización hubiera sido el apropiado en el caso de que la empresa
inversionista hubiera emitido estados consolidados; o bien
(c) contabilizarse
como activo financiero disponible para la venta o como activo financiero negociable, según las definiciones y descripciones de los métodos correspondientes de la NIC 39 Instrumentos Financieros:
Reconocimiento y Medición.
15. Un inversionista en empresas asociadas puede no
emitir estados financieros consolidados porque carece de subsidiarias. No
obstante, es apropiado que tal inversionista proporcione la misma información, sobre
sus inversiones en empresas asociadas, que las empresas que presentan estados
consolidados.
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Contenido
Aplicación del
método de la participación
16. Muchos de los procedimientos necesarios para la
aplicación del método de la participación, son similares a los procedimientos
de consolidación establecidos en la NIC 27 Estados
Financieros Consolidados y Contabilización de Inversiones en Subsidiarias. Además, al adquirir una inversión
en una empresa asociada, se adoptan los conceptos generales subyacentes a los
procedimientos empleados en la adquisición de una subsidiaria.
17. La inversión en una empresa asociada se contabiliza
por el método de la participación, desde el momento en que se cumplan las
condiciones de la definición de asociada. Al adquirirse la inversión, cualquier
diferencia, ya sea positiva o negativa, entre el costo de adquisición y la
porción correspondiente al inversionista del valor razonable de los activos
netos identificables de la asociada, se contabilizará de acuerdo con la NIC 22 Combinaciones de Negocios. Tras la adquisición, se realizarán
los ajustes correspondientes a la porción del inversionista de las ganancias y
pérdidas de la asociada, para tener en cuenta:
(a) la amortización de los activos depreciables, a
partir de sus valores razonables; y
(b) la amortización de la diferencia entre el costo de
la inversión y la porción del inversionista del valor razonable de los activos
netos identificables.
18. Al aplicar el método de la participación, se
utilizarán los estados financieros disponibles más recientes de la empresa
asociada. Usualmente, tales estados son los elaborados en la misma fecha que
los del inversionista. Frecuentemente, cuando las fechas de los estados
financieros del inversionista y de la asociada son diferentes, la empresa
asociada prepara, para su empleo por parte del inversionista, estados con las
mismas fechas que los del inversionista. Cuando sea impracticable esto último,
pueden usarse estados financieros con diferentes fechas. El principio de
uniformidad establece que la extensión de los periodos contables, así como
cualquier diferencia entre las fechas de cierre, deben conservarse de un
periodo a otro.
19. Si se utilizan estados financieros con diferentes
fechas, se registrarán ajustes para reflejar los efectos de cualquier evento significativo, o
transacciones entre la empresa asociada y el inversionista, que hayan ocurrido
entre la fecha de los estados financieros de la asociada y la fecha de los
estados financieros del inversionista.
20. Los estados financieros del inversionista se
preparan, normalmente, usando políticas contables uniformes para recoger
similares transacciones u otros eventos, producidos en circunstancias
parecidas. En muchos casos, si la empresa asociada utiliza políticas contables
diferentes de las usadas por el inversionista en circunstancias parecidas para
registrar transacciones y otros eventos similares, al aplicar el método de la
participación se registrarán los ajustes apropiados en los estados financieros
de la asociada. Si no resultase practicable calcular tales ajustes, por lo
general se procederá a informar de este hecho.
21. Si una empresa asociada tiene en circulación
acciones preferidas acumulativas, suscritas por terceros ajenos al
inversionista, éste calculará su parte de los resultados tras haber deducido el
importe de los dividendos preferidos, háyanse o no declarado estos dividendos.
