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Norma Internacional de Contabilidad N° 10 (NIC 10)
Hechos Ocurridos Después de la Fecha del Balance
Contenido
·
OBJETIVO
·
ALCANCE
·
DEFINICIONES
·
RECONOCIMIENTO Y
MEDICIÓN
-
Hechos ocurridos después de la fecha del
balance que implican ajustes
-
Hechos ocurridos después de la fecha del balance
que no implican ajustes
-
Dividendos
·
NEGOCIO EN
MARCHA
·
INFORMACIÓN A REVELAR
-
Fecha de autorización para publicación
-
Actualización
de las revelaciones sobre condiciones existentes en la fecha del balance
-
Hechos
ocurridos después de la fecha del balance que no implican ajustes
La
Norma Internacional de Contabilidad 10 Hechos Ocurridos Después de la Fecha del
Balance (NIC 10) está contenida en los párrafos 1 a 23. Todos los párrafos
tienen igual valor normativo, si bien la Norma conserva el formato IASC que
tenía cuando fue adoptada por el IASB. La NIC 10 debe ser entendida en el
contexto de su objetivo, del Prólogo a
las Normas Internacionales de Información Financiera y del Marco Conceptual
para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros. En los mismos se suministran las bases
para seleccionar y aplicar las políticas contables que no cuenten con
directrices específicas.
Objetivo
El
objetivo de esta Norma es prescribir:
(a)
cuándo debe, una empresa, proceder a ajustar
sus estados financieros por hechos ocurridos después de la fecha del balance; y
(b)
las revelaciones que la empresa debe efectuar
respecto a la fecha en que los estados financieros han sido autorizados para su
publicación, así como respecto a los hechos ocurridos después de la fecha del
balance.
La Norma exige también, a la empresa, que no prepare
sus estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, si los hechos
ocurridos después de la fecha del balance indican que tal hipótesis de
continuidad no resulta apropiada.
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Alcance
1.
Esta Norma debe ser aplicada
en la contabilización y en las revelaciones correspondientes a los hechos
ocurridos después de la fecha del balance.
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Definiciones
2.
Los siguientes términos se
usan, en la presente Norma, con el
significado que a continuación se especifica:
Los hechos ocurridos
después de la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya sean
favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y
la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación. Hay
dos tipos de tales eventos:
(a)
aquéllos que
suministran evidencia de condiciones que existían ya en la fecha del balance (hechos
posteriores a la fecha del balance que implican ajuste); y
(b)
aquéllos que son
indicativos de condiciones que han aparecido después de la fecha del balance (hechos
posteriores a la fecha del balance que no implican ajuste).
3.
El proceso seguido para la autorización, con vistas a la publicación,
de los estados financieros, varía dependiendo de la estructura organizativa de
la empresa, de los requisitos legales y de los procedimientos seguidos para la
preparación y finalización de tales estados financieros.
4.
En algunos casos, antes de que hayan sido formalmente
publicados, la empresa está obligada a presentar sus estados financieros a los
propietarios para que éstos los aprueben. En tales casos, los estados
financieros se consideran autorizados para publicación en la fecha de su
emisión y no en la fecha en que los propietarios los aprueban.
Ejemplo
La
gerencia de una empresa completa el día 28 de febrero de 20X2 el borrador de
estados financieros para el año que termina el 31 de diciembre de 20X1. El
consejo de administración revisa tales estados financieros el 18 de marzo de
20X2, autorizando su publicación. La empresa procede a anunciar el resultado
del periodo, junto con otra información financiera seleccionada, el 19 de marzo
de 20X2. Los estados financieros quedan a disposición de los propietarios y
otros interesados el día 1 de abril de 20X2. La junta anual de propietarios
aprueba los anteriores estados financieros el 15 de mayo de 20X2, y se procede
a registrarlos en el organismo regulador el día 17 de mayo de 20X2.
