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Norma Internacional de Contabilidad N° 14 (NIC 14)
Información Financiera por Segmentos
Contenido
OBJETIVO
ALCANCE
DEFINICIONES
- Definiciones
procedentes de otras Normas Internacionales de Contabilidad
- Definiciones de segmento del negocio y de
segmento geográfico
- Definiciones de ingreso ordinario, gasto, resultado,
activos y pasivos de un segmento
IDENTIFICACIÓN DE SEGMENTOS SOBRE LOS QUE DEBE
INFORMARSE
- Formatos para información sobre segmentos
principales y secundarios
- Segmentos del negocio y segmentos geográficos
- Segmentos sobre los que debe informarse
POLÍTICAS CONTABLES EN LA INFORMACIÓN SOBRE
SEGMENTOS
INFORMACIÓN
A REVELAR
- Formato para los segmentos principales
- Información sobre los segmentos secundarios
- Ilustraciones de información por segmentos
- Otra información a revelar
FECHA
DE VIGENCIA
La Norma Internacional de Contabilidad 14 Información Financiera por
Segmentos (NIC 14) está contenida en los párrafos 1 a 84 y en los Apéndices A,
B y C. Todos los párrafos tienen igual valor normativo, si bien la Norma
conserva el formato IASC que tenía cuando fue adoptada por el IASB. La NIC 14
debe ser entendida en el contexto de su objetivo, del Prólogo a las Normas Internacionales de Información Financiera y del
Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros. En los mismos se suministran las
bases para seleccionar y aplicar las políticas contables que no cuenten con
directrices específicas.
Objetivo
El objetivo de esta Norma es el establecimiento de las políticas de
información financiera por segmentos -información acerca de los diferentes
tipos de productos y servicios que la empresa elabora y de las diferentes áreas
geográficas en las que opera-, con el fin de ayudar a los usuarios de los
estados financieros a:
(a) entender mejor el desempeño de la empresa en
el pasado;
(b) evaluar mejor los rendimientos y riesgos de
la empresa; y
(c) realizar juicios más informados acerca de la
empresa en su conjunto.
Muchas empresas suministran productos o servicios, u
operan en áreas geográficas que están sujetas a diferentes tasas de rendimiento,
oportunidades de crecimiento, expectativas de futuro y riesgos. La información
respecto a los diferentes tipos de productos y servicios de la empresa, así
como respecto a las distintas áreas geográficas -denominada a menudo
información segmentada-, es relevante para la evaluación de los rendimientos y
riesgos de una empresa diversificada o multinacional, pero no siempre se puede determinar a partir de los datos agregados.
Por tanto, la información segmentada se considera, generalmente, necesaria para
satisfacer las necesidades de los usuarios de los estados financieros.
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Contenido
Alcance
1. Esta Norma debe ser aplicada en los conjuntos completos de estados
financieros publicados que pretendan cumplir con las Normas Internacionales de
Contabilidad.
2. Un
conjunto completo de estados financieros comprende el balance, el estado de
resultados, el estado de flujos de efectivo, el estado de cambios en el
patrimonio neto y las notas explicativas, según se establece en NIC 1 Presentación de Estados Financieros.
3. Esta Norma debe ser
aplicada por las empresas cuyos títulos de capital o deuda se cotizan
públicamente o por empresas que se encuentran en el proceso de emitir títulos
para ser cotizados en mercados públicos de títulos.
4. La
revelación voluntaria de información financiera por segmentos se aconseja
también a las empresas que elaboran estados financieros cumpliendo con las
Normas Internacionales de Contabilidad pero cuyos títulos no cotizan en
mercados organizados.
5. Si una empresa, cuyos títulos
no tienen cotización pública, opta voluntariamente por la revelación de
información segmentada dentro de estados que cumplen con las Normas
Internacionales de Contabilidad, debe respetar íntegramente todos los
requisitos establecidos en esta Norma.
6. Si un informe financiero
contiene tanto los estados consolidados de una empresa cuyos títulos se cotizan
públicamente como los estados financieros individuales de la controladora o de
una o más de sus subsidiarias, sólo será necesario presentar la información
segmentada correspondiente a los datos consolidados. Si alguna de las
subsidiarias es a su vez empresa con cotización pública, deberá presentar
información segmentada en sus propios estados financieros separados.
7. De forma similar, si los
estados financieros individuales de una empresa cuyos títulos se cotizan
públicamente contienen, por separado, los de alguna empresa asociada o negocio
conjunto en la que aquélla posee participación que se contabiliza por el método
de participación, la información segmentada sólo debe presentarse para los
estados financieros de la primera. Si alguna de las empresas asociadas o
negocios conjuntos contabilizados por el método de participación tiene títulos
con cotización pública, deberá presentar información por segmentos dentro de
sus propios estados financieros.
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Definiciones
Definiciones procedentes de otras Normas Internacionales
de Contabilidad
8. Los siguientes términos se
usan, en presente Pronunciamiento, con los mismos significados especificados en
la NIC 7Estados de Flujo de Efectivo; la NIC 8 Ganancia o Pérdida Neta del
Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables, y la NIC 18 Ingresos Ordinarios:
Actividades de operación son las actividades que constituyen
la principal fuente de ingresos ordinarios de la empresa, así como otras
actividades que no puedan ser calificadas como de inversión o financiación.
Políticas contables son los principios,
bases, métodos, convenciones, reglas y procedimientos adoptados por la empresa
en la preparación y presentación de sus estados financieros.
Ingreso
ordinario es la entrada bruta de beneficios económicos, durante el periodo,
surgidos en el curso de las actividades ordinarias de una empresa, siempre que
tal entrada de lugar a aumentos del patrimonio neto, distintos de los
procedentes de aportaciones de los propietarios.
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Definiciones de segmento del negocio y de segmento
geográfico
9. Los términos segmento del
negocio y segmento geográfico se usan en esta Norma con los siguientes
significados:
Un segmento del negocio es un componente identificable de la
empresa, encargado de suministrar un único producto o servicio, o bien un
conjunto de ellos que se encuentran relacionados, y que se caracteriza por estar
sometido a riesgos y rendimientos de naturaleza diferente a los que
corresponden a otros segmentos del negocio dentro de la misma empresa. Los
factores que deben tenerse en consideración para determinar si los productos o
servicios están relacionados son, entre otros:
(a) la naturaleza de estos productos o servicios;
(b) la naturaleza de sus procesos de producción;
(c) el tipo o categoría de cliente de los productos o servicios;
(d) los métodos usados para
distribuir los productos o prestar los servicios; y
(e) si fuera aplicable, la
naturaleza del entorno regulatorio en el que opera la empresa, por ejemplo,
bancario, de seguros, o de servicios públicos.
Un segmento geográfico es un componente identificable de la
empresa, encargado de suministrar productos o servicios dentro de un entorno
económico específico, y que se caracteriza por estar sometido a riesgos y
rendimientos de naturaleza diferente a los que corresponden a otros componentes
operativos que desarrollan su actividad en entornos diferentes. Los factores
que deben tenerse en consideración para identificar segmentos geográficos son,
entre otros:
(a) la similitud de las
condiciones económicas y políticas;
(b) las relaciones entre las
operaciones de diferentes áreas geográficas;
(c) la proximidad de las actividades;
(d) los riesgos especiales
asociados con las operaciones en áreas específicas;
(e) las regulaciones sobre
control de cambios; y
(f) los riesgos de cambio
subyacentes.