22. Si al aplicar el método de la participación, la
porción del inversionista de las pérdidas de una empresa asociada iguala o
sobrepasa al importe en libros de la inversión, el inversionista normalmente
dejará de incluir su parte en las pérdidas. La inversión se presenta con un
valor nulo. Las pérdidas adicionales serán objeto de provisión en la medida en
que el inversionista haya incurrido en deudas, o hecho pagos por cuenta de la
asociada, para satisfacer las obligaciones de ésta que el propio inversionista
haya garantizado o avalado por otros medios. Si la empresa asociada arrojase ganancias en periodos
subsiguientes, el inversionista reanudará la inclusión, en el valor de la
inversión, de su parte de esas ganancias, pero sólo luego de que su porción de
las ganancias iguale a su porción de las pérdidas netas no reconocidas
previamente.
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Pérdidas por deterioro
23. Si existiera una indicción de que el valor de la
inversión en una asociada puede haberse deteriorado, la empresa aplicará la NIC
26 Deterioro del Valor de los Activos. Al objeto de determinar el valor en
uso de la inversión, la empresa procederá a estimar:
(a) su parte en el valor presente de
los flujos de caja futuros que se espere vaya a generar la empresa participada
en su conjunto, incluyendo los flujos de efectivo de las operaciones de la
participada y el importe a obtener por la desapropiación final de la inversión;
o
(b) el valor presente de los flujos de efectivo futuros
que se esperen recibir de la participada, ya sea por dividendos o por la
desapropiación final de la inversión.
Bajo las hipótesis que resulten apropiadas, ambos
métodos dan el mismo resultado. Cualquier pérdida por deterioro del valor que
resulte para la inversión, se distribuirá de acuerdo con la NIC 36. Por tanto,
esta pérdida se distribuye primero a cualquier plusvalía comprada que pueda
existir (véase el párrafo 17).
24. El cálculo del valor recuperable de
las inversiones en asociadas se hace por cada una de las asociadas
individualmente, salvo en el caso de que la asociada en particular no sea capaz
de generar flujos de efectivo que sean en buena medida independientes de los
procedentes de otros activos de la empresa que presenta sus estados
financieros.
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Impuesto a las Ganancias
25. Los impuestos sobre las ganancias, que se deriven de
las inversiones en empresas asociadas, se registran según lo establecido en la
NIC 12 Impuesto a las Ganancias.
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Contingencias
26. De acuerdo con la NIC 37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes el inversionista revela:
(a) su parte de los pasivos contingentes y compromisos
importantes de una empresa asociada, sobre los cuales está obligado si aparecen
las contingencias señaladas; y
(b) aquéllos pasivos contingentes que surgen porque el
inversionista tiene responsabilidad solidaria por todas las deudas de la
asociada.
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Información a
revelar
27. Debe revelarse lo siguiente:
(a) una lista con el nombre y descripción apropiada de
las empresas asociadas significativas, incluyendo los porcentajes de
participación en la propiedad y, si fueran diferentes, las respectivas
proporciones de los derechos de voto poseídos; y
(b) los métodos usados para contabilizar tales
inversiones.
28. Las inversiones en
empresas asociadas, contabilizadas según el método de la participación, deben
clasificarse como activos fijos y presentarse como partida separada en el
balance de situación. La porción del inversionista en las ganancias y pérdidas
de tales inversiones, debe presentarse como partida separada en el estado de
resultados. Debe también revelarse, por separado, la porción que corresponde al
inversionista de las partidas extraordinarias o procedentes de periodos
anteriores.
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Fecha de vigencia
29. Salvo por lo que se refiere a tos párrafos 23 y 24,
esta Norma Internacional de Contabilidad tiene vigencia para estados
financieros que cubren periodos comenzados a partir del 1 de enero de 1990.
30. Los párrafos 23 y 24 de la Norma entran en vigencia
simultáneamente con la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos, es decir,
para estados financieros anuales que cubran periodos comenzados a partir del 1
de julio de 1999, a menos que la NIC 36 se aplique a periodos anteriores.
31. Los párrafos 23 y 24 de esta Norma fueron aprobados en julio de 1998, sustituyendo
a los antiguos párrafos 23 y 24 de la NIC 28 Contabilización de Inversiones
en Empresas Asociadas, reordenada en 1994.
32.
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