Los estados financieros se autorizaron para su
publicación el 18 de marzo de 20X2 (fecha en que el consejo de administración
la autorizó).
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5.
En algunos casos, la gerencia de la empresa está obligada á
someter sus estados financieros a un consejo de supervisión dentro de la misma
(compuesto únicamente de miembros no ejecutivos) para que proceda a su
aprobación. En tales casos, los estados financieros quedan autorizados para su
publicación cuando la gerencia los autoriza para su entrega al consejo de
supervisión.
Ejemplo
El 18 de marzo de 20X2, la gerencia de una empresa autoriza
los estados financieros para que sean entregados al consejo de supervisión.
Este consejo supervisor está compuesto exclusivamente de miembros no
ejecutivos, si bien puede incluir representantes de empleados y otros intereses
externos. El consejo de supervisión aprueba los estados financieros el 26 de
marzo de 20X2. Los estados financieros quedan a disposición de los propietarios
y otros interesados el día 1 de abril de 20X2. La junta anual de propietarios
recibe los estados financieros el 15 de mayo de 20X2 y éstos se registran en el
organismo regulador el 17 de mayo de 20X2.
Los
estados financieros se autorizaron para su publicación el 18 de marzo de 20X2
(fecha de la autorización de la gerencia para su entrega al consejo de
supervisión).
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6.
En los hechos ocurridos después de la fecha del balance se incluyen
todos los eventos hasta la fecha en que los estados financieros quedan
autorizados para su publicación, incluso si tales eventos ocurren tras la
publicación del anuncio del resultado o de otra información financiera
referente al periodo.
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Reconocimiento y medición
Hechos ocurridos después de la fecha del balance que implican ajustes
7.
La empresa debe proceder a modificar los importes reconocidos en sus estados
financieros, para reflejar la incidencia de los hechos ocurridos después de la
fecha del balance que impliquen ajustes.
8.
Los siguientes son ejemplos de hechos, ocurridos después de la fecha
del balance, que obligan a la empresa a ajustar los importes reconocidos en sus
estados financieros, o bien a reconocer partidas aún no reconocidas:
(a)
la resolución de un litigio judicial después de la fecha del balance
que, al confirmar a la empresa que tenía ya una obligación presente en la fecha
del balance, obliga a realizar un ajuste en la provisión previamente
reconocida, o bien a reconocer una provisión en lugar de revelar simplemente un
pasivo contingente;
(b)
la recepción de información, después de la fecha del balance, que
indique el deterioro de un activo a esa fecha, o bien la necesidad de ajustar
la pérdida por deterioro reconocida previamente para tal activo. Por ejemplo:
(i) la quiebra de un cliente, ocurrida después de la fecha del
balance, usualmente confirma que en tal fecha existía una pérdida sobre la
cuenta comercial por cobrar, de forma que la empresa necesita ajustar el
importe en libros de dicha cuenta; y
(ii) la venta de
inventarios, después de la fecha del balance, puede suministrar evidencia
acerca del valor neto realizable de los mismos en la fecha del balance;
(c)
la determinación, con posterioridad a la
fecha del balance, del costo de los activos comprados o del importe de los
activos vendidos antes de dicha fecha;
(d)
la determinación, con
posterioridad a la fecha del balance, del importe de la participación en las
ganancias netas o de los pagos por incentivos, si en la fecha del balance la
empresa tiene la obligación, ya sea de carácter legal o simplemente asumida por
la empresa, de efectuar tales pagos, como resultado de hechos anteriores a es
fecha (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados); y
(e)
el descubrimiento
de fraudes o errores que demuestren que los estados financieros eran
incorrectos.
Hechos ocurridos después de la fecha del
balance que no implican ajustes
9.
La empresa no debe
proceder a modificar los importes reconocidos en sus estados financieros, para
reflejar la incidencia de los hechos ocurridos después de la fecha del balance,
si éstos no implican ajustes.