Un segmento sobre el que debe informarse es un segmento del negocio o geográfico, identificado a partir de las
anteriores definiciones, para el cual es obligatorio revelar información por
segmentos, según las prescripciones de esta Norma.
10. Los factores dados en el
párrafo 9 para ayudar en la identificación de segmentos del negocio o geográficos,
no han sido listados siguiendo algún ordenamiento particular.
11. En un único segmento del
negocio no se incluirán productos y servicios que difieran, de forma
significativa, en cuanto a sus riesgos y rendimientos. Aunque pudiera haber
algunas diferencias respecto a uno o varios de los factores que se han
considerado en la definición de segmento del negocio, es de esperar que los
productos o servicios que se incluyan en un segmento en particular se comporten
de forma similar, en cuanto a la mayoría de los factores aludidos.
12. De manera similar, un
segmento geográfico no incluirá operaciones en entornos económicos con riesgos
y rendimientos que sean significativamente diferentes. Un segmento geográfico
puede ser un único país, un grupo de dos o más países, o bien una región dentro
de un país determinado.
13. La forma de organizar y
gestionar las empresas se ve afectada por los orígenes de los riesgos
inherentes a las mismas. Por lo tanto, el párrafo 27 de esta Norma establece
que tanto la estructura organizativa de la empresa como su sistema de
información interna son las bases para identificar los segmentos. Los riesgos y
rendimientos de la empresa están influidos tanto por la localización de sus operaciones (esto es, dónde se fabrican sus
productos o dónde residen las organizaciones que prestan sus servicios) como
por la localización de sus mercados (esto
es, dónde se venden sus productos o dónde se prestan sus servicios). La
definición permite que la identificación de los segmentos geográficos se base:
(a) en la localización de la
producción de la empresa o de los recursos y otros activos necesarios para
prestar los servicios; o
(b) en la localización de los
mercados y clientes.
14. Normalmente, las estructuras
organizativa e informativa internas de la empresa suministrarán evidencia sobre
si la causa más importante de sus riesgos geográficos radica en la localización
de los activos (el origen de sus ventas) o en la localización de los clientes
(el destino de sus ventas). De acuerdo con ello, la empresa considerará esta
estructura para determinar si sus segmentos geográficos deben basarse en la
localización de los activos o en la localización de sus clientes.
15. La determinación de la
composición de un segmento, ya sea de negocios o geográfica, supone poner en
juego una cierta dosis de criterio. Al realizar los juicios correspondientes,
la gerencia de la empresa habrá de tomar en cuenta tanto el objetivo del
suministro de información financiera segmentada, establecido en esta Norma,
como las características cualitativas de los estados financieros, identificadas
por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los Estados
Financieros del IASC. Entre estas características cualitativas se encuentran la
relevancia, la fiabilidad y la comparabilidad temporal de la información
financiera que se suministra sobre los diferentes grupos de productos y
servicios de la empresa, o sobre sus operaciones en áreas geográficas
particulares; y también se encuentra la utilidad de tal información para la
evaluación de los riesgos y rendimientos de la empresa tomada en su conjunto.
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Definiciones de ingreso ordinario,
gasto, resultado, activos y pasivos de un segmento
16. En esta Norma se utilizan,
además, los siguientes términos, con los significados que a continuación se
especifican:
El ingreso ordinario del segmento está formado por los ingresos
ordinarios que, figurando en el estado de resultados de la empresa, son
directamente atribuibles al segmento, más la porción relevante de los ingresos
ordinarios generales de la empresa que puedan ser distribuidos al mismo,
utilizando una base razonable de reparto, con independencia en ambos casos de
si las ventas correspondientes han sido realizadas a clientes externos o se deben
a transacciones con otros segmentos de la
misma empresa. En el ingreso ordinario del segmento no se incluyen:
(a) las partidas
extraordinarias;
(b) los ingresos ordinarios
por intereses o dividendos, incluidos los que procedan de anticipos o préstamos
a otros segmentos, salvo que las actividades del segmento sean de naturaleza
fundamentalmente financiera; o
(c) las ganancias procedentes
de ventas de inversiones o de las operaciones de rescate o extinción de una
deuda, salvo que las actividades del segmento sean de naturaleza
fundamentalmente financiera.
En el ingreso ordinario del
segmento se deben incluir las participaciones en las pérdidas o ganancias de
las empresas asociadas, negocios conjuntos u otras inversiones contabilizadas
mediante el método de participación, siempre y cuando tales partidas se
incluyan en los ingresos ordinarios consolidados o totales de la empresa.
Asimismo, el ingreso ordinario del segmento debe incluir la porción de
los ingresos ordinarios correspondientes a la empresa en los negocios
conjuntos, que se lleven contablemente utilizando el método de consolidación
proporcional, de acuerdo con la NIC 31 Información Financiera sobre los Intereses
en Negocios Conjuntos.
El gasto del segmento está formado por
los gastos derivados de las actividades de operación del mismo que le son
directamente atribuibles, más la porción relevante de gastos que puedan ser
distribuidos al segmento utilizando una base razonable de reparto, y comprende
tanto los gastos relativos a las ventas a los clientes externos, como los
gastos que se refieran a las transacciones realizadas con otros segmentos de la
misma empresa. En el gasto del segmento no se incluyen:
(a) las partidas
extraordinarias;
(b) los intereses, incluidos
los que procedan de anticipos o préstamos de otros segmentos, salvo que las
actividades del segmento sean de naturaleza fundamentalmente financiera;
(c) las pérdidas procedentes
de ventas de inversiones o de las operaciones de rescate o extinción de una
deuda, salvo que las actividades del segmento sean de naturaleza
fundamentalmente financiera;
(d) la participación de la
empresa en las pérdidas de las empresas asociadas, negocios conjuntos u otras
inversiones contabilizadas por el método de la participación;
(e) el gasto por el impuesto a
las ganancias; o
(f) los gastos generales de
administración, los correspondientes a la sede central u otros gastos que se
relacionan con el funcionamiento de la empresa como un todo. No obstante, en
ocasiones existen costos incurridos al máximo nivel de la empresa por cuenta de
un segmento. Tales costos serán gastos del segmento si están relacionados con
sus actividades de operación y pueden serle directamente atribuidos o
distribuidos según una base razonable de reparto.
El gasto del segmento debe incluir la porción de los gastos que
correspondan a la empresa en los negocios conjuntos, que contabilizan por el
método de consolidación proporcional, de acuerdo con la NIC 31 Información Financiera sobre los Intereses
en Negocios Conjuntos.
En los segmentos que sean de naturaleza
fundamentalmente financiera, los intereses positivos y negativos pueden ser
incluidos como una sola partida neta, en la información segmentada, sólo si
tales partidas se presentan también compensadas en los estados financieros,
individuales o consolidados, de la empresa.
El resultado del segmento es la
diferencia entre el ingreso ordinario del segmento y el gasto del mismo. Tal
diferencia debe presentarse antes de cualesquiera ajustes correspondientes a
los intereses minoritarios.
Los activos del segmento son los correspondientes a la
operación de la empresa, que el segmento emplea para llevar a cabo su
actividad, incluyendo tanto los directamente atribuibles al segmento en
cuestión como los que se puedan distribuir al mismo, utilizando bases
razonables de reparto.
Si
el resultado del segmento incluye ingresos ordinarios por intereses o
dividendos, sus activos correspondientes deben incluir las cuentas por cobrar, préstamos,
inversiones o cualesquiera otros activos productores de ingresos ordinarios.
En
los activos del segmento no deben incluirse los activos por impuestos a las
ganancias.
En
los activos del segmento se incluirán las inversiones que se contabilicen
utilizando el método de la participación, sólo si las pérdidas y ganancias
derivadas de tales inversiones se han incluido como ingreso ordinario del
segmento. Los activos del segmento incluyen la porción del participante en los
activos de la explotación de cualquier negocio conjunto que se contabilice por
el método de consolidación proporcional, de acuerdo con la Norma NIC 31
Información Financiera sobre los Intereses en Negocios Conjuntos.
Los activos del segmento se
presentan minorados por cualesquiera provisiones relacionadas con ellos,
siempre que las mismas sean objeto del mismo tipo de compensación en el balance
de situación de la empresa.
Los pasivos del
segmento son los correspondientes a la operación de la empresa, que se
derivan de las actividades operativas del segmento y que le son directamente
atribuibles o pueden asignársele utilizando bases razonables de reparto.
Si se han incluido en el
resultado del segmento gastos por intereses, los pasivos del segmento incluirán
las deudas originantes de tales intereses.
Los pasivos de un segmento
incluyen la porción que corresponda a la empresa participante en los pasivos de
los negocios conjuntos que se contabilicen por el método de consolidación proporcional,
de acuerdo con la NIC 31.
Los
pasivos del segmento no incluyen las deudas por impuestos a las ganancias.
Las políticas contables del segmento son las adoptadas para
elaborar y presentar los estados financieros del grupo consolidado o de la empresa,
así como todas las políticas contables que se relacionen específicamente con la información
financiera del segmento.
17. En las definiciones de
ingreso ordinario, gasto, activos y pasivos del segmento, se incluyen tanto los
importes de las partidas que le son directamente atribuibles, como los que
pueden asignárseles utilizando una base razonable de reparto. La empresa debe
considerar a su sistema interno de información financiera, como el punto de
partida para la identificación de las partidas citadas que puedan ser
atribuidas directamente o distribuidas razonablemente a los segmentos. Esto
quiere decir que se presume que las partidas identificadas con los segmentos, con
fines de información interna, son también directamente atribuibles o razonablemente
distribuibles a segmentos para la medición, en la información financiera
externa, del ingreso ordinario, del gasto, de los activos y de los pasivos de
cada segmento sobre los que deba darse información.
18. En algunos casos, sin
embargo, un ingreso ordinario, gasto, activo o pasivo puede haber sido asignado
a un segmento para los propósitos de la información financiera interna,
utilizando un criterio que, aunque válido y comprensible para la gerencia de la
empresa, podría ser considerado subjetivo, arbitrario o difícil de entender por
los usuarios externos de los estados financieros. Tal asignación de la partida
con el segmento podría no constituir una base razonable, según se ha
contemplado en las definiciones dadas en esta Norma de ingreso ordinario, gasto,
activos o pasivos del segmento. Inversamente, la empresa podría elegir, en su
sistema interno de información, no atribuir o distribuir entre los segmentos
alguna partida de ingreso ordinario, gasto, activos o pasivos, incluso aunque
existiera un criterio razonable para realizar tal asignación. En este caso, la
partida en cuestión habría de ser asignada a los segmentos como ingreso
ordinario, gasto, activos o pasivos del mismo, siguiendo las definiciones dadas
en la presente Norma.
19. Son ejemplos de activos de
un segmento los activos corrientes que el mismo utiliza en las actividades de
operación, las propiedades, planta y equipo, los activos en arrendamiento
financiero (véase la NIC 17 Arrendamientos) y los activos intangibles. Si se
incluye una determinada partida de depreciación o de amortización de un activo
como gasto del segmento, el activo correspondiente será también incluido entre
los activos del segmento. Los activos de un segmento no incluyen los activos
empleados para por la empresa para su oficina principal, ni los usados con
propósitos generales. Los activos del segmento incluyen los compartidos por dos
o más de ellos, siempre que exista un criterio razonable de reparto. Los
activos de un segmento incluirán la plusvalía comprada que sea directamente
atribuible al mismo o que pueda asignársele utilizando un criterio razonable,
en cuyo caso la depreciación de esta partida formará parte del gasto
correspondiente al segmento.
20. Dentro de los pasivos de
un segmento se encuentran, entre otros, las cuentas comerciales por pagar y
otras deudas de la operación, así como los pasivos acumulados (o devengados),
los anticipos de clientes, las provisiones por garantía de productos y otras
deudas relacionadas con provisiones derivadas de bienes y servicios. Los
pasivos del segmento no incluyen los prestamos recibidos, ni las deudas
relacionadas con activos en arrendamiento financiero (NIC 17), ni otras deudas
incurridas más con fines de financiación que operativos. Si los gastos
financieros de un segmento se incluyen en la determinación del resultado del
mismo, los pasivos que los originen se incluyen entre los pasivos del segmento.
Los pasivos de los segmentos cuya actividad no es fundamentalmente de carácter
financiero, no incluirán préstamos recibidos u otras deudas similares, puesto
que el resultado del segmento es una medida relacionada con la operación, más
que una ganancia o pérdida neta financiera. Es más, puesto que las deudas se
contratan con frecuencia de forma directa por la sede central de la empresa para
toda la organización, no es posible atribuir directamente, ni distribuir con
ningún criterio razonable, los pasivos que ocasionan costos financieros entre
los segmentos de la empresa.
21. La medición de los activos
y pasivos de un segmento incluirá los ajustes, correspondientes a los valores
en libros anteriores procedentes de otra compañía adquirida en una combinación
de negocios que se ha tratado como una adquisición, incluso en el caso de que
tales ajustes se hayan hecho sólo con motivo de la elaboración de los estados
financieros consolidados y no se hayan registrado ni en los estados financieros
de la controladora ni en los de la subsidiaria. De forma similar, si las
propiedades, planta y equipo han sido revaluados después de la adquisición, de
acuerdo con el tratamiento alternativo permitido en la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, los activos del segmento se determinarán teniendo en cuenta tal
revaluación.
22. En las Normas
Internacionales de Contabilidad se pueden encontrar algunas guías para el
reparto de costos. Por ejemplo, pueden verse los párrafos 8 a 16 de la NIC 2 Inventarios, para la atribución y reparto de costos a los inventarios; así
como los párrafos 16 a 21 de la NIC 11 Contratos
de Construcción, para la
atribución y reparto de costos a los contratos de este tipo. Estas guías pueden
resultar de utilidad al proceder a la atribución o reparto de costos entre los
segmentos de una empresa.
23. La NIC 7 Estados de Flujo de Efectivo, suministra
guías para clasificar los sobregiros bancarios como componentes del efectivo o
como préstamos.
24. Tanto el ingreso ordinario
como el gasto, así como los activos y pasivos del segmento, se determinarán
antes de la eliminación de los saldos y las transacciones intragrupo,
practicada en el proceso de consolidación, salvo en la medida en que estos
saldos o transacciones hayan sido realizados entre empresas del mismo segmento.
25. Aunque las políticas
contables utilizadas en la elaboración y presentación de los estados financieros
de la empresa en conjunto, constituyan la base de las políticas contables de
los segmentos, éstas incluirán además principios y políticas relacionadas
específicamente con la información segmentada, tales como la forma de
identificar segmentos, los métodos utilizados para fijar los precios de
transferencia entre ellos y las bases para la distribución de gastos e ingresos
ordinarios a los segmentos.