10.
Un ejemplo de hecho posterior a la fecha
del balance, que no implica ajuste, es la reducción en el valor de mercado de
las inversiones ocurrida entre la fecha del balance y la fecha en que se
autorizaron los estados financieros para su publicación. La caída del valor de
mercado no está, normalmente, relacionada con las condiciones de las
inversiones en la fecha del balance, sino que refleja circunstancias acaecidas
en el periodo siguiente. Por tanto, la empresa no procederá a ajustar los
importes previamente reconocidos en sus estados financieros para las
inversiones. De forma similar, la empresa no procederá a actualizar los
importes que figuren en las notas u otras revelaciones que se refieran a esas
inversiones, a la fecha del balance, aunque pudiere ser necesario presentar
revelaciones adicionales en función de lo establecido en el párrafo 20.
Dividendos
11.
Si después de la fecha del balance se proponen o declaran dividendos
para los poseedores de instrumentos de capital (según se han definido en la NIC
32 Instrumentos
Financieros: Presentación e Información a Revelar), la empresa no debe reconocer tales dividendos como
un pasivo en la fecha del balance.
12.
La NIC 1 Presentación de Estados
Financieros, exige que la
empresa revele el importe de los dividendos que hayan sido propuestos o
declarados después de la fecha del balance, pero antes de que se haya
autorizado la publicación de los estados financieros. En la citada NIC 1 se
permite que la empresa revele este dato:
(a)
en el cuerpo principal de los estados financieros, como un componente
separado del patrimonio neto; o
(b)
en las notas a los estados financieros.
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Negocio
en marcha
13.
La empresa no debe
preparar sus estados financieros sobre la base de que es un negocio en marcha
si la gerencia determina, después de la fecha del balance, bien que tiene la
intención de liquidar la empresa o cesar en sus actividades, bien que no existe
otra alternativa más realista que hacerlo.
14.
El deterioro de los resultados de operación y de la posición
financiera de la empresa, con posterioridad a la fecha del balance, puede
indicar la necesidad de considerar si la hipótesis de negocio en marcha resulta
todavía apropiada. Si no lo fuera, el efecto de este hecho es tan decisivo que
esta Norma exige un cambio fundamental en la base de contabilización, y no
meramente un ajuste en los importes que se hayan reconocido utilizando la base
de contabilización original.
15.
La NIC 1 Presentación de Estados
Financieros, exige la revelación
de ciertas informaciones siempre que se dé alguna de estas circunstancias:
(a)
los estados financieros no hayan sido
preparados sobre la base del negocio en marcha; o
(b)
la gerencia sea consciente de la existencia
de incertidumbres importantes, relacionadas con eventos o condiciones que
pueden arrojar dudas significativas sobre la capacidad de la empresa de
continuar como un negocio en marcha. Estos eventos o circunstancias que exigen
revelar información, pueden aparecer después de la fecha del balance.
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Información a revelar
Fecha de autorización para publicación
16.
La empresa debe revelar la
fecha en la que los estados financieros han sido autorizados para publicación,
así como quién ha dado tal autorización. En el caso de que los propietarios de
la empresa u otros tengan poder para modificar los estados financieros tras la
publicación, la empresa debe también revelar este hecho.
17.
Es importante para los usuarios saber en qué momento han sido
autorizados para publicación los estados financieros, puesto que no reflejarán
eventos que hayan ocurrido después de esta fecha.
Actualización de las revelaciones sobre condiciones
existentes en la fecha del balance
18.
Si después de la fecha del
balance la empresa recibe información acerca de condiciones que existían ya en
dicha fecha, a la luz de la. información recibida debe actualizar, en las notas
a los estados financieros, las revelaciones que estén relacionadas con tales
condiciones.
19.