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Identificación de segmentos sobre los
que debe informarse
Formatos para información sobre
segmentos principales y secundarios
26. El origen y la naturaleza
predominantes de los riesgos y rendimientos de una empresa determinan si el
formato principal de sus segmentos, a efectos informativos, corresponde a los
segmentos del negocio o a los geográficos. En el caso de que los riesgos y
rendimientos antedichos se vean influidos, de forma predominante, por las
diferencias en los productos y servicios que elabora, su formato principal de
información segmentada debe ser el de segmentos del negocio, dando entonces una
importancia secundaria a la información segmentada geográficamente. De forma
similar, si los riesgos y rendimientos de la empresa se ven influidos de forma
predominante por el hecho de que opera en diferentes países o áreas
geográficas, su formato principal de información segmentada debe ser el de
segmentos geográficos, dando en tal caso una importancia secundaría a la
información segmentada por grupos de productos y servicios relacionados.
27. La organización interna y la
estructura de la gerencia de la empresa, así como su sistema interno de
información al órgano de administración y al ejecutivo principal, deben
constituir normalmente las bases para la identificación del origen y naturaleza
predominantes de los riesgos y diferentes tasas de rendimiento con los que se
enfrenta la empresa y, por tanto, para determinar qué formato informativo es el
principal y cuál otro es el secundario, salvo por lo establecido en los
apartados (a) y (b) siguientes:
(a) si los riesgos y rendimientos
de la empresa están fuertemente influidos tanto por las diferencias en los
productos y servicios que elabora, como por las diferencias en las áreas
geográficas en las que opera, tal como pone de manifiesto el hecho de que la
compañía adopta un "enfoque matricial" para la administración de la
empresa y para la preparación de información interna al órgano de
administración y al ejecutivo principal, entonces la empresa debe usar como
formato fundamental para la información segmentada externa el correspondiente a
los negocios, y como formato secundario el que se refiere a las zonas
geográficas; y
(b) si la organización y
gerencia interna de la empresa, y su correspondiente sistema interno de
información al órgano de administración y al ejecutivo principal no están
basados ni en productos o servicios, ya sean individuales o en grupo, ni en
áreas geográficas, los administradores y la gerencia de la empresa deben
determinar si los riesgos y rendimientos de la empresa están relacionados más
con los productos y servicios que elabora o con las áreas en las que opera y,
en consecuencia, deben escoger si el formato principal para la información
financiera externa es el de negocios o el de áreas geográficas, utilizando el
otro como formato secundario.
28. Para la mayoría de las
empresas, el origen predominante de los riesgos y rendimientos es la causa
determinante del modo en que la entidad se organiza y gestiona. Por ello, la
estructura de organización y gerencia de cada empresa, así como su sistema
interno de información, suministran la mejor evidencia respecto al origen
predominante de riesgos y rendimientos para elaborar su información segmentada.
Por tanto, salvo en circunstancias muy raras, la empresa producirá información
segmentada para sus estados financieros con los mismos criterios con que la
elabora internamente para el nivel gerencial más alto. Así, el origen
predominante de riesgos y rendimientos se convertirá en el formato principal de
información segmentada, mientras que el origen secundario de riesgos y rendimientos
se convertirá en el formato secundario para elaborar la información financiera
por segmentos.
29. Esta Norma no exige, pero
tampoco prohibe, una "presentación de tipo matricial" para la
información segmentada. La "presentación de tipo matricial", que
consiste en utilizar el formato principal tanto para la presentación de la
información de los segmentos de los negocios como de los segmentos geográficos,
dando información completa para cada uno de ellos, puede suministrar datos
útiles a los usuarios, siempre que los riesgos y rendimientos de la empresa
estén fuertemente influidos tanto por las diferencias en los productos y
servicios que elabora, como por las diferencias en las áreas geográficas en las
que opera.
30. En ciertos casos, la
organización y el sistema interno de información de la empresa, pueden haber
sido desarrollados sin relación con las diferencias en los tipos de productos y
servicios, y también sin correspondencia con las áreas geográficas en las que se
opera. Por ejemplo, la información interna puede estar organizada sólo por
entidades constituidas jurídicamente, lo que da lugar a segmentos internos
compuestos por grupos no relacionados de productos y servicios. En tales casos,
que suelen ser infrecuentes, los datos internos segmentados no cumplen el
objetivo fijado en esta Norma. Por tanto, el párrafo 27(b) exige que los
administradores y directivos de la empresa determinen si sus riesgos y
rendimientos están asociados más a los productos y servicios o a las áreas
geográficas, y a escoger entre los segmentos del negocio y los segmentos
geográficos, como base principal de la información segmentada. El propósito es
conseguir un grado razonable de comparabilidad con otras empresas, mejorar la
comprensibilidad de la información resultante y cubrir las necesidades ya
mencionadas de los inversionistas, prestamistas y demás interesados, en cuanto
se refiere a información sobre los riesgos y rendimientos que estén
relacionados, ya sea con los productos y servicios, ya con las áreas
geográficas de la empresa.
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Segmentos del negocio y segmentos geográficos
31. A los fines de la
preparación de información externa, los segmentos del negocio y los segmentos
geográficos de una empresa, deben ser iguales a las unidades organizativas para
las cuales se presenta información al órgano de administración y al ejecutivo
principal de la entidad para que éstos evalúen el rendimiento pasado de la
unidad y tomen decisiones respecto de futuras asignaciones de recursos, excepto
en el caso contemplado por el párrafo 32.
32. Si la estructura
organizativa y gerencial de una empresa, y su sistema de información financiera
interna para el órgano de administración y para el ejecutivo principal, no
están basados ni en productos y servicios, o grupos de éstos, ni en áreas
geográficas, el párrafo 27(b) exige que los administradores y la gerencia de la
empresa hagan la elección entre segmentos del negocio o geográficos como
formato principal de la información financiera externa, a partir de la evaluación
de cuál de ellos refleja mejor el origen de los riesgos y rendimientos de la
entidad, dejando al otro formato de información segmentada como secundario. En
este caso, los administradores y gerentes de la empresa deberán determinar sus
segmentos del negocio y geográficos, para fines de información externa, a
partir de los factores que se contienen en la definición dada en el párrafo 9
de esta Norma, dejando aparte su sistema interno de información al órgano de
administración y al ejecutivo principal, de forma que se cumpla lo recogido en
los siguientes tres puntos:
(a) si uno o más de los
segmentos que componen la información interna al órgano de administración y al
director general, es un segmento del negocio o geográfico, según los factores
incluidos en las definiciones del párrafo 9, pero los otros segmentos no lo
son, lo establecido en el apartado (b) que sigue deberá ser aplicado sólo a los
segmentos de información interna que no cumplan la definición del párrafo 9 (o
lo que es igual: todo segmento interno que cumpla la definición, no debe volver
a ser segmentado para elaborar la información externa);
(b) para aquéllos segmentos de
la información interna, elaborada para los administradores y directivos, que no
satisfagan las definiciones del párrafo 9, la gerencia de la empresa debe
buscar el nivel inmediato inferior de segmentación interna que presente
información sobre líneas de productos y servicios o sobre líneas geográficas
que sean adecuadas de acuerdo con las definiciones de dicho párrafo; y
(c) si los segmentos de menor
nivel, determinados siguiendo el apartado anterior, cumplen con la definición
de segmento del negocio o segmento geográfico, según lo exigido por los
factores del párrafo 9, deben aplicarse a los mismos los criterios que para la
identificación de segmentos están recogidos en los párrafos 34 y 35.
33. Según lo preceptuado en
esta Norma, la mayoría de las empresas identificarán sus segmentos del negocio
y geográficos con las unidades organizativas para las cuales se elabora la
información que utiliza el órgano de administración (en particular los
administradores no ejecutivos con funciones de supervisión, si existieran) y el
ejecutivo principal (que es quién toma las decisiones habitualmente, y puede
ser una persona o un grupo de ellas) para evaluar el rendimiento pasado de la
unidad y tomar decisiones respecto de la asignación futura de recursos. Incluso
si la empresa debiese aplicar lo establecido en el párrafo 32, porque sus
segmentos internos no reflejan las líneas del negocio o las geográficas,
procederá a buscar el nivel inmediatamente inferior de segmentación interna que
suministre la información requerida sobre los segmentos, más que a construirlos
con el único propósito de elaborar información financiera externa. Este
enfoque, que consiste en identificar los segmentos del negocio y geográficos a
partir de la estructura organizativa y directiva de la empresa y de su sistema
de información interna, se denomina en ocasiones "enfoque gerencial",
y los componentes organizativos para los cuales se suministra información
interna se denominan "segmentos operativos".
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Segmentos sobre los que debe informarse
34. Si dos o más segmentos, ya
sean del negocio o geográficos, utilizados para fines de información interna,
son esencialmente similares, pueden combinarse como uno solo a efectos de
información externa. Dos o más segmentos del negocio o geográficos son
esencialmente similares sólo si:
(a) ambos observan pautas
similares de rendimiento a largo plazo; y
(b) son además similares
respecto a todos los factores aplicables del párrafo 9 de esta Norma.
35. Un segmento del negocio o
geográfico deberá ser identificado como un segmento sobre el que debe
informarse en los estados financieros, si la mayor parte de sus ingresos
ordinarios proceden de ventas a clientes externos y:
(a) sus ingresos ordinarios
procedentes de ventas a clientes y de transacciones con otros segmentos son
iguales o superiores al 10% de los ingresos ordinarios totales, externos e
internos, de todos los segmentos; o
(b) su resultado, ganancia o
pérdida, es igual o superior al 10% del resultado combinado de todos los
segmentos con ganancias o del correspondiente a los que tienen pérdidas, el que
fuere mayor en valor absoluto; o bien
(c) sus activos son iguales o
superiores al 10% de los activos totales de todos los segmentos.
36. En el caso de que un
segmento, utilizado para propósitos de información interna, esté por debajo de
todos los límites de tamaño relativo establecidos en el párrafo 35:
(a) tal segmento puede ser
considerado como uno sobre el que se debe ofrecer información, con
independencia de su tamaño;
(b) si no fuera considerado
como segmento sobre el que debe informarse, con independencia de su tamaño, tal
segmento podrá ser combinado con otro u otros similares que estén también bajo
los límites de tamaño del párrafo 35, con el fin de formar un único segmento
para utilizar en la información externa (dos o más segmentos del negocio o
geográficos son similares si comparten la mayoría de los factores aplicables de
entre los que se encuentran en la definición dada en el párrafo 9); y
(c) si tal segmento no es
objeto de información por separado ni combinado con otros para tal fin, deberá
ser incluido en la información financiera entre las partidas de conciliación no
asignadas.
37. Si el total de los
ingresos ordinarios, asignados a los segmentos sobre los que se informe,
constituye menos del 75% del ingreso ordinario consolidado o individual de la
empresa, deberán identificarse segmentos adicionales, incluso si éstos no
cumplen los límites de tamaño establecidos en el párrafo 35, hasta que la suma
de los ingresos ordinarios de los segmentos sobre los que se informa sea como
mínimo el 75% del total de los ingresos ordinarios, individuales o consolidados
de la empresa.
38. Los límites cuantitativos
del 10%, establecidos en la Norma, no pretenden constituir una guía para
determinar el nivel de importancia relativa en ningún otro aspecto distinto de
la identificación de los segmentos del negocio o geográficos sobre los que debe
darse información.
39. Al limitar los posibles
segmentos sobre los que debe informarse a aquéllos que obtengan la mayor parte
de sus ingresos ordinarios por ventas a clientes externos, esta Norma no exige
que sean identificadas, como segmentos de negocios separados, las diferentes
fases de las operaciones integradas verticalmente. No obstante, en algunos
sectores industriales, es práctica corriente informar sobre ciertos negocios
integrados verticalmente como segmentos separados, aun en el caso de que no
generen ingresos ordinarios significativos por ventas externas. Por ejemplo,
muchas compañías petrolíferas multinacionales informan sobre sus actividades de
exploración-producción (transacciones ascendentes) y sus actividades de
refino-comercialización (transacciones descendentes) como si fueran segmentos
separados, aunque la mayor parte o la totalidad del petróleo crudo extraído sea
transferido a los segmentos que efectúan el refino.
40. Esta Norma aconseja, pero
no exige, la presentación voluntaria de información sobre los negocios
integrados verticalmente en forma de segmentos separados, suministrando las
descripciones apropiadas sobre los mismos, incluyendo los criterios para la
fijación de los precios de transferencia inter-segmentos, tal como se lo
requiere en el párrafo 75.
41. Si en el sistema de información interna de la empresa los negocios
integrados verticalmente se tratan como segmentos separados, y la empresa elige
no tratarlas externamente como segmentos del negocio independientes, el
segmento que vende debe ser combinado con el segmento o segmentos que compran
para formar segmentos para la información externa sobre los que debe
informarse, salvo en el caso de que no existía un criterio razonable para
hacerlo, en cuyo caso el segmento vendedor sería incluido como una partida de
conciliación no asignada.
42. Todo segmento sobre el que
deba informarse por separado en el período precedente por satisfacer alguno de
los límites del 10% establecidos en esta Norma, debe continuar siendo un segmento
sobre el que debe informarse en el período presente, si la gerencia de la
empresa juzga que sigue siendo significativo, aunque sus ingresos ordinarios,
resultados o activos no superen ya el límite citado.
43. Si un segmento ha sido
identificado, en el período presente, como segmento sobre el que se debe
informar porque satisface uno de los límites del 10%, la información segmentada
del período anterior que se presente a efectos comparativos debe ser
reformulada para reflejar el nuevo segmento sobre el que se debe informar como
un segmento separado, aun en el caso de que ese segmento no superase en los
períodos anteriores los límites pertinentes, salvo cuando sea imposible obtener
tal información.
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Políticas contables en la información sobre
segmentos
44. La información segmentada
debe prepararse de acuerdo con las políticas contables adoptadas para preparar
y presentar los estados financieros de la empresa, sean éstos individuales o
consolidados.