En algunos casos, la empresa necesita actualizar las revelaciones
hechas en los estados financieros, para reflejar la información recibida
después de la fecha del balance, incluso cuando dicha información no afecte a
los importes que la empresa haya reconocido en los estados financieros. Un
ejemplo de tal necesidad de actualizar la información revelada ocurre cuando,
posteriormente a la fecha del balance, se obtiene evidencia acerca de una
obligación contingente que ya existía a esa fecha. Aparte de que deba
considerarse si, con la nueva información, la empresa debe reconocer una
provisión en función de lo establecido en la NIC 37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes; a la luz de la nueva evidencia la
entidad procederá a actualizar la información revelada acerca del pasivo
contingente.
Hechos ocurridos después de la fecha del balance que no implican
ajustes
20.
En aquellos casos en que los hechos ocurridos después de la fecha del
balance sean de tal importancia que su falta de revelación pudiera afectar a la
capacidad de los usuarios de los estados financieros para realizar las
evaluaciones pertinentes y tomar decisiones, la empresa debe revelar la
siguiente información, para cada una de las categorías de hechos ocurridos
después de la fecha del balance que no implican ajustes:
(a)
la naturaleza del evento;
y
(b)
una estimación de sus efectos financieros, o un pronunciamiento
sobre la imposibilidad de realizar tal estimación.
21.
Los siguientes son ejemplos de hechos ocurridos después de la fecha
del balance, que no implican ajustes pero que pueden ser de tal importancia,
que la falta de revelaciones sobre los mismos afectaría a la capacidad que los
usuarios de los estados financieros tienen para realizar las evaluaciones
pertinentes y tomar decisiones:
(a)
una combinación de empresas importante, que
ha tenido lugar después de la fecha del balance (la NIC 22 Combinaciones de Negocios, exige
revelar información específica en tales casos), o bien la desapropiación de una
subsidiaria significativa;
(b)
el anuncio de un plan para discontinuar una
operación, de la desapropiación de activos o la cancelación de pasivos
atribuibles a una operación en discontinuación o la conclusión de acuerdos
obligatorios para vender tales activos o cancelar tales pasivos (véase la NIC
35 Operaciones en Discontinuación);
(c)
las compras o desapropiaciones significativas
de activos, o bien la expropiación de activos importantes por parte del
gobierno;
(d)
la destrucción por incendio de una planta
importante de producción, tras la fecha del balance;
(e)
el anuncio, o el
comienzo de la implementación de una reestructuración importante (véase la NIC
37 Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes);
(f)
transacciones
importantes realizadas con acciones ordinarias o con acciones ordinarias
potenciales, tras la fecha del balance (la NIC 33 Ganancias por Acción, aconseja a la empresa que
describa tales transacciones, aparte de las emisiones de capital y de las
divisiones de acciones por partición de las mismas);
(g)
los cambios
anormalmente grandes, ocurridos después de la fecha del balance, en los precios
de los activos o en las tasas de cambio de alguna moneda extranjera;
(h)
los cambios en las
tasas impositivas o en las leyes fiscales, aprobados o anunciados con posterioridad
a la fecha del balance, que vayan a tener un efecto significativo en los
activos y pasivos por impuestos corrientes o diferidos (véase la NIC 12 Impuesto
a las Ganancias);
(i)
la aceptación de
compromisos o pasivos contingentes de cierta importancia, por ejemplo, al dar
garantías de importe significativo; y
(j)
el planteamiento
de litigios importantes surgidos exclusivamente por causa de eventos ocurridos
después de la fecha del balance.
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Fecha de vigencia
22.
Esta Norma
Internacional de Contabilidad tendrá vigencia para los estados financieros que
cubran periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2000.
23.
En 1998, la NIC 37 Provisiones, Activos
Contingentes y Pasivos Contingentes, derogó las partes de la
antigua NIC 10 Contingencias y Hechos Ocurridos Después de la Fecha del
Balance, que trataban sobre
contingencias. Esta Norma deroga el resto de la antigua NIC 10.
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