45. Se presume que las
políticas contables que los administradores y la gerencia de la empresa han
escogido para su utilización en la preparación de sus estados financieros
individuales o consolidados, son los que ellos creen más apropiados para los
propósitos de información externa. Puesto que el propósito de la información
segmentada es ayudar a los usuarios de los estados financieros a comprender
mejor y formarse juicios más informados sobre la empresa tomada en su conjunto,
esta Norma exige la utilización, en la preparación de la información por
segmentos, de las mismas políticas contables elegidas por los administradores y
la gerencia de la empresa. Sin embargo, esto no significa que las políticas
contables, ya sean consolidadas o de la empresa individual, vayan a ser
aplicadas a los segmentos identificados como si éstos fueran entidades
contables aisladas. Cualquier cifra procedente de un cálculo de detalle,
realizado para aplicar un criterio contable determinado para toda la empresa,
puede ser objeto de reparto a los segmentos si existe un criterio razonable
para hacerlo así. Por ejemplo, los cálculos sobre costos por planes de
pensiones se realizan con frecuencia para la empresa en conjunto, pero las
cantidades resultantes pueden ser distribuidas entre los segmentos tomando como
base los salarios o los datos demográficos correspondientes a aquéllos.
46. Esta Norma no prohibe la
presentación de informaciones adicionales que versen sobre los segmentos, y se
preparen utilizando políticas contables distintas a las utilizadas en los
estados financieros individuales o consolidados, siempre que (a) la información
sea presentada internamente ante el órgano de administración y el ejecutivo
principal para sus tomas de decisiones acerca de la asignación de recursos
económicos a los segmentos y para evaluar su rendimiento, y (b) se describan
claramente los criterios de medición de esta información adicional.
47. Los activos que sean
utilizados conjuntamente por dos o más segmentos deben ser distribuidos entre
los mismos si, y sólo si, los ingresos ordinarios y gastos relacionados con dichos
activos son también objeto de reparto entre los segmentos.
48. La forma de distribuir las
partidas de activos, pasivos, gastos e ingresos entre los segmentos dependerá
de factores tales como la naturaleza de estas partidas, las actividades
llevadas a cabo por el segmento y su autonomía relativa. No es posible, o no es
adecuado, especificar una única forma de realizar este reparto a ser adoptada
por todas las empresas. Tampoco es adecuado forzar la distribución de las
partidas de activos, pasivos, gastos o ingresos, que se relacionen en conjunto
con dos o más segmentos, si la única base para realizar tal reparto es
arbitraria o de difícil comprensión. Por otra parte, las definiciones de ingreso
ordinario, gasto, activos y pasivos del segmento están interrelacionadas, y el
reparto resultante de estas partidas debe ser coherente. Por ello, los activos
utilizados conjuntamente se repartirán entre los segmentos si, y sólo si, sus
correspondientes gastos e ingresos ordinarios también son objeto de
distribución a los segmentos. Por ejemplo, los elementos de las propiedades,
planta y equipo se incluirán entre los activos correspondientes a un segmento
si, y sólo si, las depreciaciones y amortizaciones que estén relacionadas con
el mismo se deducen del resultado del segmento.
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Información a
revelar
49. En los párrafos 50 a 67 se
especifica el contenido de las informaciones a revelar para los tipos de
segmentos sobre los que debe informarse considerando el formato aplicable a los
segmentos primarios de la empresa. En los párrafos 68 a 72 se especifican las
informaciones a revelar para los segmentos identificados como secundarios. Se
aconseja que las empresas presenten todas las informaciones a revelar exigidas
para los segmentos principales y contenidas en los párrafos 50 a 67, también
para los tipos de segmentos considerados como secundarios, aunque los párrafos
68 a 72 requieran para éstos mucha menos información a revelar. Los párrafos 74
a 83 contienen otras consideraciones y obligaciones acerca de la información a
revelar sobre los segmentos. En el Apéndice B de esta Norma se ilustra la
aplicación de todas estas reglas sobre información a revelar.
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Formato
para los segmentos principales
50. Las obligaciones en
materia de información a revelar de los párrafos 51 a 67, deben aplicarse a
cada segmento sobre el que debe informarse, basado en el formato principal de
información de la empresa.
51. La empresa debe revelar el
ingreso ordinario de cada uno de los segmentos sobre los que deba informar,
exponiendo separadamente las ventas a los clientes externos y los ingresos
ordinarios del segmento que proceden de transacciones con otros segmentos de la
empresa.
52. La empresa debe revelar el
resultado obtenido por cada uno de los segmentos sobre los que deba informar.
53. Las
empresas que, sin recurrir a repartos arbitrarios, puedan calcular una ganancia
o una pérdida neta o cualquier otra medida del desempeño del segmento distinta
a su resultado, son instadas a la publicación de esa cifra, convenientemente
explicada, adicionalmente al resultado del segmento calculado con las
correspondientes distribuciones de ingresos ordinarios y gastos. Si dicha cifra
se prepara empleando políticas diferentes a las adoptadas para sus estados
financieros individuales o consolidados, la empresa incluirá en su información
financiera una descripción clara de tales políticas.
54. Un
ejemplo de medida del rendimiento del segmento, previo al resultado del mismo
en el estado de resultados, es el margen bruto sobre ventas. Ejemplos de
medidas del desempeño del segmento, posteriores al resultado del mismo en el
estado de resultados, son la ganancia o la pérdida neta por las actividades
ordinarias (antes o después de impuestos sobre las ganancias) y la ganancia o
la pérdida neta del periodo.
55. La empresa debe revelar,
para cada uno de los segmentos sobre los que debe informar, el importe en
libros de los activos que le corresponden.
56. La empresa debe revelar
los pasivos correspondientes a cada uno de los segmentos sobre los que debe
informar.
57. La empresa debe revelar,
para cada uno de los segmentos sobre los que debe informar, el costo total
incurrido en el periodo para adquirir activos del segmento cuya duración esperada
sea mayor de un periodo contable (propiedades, planta y equipo y activos
intangibles). Aunque esta cifra es denominada, en ocasiones, inversiones de
capital o desembolsos de capital, su medición debe hacerse empleando la base de
acumulación (o devengo), y no una base de caja.
58. La empresa debe revelar,
para cada uno de los segmentos sobre los que debe informar, el importe total de
gasto por depreciación y amortización de los activos, que se haya incluido en
la determinación del resultado del segmento.
59. Se aconseja pero no se
obliga a las empresas a revelar información sobre la naturaleza e importe de
todas y cada una de las partidas de ingreso ordinario y gasto, incluidas en la
determinación del resultado del mismo, que sean de tal magnitud, cualidad o incidencia,
que su conocimiento sea relevante para explicar el rendimiento de cada uno de
los segmentos sobre los que se deba informar en el periodo.
60. La NIC 8 exige que
"cuando alguna de las partidas de ingresos y gastos, de las que conforman
la ganancia o la pérdida de las actividades ordinarias, son de tal magnitud,
cualidad o incidencia en la entidad, que la información respecto a ellas es
relevante para explicar el comportamiento de la empresa en el periodo, la
naturaleza e importe de tales partidas debe ser objeto de información por
separado en los estados financieros". La misma NIC 8 ofrece una variedad
de ejemplos, entre los que se incluyen las rebajas de valor de los inventarios
o de los elementos de las propiedades, planta y equipo, las provisiones para
reestructuración, las desapropiaciones de propiedades, planta y equipo o de
inversiones a largo plazo, las operaciones discontinuadas, las liquidaciones
por litigios y la reversión de las provisiones. En el párrafo 59 no se pretende
cambiar la clasificación de tales partidas de ingreso ordinario o gasto, desde
ordinarias a extraordinarias (tal y como están definidas en la NIC 8), ni
tampoco cambiar la medición de las mismas. Sin embargo, la revelación de la
información allí aconsejada modifica el nivel al cual se evalúa, para
propósitos de revelación de información en los estados financieros, la
significación de tales partidas, desde el nivel general de la empresa hasta el
nivel del segmento correspondiente.
61. La empresa debe revelar información, respecto de cada segmento sobre
el que deba informar, sobre el importe total de los gastos que no han dado
lugar a salida de efectivo y se han incluido en la determinación del resultado
del segmento, distintos de los correspondientes a amortización y depreciación,
cuya mención separada se exige en el párrafo 58.
62. La NIC 7 Estados de Flujo de Efectivo, exige que la empresa presente un
estado de flujo de efectivo que informe, por separado, sobre los flujos
líquidos procedentes de actividades ordinarias, de inversión y de financiación.
En la NIC 7 se hace notar que, para comprender en general la posición financiera, la liquidez y los
flujos de efectivo de la empresa, es relevante la información sobre los flujos
de efectivo de cada segmento industrial o geográfico sobre los que se deba
informar. La NIC 7 aconseja que las empresas presenten esta información. Esta
Norma también aconseja revelar información acerca de los flujos de efectivo por
segmento que menciona la NIC 7. Además, aconseja a las empresas que presenten
las partidas significativas de ingresos ordinarios que, no habiéndose liquidado
en efectivo, se hayan incluido en el ingreso ordinario del segmento y, por
tanto, se hayan tenido en cuenta para calcular el resultado del mismo.
63. La empresa que suministre
las informaciones sobre flujos de efectivo segmentados, según lo insta la NIC 7
Estados de Flujo de Efectivo, no está obligada a presentar también las
informaciones referentes a las depreciaciones y amortizaciones mencionadas en
el párrafo 58, ni los gastos que no han dado lugar a salidas de efectivo
mencionados en el párrafo 61.
64. La empresa debe revelar,
para cada segmento sobre el que deba informar, la cifra agregada de
participación en la ganancia o en la pérdida neta de las empresas asociadas,
negocios conjuntos u otras entidades que se contabilicen por el método de la
participación, siempre y cuando las operaciones de esas empresas estén,
esencialmente, dentro del segmento en cuestión.
65. Aunque
la información a revelar de las participaciones en los resultados de las
empresas asociadas, negocios conjuntos u otras entidades contabilizadas por el
método de la participación se haga en una sola partida, la determinación de si
la relación y las operaciones de esas empresas se llevan fundamentalmente por un
solo segmento, se hará de forma individualizada para cada una de ellas.
66. Si la empresa revela, para
cada uno de los segmentos pertinentes, información agregada sobre su
participación en la ganancia o la pérdida neta en sus empresas asociadas,
negocios conjuntos y otras entidades contabilizadas por el método de la
participación, ha de presentar también, en la información del segmento, el
importe agregado que corresponda a las inversiones en tales empresas.
67. La empresa debe presentar
una conciliación entre la información correspondiente a cada uno de los
segmentos y la información agregada que aparece en los estados financieros,
individuales o consolidados de la entidad. En esta conciliación, el ingreso
ordinario de los segmentos debe ser conciliado con los ingresos ordinarios que
la empresa ha obtenido de sus clientes externos (eventualmente, se incluirá
aquí el importe de los ingresos ordinarios que la entidad ha obtenido por
ventas externas, que no figuren en ningún segmento); el resultado del segmento
debe ser conciliado con la cifra comparable de ganancia por las operaciones de
la empresa en su totalidad, así como con la ganancia o pérdida neta de la
empresa; los activos del segmento deben ser objeto de conciliación con los de
toda la empresa y los pasivos de los segmentos deben ser objeto de conciliación
con los pasivos totales de la misma.
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Información sobre los segmentos secundarios
68. En los párrafos 50 a 67 se
identifican las exigencias de información a revelar aplicables a cada segmento
sobre el que se informe, utilizando el formato informativo principal. En los
párrafos 69 a 72 se identifican las exigencias informativas aplicables a cada
segmento sobre el que se informe, utilizando el formato secundario de
información, con el siguiente detalle:
(a) si el formato principal para la información a
revelar segmentada de la empresa corresponde a segmentos del negocio, las
informaciones a suministrar en el formato secundario se describen en el párrafo
69;
(b) si el formato principal para la información segmentada
de la empresa corresponde a segmentos geográficos, determinados a partir de la
localización de los activos (esto es, lugares donde se elaboran los productos o
donde están establecidos los recursos para prestar los servicios), las
informaciones a suministrar en el formato secundario se describen en los
párrafos 70 y 71; y
(c) si el formato principal para la información
segmentada de la empresa corresponde a segmentos geográficos, determinados a
partir de la localización de los clientes (esto es, lugares donde se venden los
productos o donde se prestan los servicios), las informaciones a suministrar
dentro del formato secundario se describen en los párrafos 70 y 72.
69. Si el formato principal de
la información financiera por segmentos de la empresa está constituido por los
segmentos del negocio, también deberá darse la siguiente información:
(a) ingreso ordinario del
segmento procedente de clientes externos, por área geográfica según la
localización de sus clientes, para cada segmento geográfico cuyo ingreso
ordinario procedente de ventas externas sea un 10% o más del ingreso ordinario
total por ventas a todos los clientes externos de la empresa;
(b) importe en libros de todos
los activos del segmento, según la localización geográfica de los activos, para
cada segmento geográfico cuyos activos sean el 10% o más de los activos totales
asignados a los segmentos de este tipo; y
(c) el costo total incurrido
durante el periodo para adquirir activos del segmento que se esperen utilizar durante
más de un periodo (propiedades, planta y equipo y activos intangibles), según
la localización geográfica de los activos, para cada segmento geográfico cuyos
activos sean el 10% o más de los activos totales asignados a los segmentos de
este tipo.
70. Si el formato principal de
la información financiera por segmentos de la empresa, está constituido por los
segmentos geográficos (con independencia de que éstos se determinen en función
de la localización de los activos o de los clientes), también deberá proporcionarse
la siguiente información segmentada, para cada segmento del negocio cuyo
ingreso ordinario por ventas a clientes externos sea un 10% o más de los
ingresos ordinarios totales de la entidad por ventas externas, o cuyos activos
segmentados sean un 10% o más de los activos totales de todos los segmentos del
negocio:
(a) ingreso ordinario del
segmento por ventas a clientes externos;
(b) importe en libros total de
los activos del segmento; y
(c) costo total incurrido en
el periodo por adquisición de activos del segmento que se espera utilizar
durante más de un periodo (propiedades, planta y equipo y activos intangibles).
71. Si el formato principal de
la información financiera por segmentos está constituido por segmentos
geográficos, que están basados en la localización de los activos, y si la
localización de sus clientes difiere de la correspondiente a los activos,
entonces la empresa debe también informar acerca de los ingresos ordinarios por
ventas a clientes externos, para cada segmento geográfico, determinado
considerando los clientes, cuyo ingreso ordinario por ventas externas sea un
10% o más de los ingresos ordinarios totales de la empresa por ventas externas.
72. Si el formato principal de
la información financiera por segmentos está constituido por segmentos
geográficos que están basados en la localización de los clientes, y si la
localización de sus activos difiere de la correspondiente a las áreas
geográficas de las que proceden los clientes, entonces la empresa debe también
dar los siguientes datos segmentados, para cada segmento geográfico,
determinado considerando los activos, cuyo ingreso ordinario por ventas
externas o cuyos activos sean un 10% o más de las correspondientes cifras para
toda la empresa:
(a) importe en libros total de
los activos segmentados según la localización geográfica de los mismos; y
(b) costo total incurrido durante el periodo para la adquisición de los
activos del segmento que se espera utilizar por más de un periodo (propiedades,
planta y equipo y activos intangibles), según la localización de los activos.
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Ilustraciones de información por segmentos
73. En
el Apéndice B de esta Norma se ilustra la presentación, para los formatos
principal y secundario, de la información segmentada exigida por esta Norma.
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Otra información a revelar
74. Si un segmento del negocio
o geográfico, para el cual se presenta información al órgano de administración
o al ejecutivo principal no constituye un segmento a efectos de información
financiera externa, porque obtiene la mayor parte de sus ingresos ordinarios
por ventas a otros segmentos, pero su ingreso ordinario procedente de clientes
externos es un 10 % o más de todas las ventas externas, la empresa debe revelar
este hecho, junto con los importes de los ingresos ordinarios procedentes de
(a) las ventas del segmento a clientes externos y (b) las ventas internas a los
demás segmentos.
75. Al medir e informar sobre
el ingreso ordinario del segmento procedente de ventas a otros segmentos, los
precios de venta inter-segmentos deben fijarse sobre las mismas bases utilizadas
realmente para fijar los precios de estas transferencias. Tanto las bases de
fijación de los precios inter-segmentos, como cualquier cambio en los criterios
utilizados deben ser objeto de revelación en los estados financieros.
76. Deben revelarse los
cambios en las políticas contables adoptados para la información segmentada,
siempre que tengan un efecto significativo sobre los importes de la misma, y la
información de períodos anteriores presentada con fines comparativos debe ser
reexpresada cuando haya algún cambio de este tipo, salvo cuando sea imposible
hacerlo. La información correspondiente debe contener una descripción de la
naturaleza del cambio efectuado, las razones del mismo, el hecho de que la
información comparativa ha sido reexpresada o de que es imposible hacerlo, así
como el efecto financiero del cambio, si se lo puede determinar razonablemente.
Si la empresa cambia el modo de determinar sus segmentos, y no reexpresa la
información segmentada de períodos anteriores, porque es imposible hacerlo
siguiendo las nuevas políticas contables, deberá informar, para poder realizar
la comparación pertinente, tanto las cifras obtenidas con las nuevas políticas
como las que corresponderían a las antiguas.
77. Los cambios en las políticas contables seguidas por
la empresa se tratan conforme a la NIC 8 Ganancia o Pérdida Neta del
Periodo, Errores Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables. Ésta
exige que los cambios en las políticas contables sean hechos únicamente si hay una
norma legal o un organismo regulador que obligue a ello, o bien si el cambio
produce una presentación más apropiada de los sucesos o transacciones en los
estados financieros de la empresa.
78. Los cambios en las políticas contables adoptadas
por la empresa en general, que afecten a la información segmentada, se tratarán
de acuerdo con la NIC 8 Ganancia o Pérdida Neta del Período, Errores
Fundamentales y Cambios en las Políticas Contables. A
menos que una nueva Norma Internacional de Contabilidad establezca lo
contrario, la NIC 8 exige que el cambio
en las políticas contables se aplique retrospectivamente, y que se reexprese la
información comparativa presentada de periodos anteriores, salvo que resulte
imposible hacerlo (tratamiento por punto de referencia), o que el efecto
acumulativo producido por el cambio se incluya en la determinación del
resultado de la empresa para el periodo corriente (tratamiento alternativo
permitido). Si se sigue el tratamiento alternativo permitido, el ajuste
acumulado que se haya incluido en la ganancia o pérdida neta de la empresa, se
incluirá también en el resultado del segmento, siempre que se trate de una
partida de la operación que puede ser atribuida, o distribuida con criterio
razonable, a los segmentos. En el último caso, la NIC 8 puede exigir
información por separado siempre que la magnitud, naturaleza o incidencia sea
tal que dicha información sea relevante, a la hora de explicar el rendimiento
de la empresa en el periodo.
79. Algunos cambios en las
políticas contables se refieren específicamente a la información segmentada.
Como ejemplos se pueden citar los cambios en la identificación de los segmentos
o en los criterios de reparto de ingresos ordinarios y gastos a los mismos.
Estos cambios pueden tener un impacto significativo sobre la información
segmentada, pero no modifican la información financiera agregada de la empresa.
Con el fin de permitir a los usuarios comprender los cambios y evaluar las
tendencias, la información segmentada sobre periodos contables anteriores que
se incluye en los estados financieros para permitir comparaciones se
reexpresará, siempre que sea posible para reflejar la nueva política contable.
80. El párrafo 75 exige que,
para la información segmentada, las transferencias inter-segmentos se midan con
las bases que la empresa utiliza efectivamente para fijar los precios de ellas.
Si la empresa cambia el método que realmente utiliza para fijar estos precios
de transferencia inter-segmentos, esta modificación no constituye un cambio en
las políticas contables para el cual deban reexpresarse los datos por segmentos
de períodos anteriores de acuerdo con el párrafo 76. No obstante, el párrafo 75
exige que la empresa revele información sobre el cambio propiamente dicho.
81. La empresa debe indicar
los tipos de productos y servicios incluidos en cada segmento del negocio sobre
el que se informe, e indicar la composición de cada segmento geográfico
incluido en la información financiera, tanto si son principales como
secundarios, salvo que estas indicaciones estén contenidas en otra parte dentro
de los estados financieros o dentro del informe financiero.
82. Es necesario tener conocimiento de las actividades
llevadas a cabo por cada segmento del negocio, para poder evaluar el impacto de
cuestiones tales como cambios en la demanda, en el precio de las materias
primas o en otros factores de producción, así como el desarrollo de productos y
procesos alternativos. De forma similar, es necesario conocer la composición de
cada segmento geográfico para poder evaluar el impacto que los cambios en el
entorno político y económico tienen en el riesgo asumido y el rendimiento
conseguido por este segmento.
83. No se presentará información separada de los
segmentos sobre los que se informaba en ejercicios anteriores, si ya no
alcanzan los límites cuantitativos mínimos para seguir siendo calificados como
tales. El incumplimiento de los límites puede estar causado, por ejemplo, por
una disminución de la demanda, por un cambio en la estrategia de la gerencia o
porque se haya vendido una parte de la operación del segmento o se la haya
combinado con otros segmentos. En estas circunstancias puede ser útil, para
confirmar las expectativas sobre caída de los mercados o sobre cambio de
estrategias empresariales, dar una explicación de las razones por las que el
segmento, sobre el que se informaba previamente, ya no está incluido en la
información segmentada.
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Fecha de vigencia
84. Esta Norma Internacional
de Contabilidad tendrá vigencia para los estados financieros que cubran
periodos contables que comiencen a partir del 1 de julio de 1998. Se aconseja
anticipar su aplicación. Si la empresa aplicara esta Norma revisada, en lugar
de la NIC 14 original, a los estados financieros de periodos que comiencen
antes del 1 de julio de 1998, deberá revelar este hecho. Si los estados
financieros incorporan información comparativa de periodos anteriores a la
fecha de entrada en vigor o a la aplicación voluntaria anticipada de esta
Norma, se exige la reexpresión de la información segmentada que se incluya a
efectos comparativos para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Norma,
salvo cuando ello sea imposible, en cuyo caso la empresa debe dar a conocer
este hecho.
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